MyTO

La peligrosa ideología del 'solo sí es sí'

«La agitación por el caso de La Manada perseguía hacer irreconciliables las reivindicaciones del feminismo con las garantías del Estado de Derecho»

Opinión

Manifestación feminista en Madrid. | Europa Press

  • Soy licenciada en Derecho, abogada en ejercicio y gerente del bufete NOVALEX SPAIN. Autora del libro ‘Populismo punitivo’ (2020 Ed. Deusto)
    Antes, columnista en Disidentia y Vozpópuli y colaboro en la tertulia del programa Herrera en Cope. Mis críticos me acusan de ser una extremista de la presunción de inocencia, algo de lo que yo me congratulo.

Que el eslogan del solo sí es sí sea al fin ley nos ha salido muy caro a todos, pero especialmente a las víctimas, cuya ansiedad y desazón ante la posibilidad de que su violador sea el siguiente en ver revisada la condena debería ser motivo suficiente para que dimitiesen todos y cada uno de los que, con su voto en el Congreso, permitieron que se aprobase la ley insignia de Igualdad.

Pero nadie ha asumido ningún tipo de responsabilidad por el daño cometido y se han enfrascado en una trifulca electoralista: el PSOE se lava las manos achacando los «efectos indeseados» de la ley a las carencias legislativas de la ministra Irene Montero, mientras que desde la formación morada se insiste en las bondades de la ley. Todo ello recurriendo a argumentos preñados de desvergonzadas e insultantes mentiras que se solapan entre sí, cuando no les llevan a incurrir en manifiestas contradicciones.

Pero como ya he dicho y escrito mucho al respecto, prefiero dedicar estas líneas a dar respuesta a una pregunta que me formuló mi compañera de podcast, Esperanza Aguirre, tras convenir ambas el sinsentido y la falsedad de las excusas dadas por los ministerios de Justicia y de Igualdad para justificar la ley: ¿por qué ese empeño en reformar los delitos sexuales?

Contrariamente a lo que la propaganda gubernamental sostenía y sostiene, la modificación jamás persiguió colocar el consentimiento de las mujeres en el centro de la regulación penal, más que nada porque ya estaba en el centro. Siempre estuvo ahí y para comprobarlo bastaba abrir un Código Penal o consultar la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Esta cantinela del consentimiento es la coartada con la que pretenden diluir sus respectivas culpas y distraernos de la verdad: la reforma de los delitos contra la libertad sexual era innecesaria y los motivos que la impulsaron no eran jurídicos, sino políticos.

«Para la abanderadas de aquel ‘Me Too’, el orden liberal oculta un ‘contrato sexual’ que se nos impone a las féminas»

Toda la artificiosa agitación social creada en torno al caso de La Manada perseguía trasladar el relato de una sociedad española machista arbitrada por los designios de un patriarcado judicial que desprotegía a las mujeres, haciendo irreconciliables las reivindicaciones del feminismo identitario con las garantías del Estado de Derecho.

Efectivamente, para las abanderadas de aquel Me Too, las reglas del juego del orden liberal se construyen sobre los cimientos de una economía de mercado sustentada sobre un concepto de igualdad que oculta un «contrato sexual» que se nos impone a las féminas. Uno de los referentes filosóficos de este movimiento es Carole Pateman, muy crítica con las democracias liberales, que afirma que el derecho patriarcal de los hombres sobre las mujeres se establece a partir de un pacto, de un contrato social, de forma que la libertad civil no es universal, sino un atributo masculino que depende del derecho patriarcal: «Para las feministas la democracia no ha existido jamás».

Prueba de que todo este artefacto ideológico se trasladó al BOE utilizando la ley del solo sí es sí como vehículo, es que en el anteproyecto se contemplaba la exigencia de un consentimiento explícito cuya prueba recaía en el acusado, vulnerando así la presunción de inocencia. Su manifiesta inconstitucionalidad determinó su supresión, si bien sólo de la parte punitiva.

