THE OBJECTIVE
Francesc de Carreras

Los conflictos de interés: soluciones razonables

«La culpa es doble. La notoria imprudencia de la señora Gómez y de su marido y la falta de una Oficina de Conflictos eficaz y neutral como la británica»

Opinión
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Los conflictos de interés: soluciones razonables

Ilustración de Alejandra Svriz.

Les confieso que estoy bastante harto del llamado caso Begoña Gómez. Las noticias que van saliendo en los medios -las contrastadas por THE OBJECTIVE– señalan indicios de influencias indebidas que podrían suponer simples malas prácticas o, quizás, tras un proceso judicial, confirmarse que son delitos. No es cosa menor para la salud política de este país pero, en todo caso, creo que tenemos cuestiones más importantes que plantear. De ahí viene mi hartazgo. 

Sin embargo, dos lecturas recientes, de hecho casuales, me han inducido a reflexionar sobre la manera de enfocarlo y poder encontrar una solución razonable. No creo que descubra nada, quizás ya es muy sabido lo que voy a exponer, pero quiero compartir mis ideas con ustedes, salir del tremendismo y encontrar una vía práctica para que no se repitan hechos semejantes. Déjenme comentar unos recortes de periódico, hoy tan despreciados y de los que soy un perdido enamorado. 

El primero es una crónica en El País del día 3 de junio de 2018 firmada por Mábel Galaz, una conocida y veterana periodista de este medio. Fíjense en el detalle: se publica dos días después de que Pedro Sánchez fuera investido por primera vez presidente del Gobierno tras ganar la moción de censura frente a Mariano Rajoy. Dice Mábel Galaz: «La esposa de Pedro Sánchez es experta en captura de fondos para ONG, estudió márketing y trabaja para Inmark Europa, empleo que probablemente debe aparcar por un tiempo ahora que llega a La Moncloa».

Pasado un mes, el 8 de julio de 2018, las periodistas del mismo periódico Maite Nieto y Elsa García de Blas publican otra crónica sobre Begoña Gómez, que amplía las informaciones del artículo anterior y cuyo subtítulo es «La esposa del presidente Pedro Sánchez está pensando en abandonar su trabajo para evitar posibles conflictos de intereses».

Sin embargo, justo al mes siguiente, el 8 de agosto de 2018, el mismo periódico da la noticia de que Begoña Gómez ha sido nombrada directora del Africa Center, en el Instituto de Empresa (IE). No sé si este nuevo trabajo presupone que abandona el anterior (la captura de fondos) y puede ser considerado menos expuesto a conflictos de intereses o bien que el subtítulo de la crónica de El País del 8 de julio era una interpretación de las periodistas que la subscribían. A partir de ahí no he seguido, ni seguiré, investigando las actividades laborales de la señora Gómez, ya las noticias diarias son suficientes. 

«El problema de Begoña Gómez no es tanto de tipo penal, sino reputacional»

Todo ello me suscita un obvio comentario, el que le hizo Julio César a su mujer Pompeya antes de repudiarla por sus presuntas infidelidades: «No basta que la mujer del César sea honesta, sino que además debe parecerlo». 

El problema de Begoña Gómez no es tanto de tipo penal, si ha cometido o no delito, porque eso lo dirán en su caso los jueces, sino reputacional: si sus actividades inducen a sospechas de influencias indebidas de tipo lucrativo. Y ello no lo puede solucionar su marido culpando a jueces y periodistas, sino ella misma: debe explicar todas sus actividades profesionales presuntamente conflictivas para que los ciudadanos crean que desde el gobierno no se otorgan privilegios. 

Para casos como este deben adoptarse medidas preventivas. Lo explicó muy bien Miriam González Durántez, abogada internacional de gran prestigio y esposa de Nick Clegg, exviceprimer ministro británico y líder en aquel entonces del Partido Liberal Demócrata de su país. En el blog de Hay Derecho (una fundación que vela por el Estado de derecho en España y es de indispensable consulta para entender el actual deterioro institucional), su directora general Safira Cantos entrevista a la señora González y ésta le explica su experiencia personal en la solución de los presuntos conflictos de intereses al ser ella abogada y su marido viceprimer ministro de Gran Bretaña. 

Al día siguiente de la elección de Nick Clegg como viceprimer ministro, la visitó un miembro de la Oficina de Conflictos británica explicándole que había un código ético que regulaba situaciones como la de ella y su marido, así como los demás ministros y altos cargos. Este funcionario le advirtió de que debía comunicar a este servicio todos los clientes que tenía como abogada, los casos que llevaba en su despacho, tanto los actuales como los que se le fueran presentando en los siguientes años. En este segundo supuesto, antes de aceptar un cliente siempre debía comunicarlo para que la Oficina de Conflictos tomara nota y le aconsejara al respecto. 

«La culpa no es de los periodistas ni de los jueces y fiscales. Estos cumplen con su labor: informar, investigar y juzgar»

Por supuesto, añadía en su explicación Miriam González, podría ser que no hubiera ilegalidad alguna en que se encargara de un caso que podía suscitar un conflicto de intereses. Pero la sola sospecha de que el conflicto pudiera tener lugar ya era razón suficiente para que la Oficina se lo desaconsejara muy seriamente. Este procedimiento, proseguía la abogada González, me daba a mí y a mi marido una gran tranquilidad. En efecto, era una especie de control preventivo, una forma actual de aplicar la sentencia romana de la mujer del César. 

Es muy posible, y sería lo más deseable para que pudiéramos hablar de los temas políticos pendientes en España sin este constante ruido de fondo, que la señora Begoña Gómez no tenga nada que ocultar y que todo se aclare. Pero la culpa de la situación no es de los periodistas y, menos aún, de los jueces y fiscales. Estos cumplen con su labor: informar, investigar y juzgar, con la finalidad de controlar al poder. 

La culpa, quizás, es doble. Por un lado, una notoria imprudencia de la señora Gómez y de su marido; y por otro, la necesidad de una eficaz y neutral Oficina de Conflictos con las mismas funciones preventivas que en Gran Bretaña. Aquí hay una Oficina con estas funciones, claro, pero sus miembros son designados por el Gobierno. ¿Neutralidad? Ninguna. Y después pasa lo que pasa. 

Nota bene. Hace un par de semanas publiqué un artículo -uno más- sobre la Ley de Amnistía en el que hacía algunas indicaciones bibliográficas. No conocía en aquel momento la recentísima publicación del libro del profesor Cándido Paz-Ares Las falacias de la amnistía, Editorial Comares, que recomiendo vivamente.

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