The Objective
Teresa Freixes

El GRECO

«Este grupo de expertos del Consejo de Europa denuncia los incumplimientos de España para adaptar la normativa anticorrupción a los estándares europeos»

Opinión
El GRECO

Banderas de la Unión Europea. | Europa Press

No me refiero a Doménikos Theotokópoulos, el extraordinario cretense de los sin par claroscuros. El GRECO a quien aludo es el Grupo de Estados contra la Corrupción del Consejo de Europa, que acaba de emitir sendos informes acerca de los déficits existentes en España afectando al Fiscal General del Estado y a la normativa anticorrupción, así como al retraso en modificar la elección de los miembros del Consejo General del Poder Judicial para adaptarla a los estándares europeos.

Antes de entrar en ellos, quiero recordar que se trata de un grupo de expertos, designados por el Consejo de Europa (que no es Unión Europea). No es un tribunal, puesto que emite informes y no sentencias, por lo que sus resoluciones tienen el valor de soft law, es decir de normas de orientación. Hace ya unos cuantos años que viene advirtiendo de los problemas que constata en sus informes recientes, lo que no tendría mayor valor que el indicativo sobre lo que sucede en España si no fuera porque, cada vez más, los tribunales europeos, es decir, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, así como la Comisión Europea en sus Informes sobre el Estado de Derecho, consideran las valoraciones de los informes del GRECO como indicadores fiables.

Teniendo pendientes, como tenemos, por una parte la Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre la Ley de Amnistía, afectando entre otras cosas a la normativa anticorrupción europea, así como el informe sobre esa misma ley que tiene que emitir la Comisión Europea, además del informe sobre el Estado de derecho que este verano se va a hacer público, en donde va a aparecer, una vez más, la regulación existente sobre la Fiscalía General del Estado y el retraso en el cambio legislativo sobre la elección de los miembros del Consejo General del Poder Judicial como incompatible con los estándares de la UE, es bueno conocer qué opina al respecto el GRECO, para no llamarnos a engaño y para entender con qué criterios nos examinan desde la Unión Europea. 

El caso del Fiscal General del Estado es paradigmático. Llevamos prácticamente un lustro sin hacer caso de la advertencia, reiterada por el GRECO, consistente en que tenemos que cambiar la duración de su mandato y reforzar su independencia del Gobierno para hacer compatible esta institución con sus homólogos europeos, respetando los estándares marcados desde el propio GRECO, la Comisión Europea y la Comisión de Venecia.

Se puede hacer reformando el Estatuto interno de la Fiscalía y disponiendo, por ejemplo, que el mandato del Fiscal General sea de cinco años, para que no coincida con la legislatura, es decir, con el mandato gubernamental de ella derivado; asimismo, se puede reforzar su independencia del Ejecutivo reformando su Estatuto y la Ley Orgánica del Poder Judicial, máxime cuando algunos pretenden que la instrucción de los delitos pase a ser competencia de la Fiscalía. En estos momentos, con las intervenciones gubernamentales que hemos presenciado en este alto órgano, es imposible que esa instrucción pase a los fiscales, por la dependencia gubernamental y la estructura jerárquica que marca la regulación vigente, en la que el Fiscal General puede dar órdenes a los fiscales y emitir instrucciones de obligado cumplimiento.

«Estamos ante un fiscal general que está a un paso de sentarse en el banquillo por la presunta comisión de delitos»

Si ello, objetivamente y en abstracto, constituye un problema, en concreto, con el actual Fiscal General, el problema se agrava. Estamos ante un fiscal general cuyo nombramiento fue considerado inidóneo por el Consejo General del Poder Judicial, que tiene en su contra sendas sentencias del Tribunal Supremo por desviación de poder al realizar nombramientos y que está a un paso de sentarse en el banquillo por la presunta comisión de delitos afectando a privacidad, por divulgación indebida de la situación procesal de un ciudadano, conocida por motivo de su cargo.

