The Objective
Guadalupe Sánchez

Sátira y castigo: el falso 'Tour de la Manada'

«Para castigar a alguien por expresarse hay que demostrar que su conducta supera el umbral constitucional del daño, no el de la sensibilidad ideológica del momento»

Opinión
Sátira y castigo: el falso ‘Tour de la Manada’

Ilustración de Alejandra Svriz.

He sido la primera en denunciar la insoportable politización del Tribunal Constitucional. Y no pocas veces he criticado en este diario resoluciones de ese órgano dictadas para mayor gloria del sanchismo y de su agenda de control institucional. Pero mi declarada desconfianza hacia el Tribunal Constitucional no me impide reconocer –cuando la hayuna sentencia bien fundamentada, rigurosamente argumentada y jurídicamente impecable. A la ponente, Laura Díez Bueso, hay que agradecerle que, a pesar de la fractura manifiesta que existe entre los magistrados conservadores y progresistas, haya conseguido la unanimidad para una resolución que reivindica el valor de la libertad frente a los dogmas y que sienta una jurisprudencia valiente que antepone el amparo a los derechos fundamentales frente a la corrección política y a la presión social. 

El protagonista del caso es el artista conocido con el sobrenombre de Anónimo García, miembro del colectivo Homo Velamine. En diciembre de 2018 creó una web titulada tourlamanada.com, donde promocionaba -en clave de sátira provocadora- un tour turístico por los lugares relacionados con la agresión sexual de los Sanfermines de 2016, bautizada por los medios como el caso de «La Manada de Pamplona». Ofrecía visitas guiadas, venta de camisetas, calcomanías que imitaban el tatuaje de uno de los agresores y hasta la posibilidad de reservar alojamiento «por horas». Eso sí, todo era falso, nada se llegó a organizar. Porque era una mera perfomance virtual cuya finalidad era denunciar, mediante una farsa grotesca, la frivolización y mercantilización del caso por parte de los medios de comunicación, que durante meses hicieron caja a costa del morbo y de la polémica.

La mujer agredida afirmó haber sufrido una recaída psicológica a causa de la web. A partir de ahí, la maquinaria punitiva se activó al son del «hermana, yo sí te creo». Anónimo García fue juzgado y condenado a un año y medio de prisión por un delito contra la integridad moral. Se le impuso, además, el pago de las costas procesales y de una indemnización de 15.000 euros a la denunciante. Las resoluciones de la primera y segunda instancia navarras entendieron que la web «cosificaba» a la víctima de un delito contra la libertad sexual y que trivializaba su sufrimiento, a pesar de que la página en cuestión no incluía su nombre, imagen, ni ningún ataque personal directo. Porque la web no era una crítica a la víctima, sino a los medios de comunicación y su forma de explotar y monetizar el dolor ajeno.

Tanto la sentencia del Juzgado de lo Penal, como la de la Audiencia Provincial de Navarra desestimando el recurso de apelación fueron hijas de su tiempo, dictadas en el contexto de un clima irrespirable agitado por la izquierda canceladora y moralista que llevó -y todavía lleva- a no pocos juzgadores a sucumbir a la presión y a relegar los derechos fundamentales del reo. No está de más recordar que, en ese momento, la sociedad española se encontraba inmersa en una suerte de catarsis feminista colectiva tras la agitación que la izquierda consiguió promover utilizando el caso de La Manada como catalizador.

En torno a él se construyeron nuevas máximas jurídicas que cuestionan principios civilizatorios como la presunción de inocencia y amordazan la libertad de expresión. La exigencia de «creer siempre» a las mujeres derivó en una histeria punitivista que se plasmó en sentencias aberrantes como la que condenó nada menos que a 38 años de prisión a los jugadores del Arandina y que inspiró reformas legislativas como la de la ley del sólo sí es sí, cuyos resultados distan mucho de los que perseguían quienes instaron la aprobación de la norma. La sentencia del falso ‘Tour de La Manada’, que retorció un tipo penal para utilizarlo como ariete contra la libertad artística, representa bien la histeria punitivista represiva que viene atenazando a la justicia española desde 2018.

«La libertad de expresión incluye la sátira y el mal gusto. No puede criminalizarse a quien expresa posturas socialmente incómodas»

No sé si peco de optimista, pero creo que esta sentencia del Tribunal Constitucional nos permite atisbar la luz al final del túnel. Ha estimado el recurso de amparo del artista y ha anulado la condena, declarando que la web formaba parte del ejercicio legítimo del derecho a la libertad de expresión. Y no lo dice en abstracto, sino analizando el contexto, la intención crítica, la pertenencia del autor a un colectivo satírico, el uso de recursos propios del culture jamming (una forma de activismo que usa la sátira, la parodia y la manipulación de mensajes mediáticos para criticar el consumismo, los medios de comunicación o el discurso dominante) y la ausencia de elementos objetivamente vejatorios hacia la víctima. 

Más allá del caso particular, la ponente nos recuerda que, en democracia, la libertad de expresión «vale no sólo para la difusión de ideas u opiniones acogidas con favor o consideradas inofensivas o indiferentes, sino también para aquellas que contrarían, chocan o inquietan al Estado o a una parte cualquiera de la población». Dicho de otra manera: la libertad de expresión incluye también la sátira, la provocación y el mal gusto. Que no puede criminalizarse a quien expresa posturas socialmente incómodas. Y que, aunque ningún derecho es absoluto, para castigar a alguien por expresarse, primero hay que demostrar que su conducta supera el umbral constitucional del daño, no el de la sensibilidad ideológica del momento.

Como decía Oscar Wilde, «el artista no tiene simpatías éticas». No está para gustar. Está para molestar, para incomodar, para sacudir o para agitar conciencias. Y el Derecho, si quiere seguir mereciendo ser escrito con la mayúscula inicial, debe proteger ese espacio. Incluso cuando ofende. Especialmente cuando ofende.

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