Un test para el TC: ¿el borrador es la sentencia?
«Hay bloques consolidados, apenas se debate, antes de entrar en la sala ya se tiene decidido el voto. Se vota, no se discute: no se hace derecho, se hace política»

Ilustración de Alejandra Svriz.
Escribo un correo a un amigo para pedirle si tenía el famoso borrador de la sentencia del TC sobre la Ley de Amnistía y me lo podía enviar. Al cabo de un rato lo recibo con una acotación: “Un auténtico y vergonzoso bodrio”. Estoy prevenido y no me sorprende: “Casos difíciles, mal Derecho», dijo un juez norteamericano hace casi dos siglos; y digo yo: casos sencillos, pero con un tribunal de mayoría partidista, también mal derecho.
Empecemos por el suceso insólito de que se haya filtrado un borrador entero el pasado domingo por la noche y toda la prensa diera el lunes la noticia. Que yo recuerde, y me puedo confundir, ello nunca había sucedido. A lo más, eso sí con una cierta frecuencia, la prensa daba noticias sobre el sentido de las sentencias a lo largo de su proceso de elaboración o se daban noticias sobre los términos del debate en el pleno del tribunal. Pero filtrar un borrador entero antes de que ser sometido a discusión es una curiosa novedad.
¿Qué se pretende con ello? Hay varias posibilidades. Primera, que la opinión pública se distraiga con el tema y se olvide de otras cuestiones. Segunda, que dicha opinión pública se vaya preparando para una sentencia polémica y no se sorprenda cuando sea aprobada. Tercera, que la discusión entre juristas especializados sea anterior, y no posterior, a que se zanje el tema con una resolución definitiva.
En cualquier caso, sean estos o sean otros los motivos para dar a conocer el dichoso borrador, el tribunal se dedica a hacer política con esta patata caliente que le ha caído y que le puede desprestigiar aún más de lo que ya lo está. Soy consciente que al escribir sobre ello puedo contribuir a estos deseos espurios del TC, sea cual sea su pretensión.
En todo caso, sinceramente confieso que no he tenido tiempo de leerme la sentencia entera, 191 apretadas páginas en total y sus fundamentos jurídicos abarcan 129. Demasiado extensa para pocas horas lectura. Además, como todas las malas sentencias, es de escritura farragosa, con referencias múltiples e inútiles a jurisprudencia anterior y, por tanto, con una falta de claridad más que notable.
Debería ser obligatorio en las facultades de Derecho la lectura y el comentario del reciente libro de Santiago Muñoz Machado, Fundamentos del lenguaje claro (Espasa, 2024). El autor exige que “el lenguaje usado para dirigirse a los ciudadanos sea claro, comprensible, accesible» y “ello incluye a los legisladores, a los jueces y tribunales, y a las Administraciones públicas de todas clases y niveles”. También Ortega dijo con razón que “la claridad es la cortesía del filósofo» y hubiera podido añadir, con más razón, “y también del columnista”. Pues bien, el lenguaje de este borrador de sentencia es tortuoso. Hay tiempo para corregirlo.
Ahora bien, ¿debemos leer un borrador de sentencia quiénes no formamos parte del tribunal? Sinceramente, creo que no hay que caer en esta trampa. En estos tres últimos días, buena parte de la prensa ha dado por supuesto que, quizás con pequeñas correcciones, el fondo del asunto está decidido. El titular de la noticia de El País el lunes por la mañana lo expresaba bien: “El Constitucional avalará la amnistía». Ya lo daba por hecho: si el borrador, en lo sustancial, es la sentencia, se tiene la convicción de que sobra el debate. Ayer en El Confidencial, Ignacio Varela hacía al respecto unas inteligentes consideraciones políticas.
Porque vayamos al procedimiento que en el campo del Derecho muchas veces es la substancia. El borrador lo ha elaborado, como siempre, un miembro del Tribunal, en ese caso, la magistrada Inmaculada Montalbán. Lo ha redactado asesorada por sus letrados pero suya es la responsabilidad y debe presentarlo en el Pleno para que sea debatido. Así lo establece la ley.
«Hay bloques consolidados, apenas se debate, antes de entrar en la sala de reuniones ya se tiene decidido el voto. Se vota, no se discute: por tanto, no se hace derecho, se hace política»
El procedimiento, como decimos, no es un detalle meramente formal sino substancial porque el Derecho es análisis de los hechos (en este caso, la Ley de Amnistía), la interpretación jurídica de la ley aplicable (en este caso la Constitución porque se trata de un juicio de constitucionalidad, no de legalidad) y, finalmente, la argumentación también jurídica (que es el principal objeto de debate dentro del Tribunal) en el que deben contrastarse los hechos, la interpretación de la norma y el razonamiento según los métodos que se consideren adecuados; en general, partir de unas premisas bien fundamentadas, buscar las inferencias pertinentes y llegar a conclusiones, si es el caso, que se puedan rebatir y refutar con otros argumentos. Y vuelta a empezar.
Por tanto, el borrador es una simple propuesta para ser discutida mediante argumentos. Así se aplica el Derecho, esto es lo que debe suceder si el Tribunal funciona como es debido. Durante muchos años, casi toda su historia de cuarenta y cinco años, ello ha sido así: en el Tribunal se discutía, en muchos casos las sentencias se demoraban por esta razón y, si no había un acuerdo general, se formulaban votos particulares debidos a enfoques jurídicos, que no políticos diversos. Antes de votar se discutía hasta la extenuación.
Andrés Ollero, un antiguo magistrado, publicó un libro hace un par de años sobre sus votos particulares que mostraban posiciones jurídicas distintas no influidas por la política. Rebatía, por tanto, esta dicotomía de magistrados conservadores y magistrados progresistas. Parece que en los últimos años todo ello ha cambiado: hay bloques consolidados, apenas se debate, antes de entrar en la sala de reuniones ya se tiene decidido el voto. Se vota, no se discute: por tanto, no se hace derecho, se hace política.
Esto se comprobará en el caso de la sentencia de la ley de amnistía: veremos si la sentencia final coincide con el borrador, si se cumple la profecía de El País y la mayoría de los demás medios. Es un test para el Tribunal: sólo entonces, una vez leída con calma la sentencia, podrá hacerse una crítica detallada.