Graves indicios en su contra han ido apareciendo en la instrucción de la causa que contra él ha iniciado el Tribunal Supremo, por resistirse a la investigación e, incluso, borrar el contenido de sus teléfonos y ordenadores cuando fue requerido a aportarlos a la causa. Recientemente, las empresas tecnológicas, Google y WhatsApp, han remitido la información de que disponen. El Tribunal Supremo ha recibido una carpeta de Google y dos de WhatsApp que están siendo analizadas, abriéndose una pieza separada, para dilucidar su contenido.

Las irregularidades, todavía no se puede decir delitos, puesto que están sujetas a prueba y, el fiscal general, como todo hijo de vecino, está protegido por la presunción de inocencia (eso que algunos ministros, o ministras, no acaban de saber bien qué es, a tenor de sus declaraciones en relación con sentencias relativas a violencia contra las mujeres) son de gran calibre en una institución que, por mandato constitucional expreso, está encargada de la defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley.

No es legal revelar la situación procesal de una persona cuando ello se conoce por razón del cargo que se ocupa, la privacidad o intimidad personal es un derecho fundamental que se conculca mediante la revelación de tal situación procesal y, en cuanto al interés público protegido, se trata del que está protegido legalmente, en aras de la seguridad jurídica inherente a todo litigio, que no es el interés particular de quien realiza la filtración. 

A la espera de que los tribunales nos digan exactamente qué pasó, cabe preguntarse si cuando existen dudas tan razonables acerca de la idoneidad de quien ocupa un cargo, la persona titular del mismo no tendría que verse obligada a presentar su dimisión. Ello constituye otra de las cosas que podrían ser incluidas en la reforma del Estatuto del Ministerio Fiscal que solicita el GRECO.

«El GRECO lamenta que España incumpla una vez más las indicaciones que se le hacen desde el Consejo de Europa y desde la UE»

¿Y qué decir de la advertencia del GRECO acerca de la nueva regulación de la elección de los miembros del Consejo General del Poder Judicial que está tan negra como la noche del apagón que acabamos de pasar? Fruto del «diálogo estructurado» entre la Comisión y los representantes de PSOE y PP, ha sido la renovación de los miembros del Consejo mediante la aprobación parlamentaria de todos ellos, tal como dispone la legislación vigente, porque no puede ser de otra manera, y el compromiso del nuevo Consejo recién nombrado consistente en presentar en el plazo máximo de seis meses una propuesta de cambio legislativo, concorde con las líneas precisadas en el marco de este «diálogo»con la Comisión Europea, a los efectos de que la nueva regulación esté conforme a los estándares europeos. 

El día anterior al que terminaba el plazo de seis meses acordado en la reciente Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (se incorporó en una Disposición Adicional) derivado del pacto logrado con el diálogo estructurado entre PSOE/PP y la Comisión Europea, el Pleno del Consejo del Poder Judicial presentó un texto con dos variantes sobre la elección de los futuros miembros del Consejo, puesto que no logró el consenso necesario para ofrecer una propuesta única. La composición paritaria del actual Consejo, con la mitad de los miembros propuesta por cada uno de los dos partidos que fraguaron el pacto, mediante cuotas de tendencia política, como era de prever, dificultó el acuerdo, especialmente en lo que se refiere a la elección de los vocales jueces del Consejo, que, según el pacto previo incorporado a la ley, tenía que ser acordada por mayoría de tres quintos.

Así las cosas, el GRECO lamenta en su informe que España incumpla una vez más las indicaciones que se le hacen, tanto desde el Consejo de Europa como desde la Unión Europea, para acomodar el debido cambio legislativo sobre la elección de los miembros del CGPJ a lo que se prescribe en todos los indicadores europeos, desde este mismo órgano asesor del Consejo de Europa como desde la Comisión Europea y la Comisión de Venecia. 

