THE OBJECTIVE
Guadalupe Sánchez

El Supremo desmonta la amnistía

«La resolución de alto tribunal es una defensa formidable de la igualdad ante la ley frente a la arbitrariedad de quienes están dispuestos a derogar la Constitución»

Opinión
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El Supremo desmonta la amnistía

Ilustración Alejandra Svriz.

El año pasado, por estas mismas fechas, las terminales mediáticas y académicas del sanchismo fueron movilizadas para introducir en el debate público la posibilidad de amnistiar a los procesistas: el PSOE necesitaba el apoyo de los independentistas catalanes para conformar gobierno y ese era el precio que Sánchez tendría que pagar para mantenerse en Moncloa.

Algo que hasta el 23-J los socialistas reputaban radical, inaceptable e inconstitucional, se tornó viable, necesario y deseable para «garantizar la convivencia en Cataluña». Durante aquellas semanas, asistimos al más rápido e impactante desplazamiento de la ventana de Overton de la historia de la democracia española, con los habituales tertulianos y juristas progresistas transmutados en bochornosos equilibristas de la legalidad con tal de que gobernasen los suyos, sabedores de que sus genuflexiones serían bien vistas llegado el momento del reparto del botín.

Otros, sin embargo, decidimos usar nuestro humilde altavoz para advertir, desde la sociedad civil, sobre los peligros que la amnistía supone para nuestro Estado de derecho y nuestra democracia, porque la igualdad ante la ley es imposible cuando son los gobernantes los que deciden quiénes deben responder ante la justicia por sus crímenes y quiénes no. Lo defendimos lo mejor que supimos y pudimos, conscientes de la importancia de trasladar a la sociedad española la gravedad de la situación.

Tras la entrada en vigor de la ley, llegó la hora de los tribunales. Tras unas semanas en las que hemos conocido resoluciones de distintos órganos jurisdiccionales -o incluso del Tribunal de Cuentas-, decidiendo inaplicar la amnistía a los principales protagonistas políticos del procés o anunciando el planteamiento de cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el miércoles conocimos el Auto de la Sala Segunda del Tribunal Supremo planteando la cuestión de inconstitucionalidad contra la ley de amnistía.

La resolución es una defensa formidable de la igualdad ante la ley frente a la arbitrariedad y el oportunismo político de quienes están dispuestos a retorcer la legalidad y derogar formalmente la Constitución con tal de parapetarse en el poder. Los de Marchena ponen el dedo en la llaga, pues más que cuestionar la amnistía conceptualmente, descienden al caso concreto, centrando el debate en la cuestión nuclear, que no es si la amnistía, como figura jurídica, tiene encaje constitucional, sino si esta concreta amnistía, diseñada por una élite política corrupta para procurar impunidad a quienes sostienen en el Gobierno a Sánchez, quiebra o no la igualdad ante la ley sobre la que se cimenta nuestro ordenamiento constitucional. Y lo hacen de forma magistral, en una resolución que forma ya parte de la defensa democrática de nuestra Nación.

«Nos encontramos ante una amnistía de autor, diseñada exclusivamente para beneficiar penal y judicialmente a unos pocos»

Señala muy acertadamente el Supremo que la cuestión de inconstitucionalidad «no se dirige al género sino a la especie. Aun cuando nuestro marco constitucional acogiera la facultad del legislador de dictar leyes de amnistía, la que ahora se somete a examen resulta, a nuestro parecer, manifiestamente inconciliable con varios de los preceptos, axiales además, de nuestro Texto Fundamental (…). Resulta, a nuestro parecer, más que evidente que para que el diferente tratamiento que la Ley de Amnistía dispensa a quienes delinquieron con el propósito de favorecer, de un modo u otro, el proceso secesionista, frente a quienes cometieron estos mismos delitos animados por cualquier otra finalidad, pudiera aparecer justificado en términos constitucionales, sería preciso, de un lado, que aquél no tuviera su exclusivo fundamento en la opinión, en la ideología política, de unos u otros, máxime cuando este distinto tratamiento comporta, nada menos, que consecuencias directamente vinculadas al derecho a la libertad personal. Unos son excluidos de toda responsabilidad penal mientras otros deberán cumplir sus condenas».

Efectivamente, tal y como nos advierte la Sala Segunda, nos encontramos ante una amnistía de autor, diseñada exclusivamente para beneficiar penal y judicialmente a unos pocos, pero no en atención a sus actos, sino a la ideología política que profesan, representada en unos partidos políticos cuyo apoyo parlamentario el sanchismo necesita para gobernar. Una aberración jurídica de tal calibre que, si el Tribunal Constitucional ejerciese efectivamente de contrapoder, expulsaría de nuestro ordenamiento jurídico por contravenir el principio de legalidad, que somete a todos los ciudadanos, incluidos a los poderes públicos, al imperio de la ley.

Lamentablemente, todo nos hace pensar que el Constitucional dará el pase de forma vergonzosa a la amnistía, escenificando nuevamente el famoso 7 a 4 con el que durante estas últimas semanas, un Tribunal copado por magistrados, fiscales y altos cargos del PSOE nombrados por el Gobierno socialista, se ha atrevido a adentrarse en un ámbito jurisdiccional que no le corresponde para enmendar la plana al Supremo y dejar prácticamente inmaculado el certificado de penales de los socialistas andaluces que distrajeron casi 700 millones de euros de las arcas públicas.

Pero, al contrario que las resoluciones de los de Marchena, las de los de Pumpido carecen de la legitimidad moral necesaria para imponer sus argumentos, porque la mayoría de los españoles tenemos claro que no son más que un satélite del Ejecutivo, que antepone las necesidades de Pedro a las del país. El daño que están causando a la institución es enorme.

«El Supremo describe a la perfección el proceso de derogación constitucional en el que Sánchez nos ha embarcado»

Por lo demás, y aunque en la sentencia del procés el Supremo no recurrió a la figura política del golpe de Estado para describir las conductas que acabaron integrando el delito de sedición, en el auto planteado el miércoles sí que la emplean en varias ocasiones, algo que parece haber molestado mucho a los que, desde 2019, vienen tergiversado el contenido de aquella resolución para asegurar que lo acontecido en Cataluña no fue un intento de subvertir la legalidad constitucional, sino una mera «ensoñación».

Lo cierto es que los golpes de Estado, según el propio diccionario panhispánico de español jurídico, se definen como un alzamiento, asonada, levantamiento, pronunciamiento, rebelión o sedición que comprende el desmantelamiento de las instituciones constitucionales sin seguir el procedimiento establecido. A la vista de esta definición, la incomodidad que manifiestan los sanchistas está justificada, pues el formidable auto del Supremo no sólo constata que su amado líder ha amnistiado a los golpistas que intentaron derogar la Constitución en Cataluña en 2017, sino que describe a la perfección el proceso progresivo de derogación constitucional en el que Sánchez nos ha embarcado desde que asumió la Presidencia.

Por último, decirle a los que denuncian que el auto del Supremo contiene más argumentos políticos que jurídicos, que la amnistía que ellos defienden es, precisamente, un instrumento parido para colmar la ambición de un puñado de políticos. El Supremo no hace más que defender el modelo constitucional, a democracia y el Estado de derecho. Algo que es, sin duda alguna, una opción política frente a la que representan los modelos pseudototalitarios y autoritarios donde los contrapesos al poder son deficientes o no existen.

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