En la llamada parte administrativa de la ley, el eslogan de «hermana, yo sí te creo» está muy presente, hasta el punto de que para acceder a las numerosas prestaciones económicas y asistenciales que contempla la ley, basta que la mujer manifieste ante los servicios sociales que está considerando interponer una denuncia. Ni tan siquiera una sentencia absolutoria es óbice para obtener estas ayudas, entre las que se encuentra un pago único -que ronda los 3.000 euros-, el acceso preferente a la vivienda, o la obtención de un permiso temporal de residencia si la solicitante está en situación irregular.

Al fin y al cabo, de lo que se trata es de primar una resolución administrativa emitida inaudita parte a las sentencias dictadas tras un juicio celebrado en el seno de un procedimiento judicial con todas las garantías. Conseguir con la burocracia aquello que la legislación penal liberal no les permite: institucionalizar el Me Too y degradar socialmente la presunción de inocencia, principio civilizatorio liberal ausente en cualquier sistema totalitario. Pero jugar a la revolución cultural usando el BOE como herramienta está teniendo consecuencias nefastas.

«Cuantos más incentivos perversos se generen para formular la solicitud, más escasez de recursos sufrirán las que lo necesitan»

Al igual que ha sucedido con la reforma penal, esta parte de la ley acabará perjudicando a quienes siempre debieron estar en el centro del pensamiento de nuestros legisladores: las víctimas. Cuantos más incentivos perversos se generen para formular la solicitud, más esperas, trabas y escasez de recursos sufrirán las que de verdad lo necesitan.

Los alegatos a favor de la colectivización de los delincuentes sexuales que realizó la delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, en el aquelarre organizado por Podemos el pasado domingo para santificar la ley del solo sí es sí, son peligrosos: tanto la víctima como su agresor tienen que ser individualizados, para que la asistencia a la primera y la respuesta penal y penitenciaria al segundo sean los que les corresponden. La colectivización de la responsabilidad del delito, amén de nauseabunda, profundiza a menudo en la injusticia y en la distracción de los medios personales y materiales necesarios para prevenir y reparar.

La regulación de los delitos sexuales del Código Penal del 95 era buena, estaba bien hecha. Prueba de ello es que el mismo PSOE que vendió la ley del solo sí es sí como una victoria del movimiento feminista que venía a agravar las penas a los violadores, parece ahora habérsela leído y concluido que el modelo anterior era mejor. Porque la reforma que proponen implica, básicamente, recuperar no los nombres, pero sí la estructura y las horquillas de las penas.

Eso sí, por muy necesaria que sea esta reforma de la reforma, me permito disuadir a la oposición de dejarse arrastrar por la tentación de apoyarla si el cauce parlamentario elegido no es el del proyecto de ley, en la medida en que en su seno se dará voz a todos los consejos y comités que fueron ignorados con el solo sí es sí. Es primordial que esta ley se construya sobre la opinión de los verdaderos expertos y no del cortoplacismo electoralista que ahora interesa a los socialistas.

29 comentarios
  1. 23xtc

    Por lo tanto esta usted no diciendo toda la verdad sobre la presunción de veracidad punitiva y que el T C lo ha resuelto. Como ejemplo esta el que usted puso el 8 de marzo de 2022.

