La Ley de Propiedad Horizontal es clara: puedes negarte a pagar una mejora estética del edificio si cuesta más de tres mensualidades
Existen dos tipos de reformas y saber sus diferencias es imprescindible para saber si son obligatorias o no

Mejoras dentro de un edificio de viviendas | CanvaPro
El tema de pagar las obras que se realizan dentro de los edificios es algo que suele generar dudas o tensiones entre los miembros de la comunidad debido a los gastos que esto supone. Sin embargo, Ley de Propiedad Horizontal (LPH) explica claramente que existen ciertos casos en los que los vecinos no tendrían por qué pagar dichas obras. La LPH distingue entre dos: obras necesarias y obras de mejora, cosa que es un punto clave para saber quien debe pagar y quien puede negarse.
¿Cuándo estás obligado a pagar las obras?

Según establece la ley en España, siempre que las obras que se vayan a realizar sean necesarias para que el edificio sea seguro, habitable y accesible, los vecinos de la comunidad se verán obligados a pagarlas, independientemente de si estos estén de acuerdo o no en realizarlas. Y además, si son urgentes, ni siquiera necesitarán «acordarse previamente» en a junta de propietarios. Así lo establece el artículo 10.1 de la LPH: «El adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal».
¿Qué ocurre si no pagas una obra obligatoria?
En este caso, al vecino que no pague se le puede considerar vecino moroso, lo que puede acabar trayendo consecuencias legales si la comunidad decide demandarle. Ya que según establece la ley para este tipo de obras es necesario que todos participen.
¿Cuándo puedes negarte a pagar?
Aquí es donde entran en juego las obras de mejora, es decir, aquellas que no son urgentes ni necesarias y simplemente tienen un fin estético o de entretenimiento, como por ejemplo, instalar un gimnasio o cambiar la piscina por una más moderna sin que esta tenga fallos previos. Además,el artículo 17.4 explica que si el coste de esa mejora supera las tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el vecino que vote en contra no tiene obligación de pagarla. «Para realizar innovaciones, nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, no exigibles y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota», establece.
Consecuencias de no pagar
Abstenerse a pagar alguna de esta clase de obras de mejora puede tener consecuencias como:
- Restricción de uso: si la mejora se refiere a algún tipo de nueva instalación en el edificio, como puede ser un gimnasio, la comunidad puede prohibirte el acceso si no has contribuido.
- Uso futuro: si más adelante decides que quieres usar esa mejora, el mismo Artículo 17.4 establece que podrás hacerlo siempre que pagues la cuota correspondiente, además de los intereses que hayan podido surgir desde que se realizó la obra.
Otras causas por las que podrías no pagar
- Las reglas del edificio: según el artículo 5 de la LPH, hay ocasiones en las que locales que están instalados en el mismo edificio tienen prohibido el uso de ciertas instalaciones. Si eso aparece así en el contrato, esas personas no tendrían porque pagar.
- Equivocación en la votación: el artículo 17 de la LPH, exige un número mínimo de votos que se han de conseguir para poder llevar acabo ciertas reformas dentro de una comunidad. Si la obra se acepta porque hubo un mal recuento de votos, pero en realidad no se había llegado a los necesarios, se podría anular dicho acuerdo y entonces no pagar.