Por último, el GRECO aborda en sus informes los constantes incumplimientos de España para adaptar la normativa anticorrupción a los estándares europeos. Parecemos campeones en no tener en cuenta las recomendaciones, disfrazando en la mayor parte de ocasiones el incumplimiento mediante «cumplimiento parcial» que, al ser examinado en forma global con las omisiones, deriva en una flagrante oposición a lo recomendado que puede tener consecuencias, tanto en los Informes sobre el Estado de derecho que estamos pendientes de recibir, como en la futura sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en concreto sobre el tratamiento que la Ley de Amnistía otorga a la malversación. 

«Desde hace un lustro se nos viene diciendo que tenemos que aumentar la transparencia en la actividad del Poder Ejecutivo»

¿Qué nos había recomendado el GRECO para prevenir la corrupción? Desde hace un lustro se nos viene diciendo que tenemos que regular las relaciones de los parlamentarios con los lobistas de todo tipo que pudieran ser influyentes en el proceso legislativo; aumentar las exigencias de transparencia en la actividad del Poder Ejecutivo; elaborar estrategias para evaluar los conflictos de intereses que puedan presentar los miembros del Poder Ejecutivo; adoptar un código de conducta dirigido a los altos cargos del Ejecutivo y ponerlo en conocimiento de la ciudadanía; facilitar procedimientos informáticos de acceso a la información; divulgar los contactos entre los miembros del Ejecutivo y los grupos de interés para que sean de general conocimiento; establecer un plazo para evitar que los encargados de tomar decisiones puedan formar parte de grupos de interés; ampliar las modalidades de información sobre los asuntos financieros que involucren a los cargos gubernamentales, incluyendo a cónyuges y familiares; revisar los aforamientos para que no representen impedimentos para las investigaciones penales, especialmente en casos de corrupción; prevenir la corrupción y promoción de la integridad en las fuerzas y cuerpos de seguridad; establecer un proceso más objetivo y profesional para la promoción de los mandos de las fuerzas y cuerpos de seguridad; revisar el régimen disciplinario de policía y guardia civil para evitar que los superiores jerárquicos decidan por sí solos las cuestiones de disciplina.

Ninguna de estas recomendaciones ha sido puesta en práctica más que parcialmente por parte de España. El GRECO no ha considerado satisfactoria la respuesta de las autoridades españolas al respecto. Lejos de incidir en estas cuestiones, durante el último lustro hemos «rebajado» las penas de la malversación en el Código Penal al mismo tiempo que eliminado el delito de rebelión y «dulcificado» el de sedición, debido a las exigencias de los partidos secesionistas para votar afirmativamente la formación de los sucesivos Gobiernos de Pedro Sánchez o avalar según qué decisiones políticas (por cierto, este lunes, mientras España estaba sin luz, se reunieron en Suiza Junts y el PSOE para acordar vaya usted a saber qué).

Al mismo tiempo, se han ido poniendo palos en la rueda en las investigaciones emprendidas judicialmente respecto de actividades que pueden significar conflictos de intereses para familiares de altos miembros del Poder Ejecutivo. Y no sería necesario referirse, aunque voy a hacerlo porque hace demasiado tiempo que no se repara en ello, a la consideración de que la malversación, la corrupción en nomenclatura europea, no implica lucro económico, sino que lo que comporta es que exista un beneficio o se obtengan resultados favorables, que pueden ser de diversa índole, tal como ha interpretado el Tribunal Supremo.

Poca repercusión mediática han tenido estos informes del GRECO. Algunas en prensa escrita. Prácticamente ninguna en medios audiovisuales. Pero lo que se refleja en ellos no es precisamente halagüeño para nuestras autoridades, ya sean del Legislativo y/o del Ejecutivo, además del Fiscal General del Estado o el Consejo General del Poder Judicial. Claro, nos hacen recomendaciones y propuestas y aquí estamos bajo el manual de resistencia. Después, algunos se echarán las manos a la cabeza si los tribunales, europeos o de países extranjeros, operan con indicadores europeos, se fijan en lo que ha constatado el GRECO y toman decisiones que no nos dejan en buen lugar.

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