    ««reformaron el artículo 94 del Código Civil para que la mera interposición de una denuncia por maltrato baste para suspender el régimen de visitas a los hijos menores del denunciado. Algo que antes era posible mediante resolución fundada del juez si este apreciaba motivos suficientes para hacerlo, pero que ahora se ha transformado en un automatismo. Cierto es que, para disimular, se trata de una modificación que afectará igual a cualquier progenitor, madre o padre, pero todos sabemos que se trata de fomentar, todavía más, las denuncias instrumentales que demasiadas mujeres deciden formular contra sus parejas o exparejas cuando se inicia un proceso de separación o de divorcio. Si hubiera esperado unos años, Juana Rivas se hubiera ahorrado su particular viacrucis judicial y mediático.»
    » la llamada ley de la infancia, un término infame como es el de violencia vicaria, con el que se pretende dar visibilidad estadística a aquellos crímenes que comenten los padres sobre sus hijos para, a través de ellos, generar un sufrimiento a la madre, a la que se instituye como víctima. Sin embargo, se prohíbe a los profesionales que puedan hacer referencia al síndrome de alienación parental, que engloba la violencia ejercida por la madre sobre sus hijos con el fin de hacer daño al padre. Estos últimos pasan al saco genérico de violencia infantil, en el que el padre no es reconocido como víctima. No les debe sorprender cuando en los medios utilicen la expresión «violencia vicaria» para referirse a un suceso terrible de un padre que ha matado a sus hijas, mientras que recurran a la de «suicidio ampliado» para describir el mismo asesinato, pero cometido por la madre. »
    » la inminente aprobación de la llamada «Ley del solo sí es sí», tras la que subyace la voluntad de subvertir la carga de la prueba en los delitos contra la libertad sexual, de forma que sea el acusado quien tenga la obligación de probar el consentimiento y, en consecuencia, su inocencia.»

  2. 23xtc

    Cuando el T C LO HA SUPRIMIDO «en el anteproyecto se contemplaba la exigencia de un consentimiento explícito cuya prueba recaía en el acusado, vulnerando así la presunción de inocencia. Su manifiesta inconstitucionalidad determinó su supresión, si bien sólo de la parte punitiva.»

    Entre este año y el 08 de marzo de 2022 no. Ha sido así y no nos hemos enterado ???, ni ABASCAL, hace poco PRESENTARON un recurso de inconstitucionalidad que nadie ha leído.

    Usted escribió aquí el 8 de marzo de 2022 lo contario a lo que ha escrito hoy en referencia a que la carga de la prueba en el consentimiento explicito, de hecho el T C no acepto nunca que es inconstitucional la presunción de veracidad de las mujeres si denuncian a un hombre desde 2004, es más el consentimiento seguirá siendo explicito sin determinar como y usted sabe que el C P reconoce el derecho a retractarse.

