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Economía

Confirmado por la Ley de Alquileres: cuidado con cuándo dejas tu alquiler porque podrías tener que indemnizar al propietario

Descubre los requisitos necesarios para poder abandonar tu vivienda sin enfrentar consecuencias legales

Confirmado por la Ley de Alquileres: cuidado con cuándo dejas tu alquiler porque podrías tener que indemnizar al propietario

Revisión del contrato de alquiler | Canva Pro

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) en España es la que regula cómo funcionan los contratos de alquiler. Y una de las dudas más comunes que suele surgir entre las personas que viven de alquiler es si el inquilino puede dejar el piso antes de que termine el contrato, y qué consecuencias tiene hacerlo. La respuesta es que para poder dejar el piso en el que vives existen una serie de requisitos que han de cumplirse para evitar consecuencias legales.

¿Puede el inquilino irse del alquiler antes de tiempo?

Precio del contrato de alquiler
Precio del contrato de alquiler

Según establece el artículo 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), el inquilino que puede terminar el contrato antes del vencimiento del mismo, siempre que se cumplan estas condiciones:

  • Tienen que haber pasado al menos seis meses desde que empezó el contrato.
  • Avisar al propietario con al menos 30 días de antelación, del deseo de abandonar la vivienda

Es decir, para evitar consecuencias legales es necesario avisar con tiempo al propietario, además de haber estado viviendo allí como mínimo el tiempo establecido. A partir de ahí, el punto esencial es cuándo se deja el alquiler.

Qué pasa si se deja el alquiler después de seis meses

La ley establece que, aunque el inquilino haya estado viviendo allí el mínimo de los seis meses establecidos, hay ocasiones en las que este sí que podría tener que pagar al propietario por «desestimación del contrato». Esto ocurre cuando el contrato tiene una cláusula establecida para este tipo de situaciones. Y es el artículo 11 de la LAU establece que «las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización».

Pero esto solo pasa si en el contrato aparece dicha cláusula. Si no, el inquilino no tendrá porque pagar nada siempre y cuando haya avisado con los 30 días de antelación necesarios.

Desistimiento después del primer año

Si ya ha pasado un año tras el contrato y este se ha prorrogado, el inquilino puede abandonar la vivienda en cualquier momento que lo desee, siempre que avise con 30 días de anticipación. Además, la indemnización solo puede aplicarse si aparecía previamente estipulada en el contrato; pero en este caso, no puede superar una mensualidad de renta.

¿Qué pasa si abandonas el piso antes de los seis meses?

Según establece el artículo 11 de la LAU, Si el inquilino intenta irse antes de los primeros seis meses, no se considera desistimiento, sino incumplimiento de contrato.
En este caso:

  • El propietario puede reclamar que se cumpla todo el contrato hasta el sexto mes.
  • Un juez podría conceder además una indemnización proporcional por los meses que faltan hasta completar los seis meses.

Consejos a tener en cuenta

  • En el momento en el que se vaya a dejar la vivienda, es recomendable avisar siempre por escrito y de forma verificable, como por ejemplo correo electrónico.
  • Revisar el contrato para ver si existe la cláusula de indemnización por desestimación del contrato.

Aun así, hay que tener en cuenta que si el propietario no ha cumplido con sus obligaciones, como realizar reparaciones necesarias o hacer el piso habitable, es posible que el inquilino no se vea obligado a pagar nada.

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