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Telecomunicaciones

La Justicia avala que La Liga pueda bloquear las IP utilizadas para emitir partidos pirateados

Un juzgado ha desestimado íntegramente las solicitudes de nulidad presentadas por Cloudflare y RootedCON

La Justicia avala que La Liga pueda bloquear las IP utilizadas para emitir partidos pirateados

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El Juzgado de lo Mercantil nº6 de Barcelona ha desestimado íntegramente las solicitudes de nulidad de actuaciones presentadas por Cloudflare y RootedCON, entre otros, contra la sentencia firme dictada el 18 de diciembre de 2024, que ordenaba el bloqueo de direcciones IP utilizadas para la distribución ilegal de partidos de La Liga. Esto supone que en la práctica la patronal de los clubes puede solicitar que las operadoras de telecomunicaciones como Telefónica, MásOrange o Vodafone puedan realizar estas actuaciones para proteger la emisión legal de estos contenidos y que la responsabilidad de que eventualmente se bloqueen webs legales es de las plataformas que toleran a los piratas.

La resolución reafirma que la acción ejercitada se ajusta a derecho y está amparada por la legislación vigente en materia de propiedad intelectual y servicios de la sociedad de la información, ratificando la validez del procedimiento. De hecho, se descarta que se haya producido un “artificio procesal” como sugerían algunos solicitantes, y se ratifica la validez del procedimiento seguido, descartando el auto judicial que exista un procedimiento de bloqueos indiscriminados declarando expresamente que no existe “merma de garantías”.

Tal y como queda reflejado en el auto, notificado esta misma mañana, “no se acredita, de las argumentaciones efectuadas por los diversos peticionarios, que se haya producido perjuicio alguno, ni se identifica éste, ni se cuantifica, ni se interesa la práctica de ninguna prueba dirigida a acreditar, directa o indirectamente, la generación de perjuicio como elemento constituyente de la pretensión anulatoria”. El recurso fue presentado por las plataformas que consideraban que se vulneraban sus derechos, entre ellas Cloudflare, RootedCON, Japonismo Contenidos o Frontia. A todos ellos se les imponen las costas del procedimiento, en el que no cabe recurso alguno.

Denuncia de Cloudflare

Por otro lado, el auto indica que Cloudflare y los otros presentaron un incidente con “orfandad probatoria” respecto a la acreditación de los daños que supuestamente “las medidas acordadas en la sentencia” provocaron. Es decir, no existió por parte de Cloudflare una acreditación real de la existencia de daños, y eso en sede judicial significa que no existen daños provocados por la ejecución de bloqueos de direcciones IPs, incluidas las de Cloudflare, lo que existe es una medida que impide acceder a contenidos piratas.

Frente a la imputación de Cloudflare en la que alegó que la sentencia es “un artificio procesal preconcebido” por La Liga y Movistar+ para “obtener una expansiva legitimación en posteriores e indiscriminados bloqueos”, el  auto estima que eso no es cierto. Es decir, el auto estima que la aplicación de la sentencia afecta a todo tipo de direcciones IPs que se detecte con piratería, incluyendo las de Cloudflare y eso no por la aplicación de la sentencia sin que pueda calificarse de “artificio procesal”.

Finalmente, el auto realiza una síntesis. “En consecuencia, sin acreditación de la legitimación anulatoria esgrimida, sin prueba alguna de eventual perjuicio sufrido, y sin que se haya constatado la vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, procede desestimar la petición de declaración de nulidad sostenida en este incidente”.

La Liga y Telefónica

Estas plataformas vienen denunciando desde hace semanas la existencia de bloqueos masivos de direcciones IP efectuados por las operadoras por orden de La Liga, que afectan igualmente a sitios de internet totalmente legítimos. Técnicamente esto pasa porque Cloudflare y estos denunciantes incluyen dentro de sus mismas IPs las utilizadas para piratear contenido ilegal y las legales.

Es por ello que La Liga les ha acusado de usar webs legales como escudo digital para evitar bloqueos. Es así como esta sentencia confirma que la responsabilidad es de las plataformas que no discriminan este contenido y que son ellos los que tienen que diferenciar a sus usuarios para evitar que el contenido legal sea penalizado.

Según La Liga, con esta decisión el poder judicial da un espaldarazo a las estrategias de defensa de los derechos audiovisuales desarrolladas por La Liga y Telefónica, “quienes actúan dentro del marco legal para salvaguardar sus contenidos frente a prácticas de piratería que menoscaban la sostenibilidad del sector. Esta sentencia supone un nuevo paso firme en la consolidación de un entorno digital más justo y legal para los creadores y titulares de derechos en España”, han indicado.

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