    Usted en TO el 8 ce marzo de 2022 ; «se ha ido gestando un derecho penal de autor que castiga con más pena el maltrato cometido por un varón que por una mujer»
    » si Carmen pega un bofetón a su novio Carlos, se enfrentará a una pena de tres meses de prisión o de uno a tres meses de multa. Pero si Carlos agarra a Carmen y la empuja para quitársela de encima, el castigo del que será merecedor será de seis meses a un año de prisión. El motivo de esta asimetría introducida en nuestro Código Penal por la Ley Integral de Violencia de Género se fundamenta en que, con arreglo a esta última, se considera que tras cualquier agresión a una mujer subyacen razones de género, como constató el Tribunal Supremo en su sentencia de 20 de diciembre de 2018. Es decir, que nos maltratan por el mero hecho de ser mujeres, ignorando otros motivos médicos o psicológicos que pudieran explicar la conducta. Años de consenso político, mediático y social en torno a esta auténtica aberración jurídica cuya denuncia debería constituir un imperativo moral pero que, lamentablemente, se soslaya para evitar ser etiquetado de machista o «negacionista de la violencia de género».»
    «hay que reconocer que durante esta legislatura se han dado pasos de gigante para profundizar y afianzar este derecho penal de autor mediante la reforma y aprobación de algunas leyes y normas que apuntalan la condición de víctima biológica de la mujer y de victimario biológico del hombre.»
    » el indulto a Juana Rivas tras su condena por un delito de sustracción de menores. Su comportamiento delictivo, que intentó justificar tras una batería de denuncias sin fundamento por maltrato dirigidas contra el padre de sus hijos, quedará impune. Es el pago nada desdeñable que recibe por servir de reclamo ideológico para el feminismo a costa de utilizar y exponer la intimidad de los niños. Un indulto que se nos antoja impensable si el autor del delito hubiera sido él.»
    «reformaron el artículo 94 del Código Civil para que la mera interposición de una denuncia por maltrato baste para suspender el régimen de visitas a los hijos menores del denunciado. Algo que antes era posible mediante resolución fundada del juez si este apreciaba motivos suficientes para hacerlo, pero que ahora se ha transformado en un automatismo. Cierto es que, para disimular, se trata de una modificación que afectará igual a cualquier progenitor, madre o padre, pero todos sabemos que se trata de fomentar, todavía más, las denuncias instrumentales que demasiadas mujeres deciden formular contra sus parejas o exparejas cuando se inicia un proceso de separación o de divorcio. Si hubiera esperado unos años, Juana Rivas se hubiera ahorrado su particular viacrucis judicial y mediático.»
    » la llamada ley de la infancia, un término infame como es el de violencia vicaria, con el que se pretende dar visibilidad estadística a aquellos crímenes que comenten los padres sobre sus hijos para, a través de ellos, generar un sufrimiento a la madre, a la que se instituye como víctima. Sin embargo, se prohíbe a los profesionales que puedan hacer referencia al síndrome de alienación parental, que engloba la violencia ejercida por la madre sobre sus hijos con el fin de hacer daño al padre. Estos últimos pasan al saco genérico de violencia infantil, en el que el padre no es reconocido como víctima. No les debe sorprender cuando en los medios utilicen la expresión «violencia vicaria» para referirse a un suceso terrible de un padre que ha matado a sus hijas, mientras que recurran a la de «suicidio ampliado» para describir el mismo asesinato, pero cometido por la madre. »
    » la inminente aprobación de la llamada «Ley del solo sí es sí», tras la que subyace la voluntad de subvertir la carga de la prueba en los delitos contra la libertad sexual, de forma que sea el acusado quien tenga la obligación de probar el consentimiento y, en consecuencia, su inocencia.»
    «el tristemente célebre acuerdo de Igualdad en cuya virtud se reconocerá la condición de víctima de violencia de género, a los efectos administrativos, no solo a aquellas que lo sean tras dictarse sentencia en un proceso judicial o hayan formulado una denuncia: también a las que estén considerando hacerlo, o habiéndolo hecho, su denuncia se haya sobreseído, archivado o hasta cuando haya recaído sentencia absolutoria. El inocente para la Justicia podrá ser considerado culpable por la administración y para ello ni tan siquiera será requisito recabar su versión de lo sucedido. Nos encontramos ante la trasposición a nuestro ordenamiento jurídico del movimiento ‘Me too’ y del ‘hermana yo sí te creo’, que persigue conseguir en los despachos aquello que no se pudo en los juzgados.»
    » solo un necio puede negar que, tras esta concepción de la violencia que sufren las mujeres, hay muchísima ideología y escasa ciencia. Han hecho de la erradicación de los malos tratos no un fin, sino un medio para movilizar cantidades ingentes de recursos públicos que no se destinan a las que de verdad han sufrido o sufren el maltrato, ni aquí ni más allá de nuestras fronteras.»
    «Colocarse tras una de las pancartas que se enarbolan el 8-M implica, nos guste o no, aceptar que se banalice y politice la violencia y permitir que se instrumentalice para socavar la división de poderes, la presunción de inocencia o la igualdad ante la ley. En definitiva, para poner en cuestión todo aquello que nos convierte en un Estado de derecho y nos separa de la tiranía. No en mi nombre.»

  3. Feliu

    Parece que la situación es tan grave que quieren «compartir» esta gravedad con cualquiera. Es como hacer «un regalo trampa».

    Sanchez no puede reconocer públicamente que esta ley ha sido un grave error. Simplemente no pude.
    Es consciente que necesita a alguien que le haga de «comparsa» en esta situación.

    Hay que ser conscientes de que Sanchez y su impostura van de la mano. No quiere solucionar la situación de las víctimas solo quiere no perder más su «credibilidad».

    Con esta modificación no soluciona nada. Intenta arrastrar en su caida a «alguien» más.

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