The Objective
Guadalupe Sánchez

Fontaneros constitucionales

«La ponencia sobre la ley de amnistía es un ejercicio de funambulismo jurídico para blindar un pacto político que intercambia impunidad por gobernabilidad»

Opinión
Fontaneros constitucionales

El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido. | Eduardo Parra (Europa Press)

Mientras algunos juristas actúan como guardianes del trazado original de la Constitución, otros se comportan como cartógrafos serviles: redibujan el mapa institucional cada vez que el poder les señala un nuevo destino. En este oficio de geografía oportunista se sitúan los magistrados de la mayoría progresista del Tribunal Constitucional, que ya no interpretan el texto, sino que lo reorientan para que encaje con la hoja de ruta del Ejecutivo. Así lo demuestra el borrador de la ponencia sobre la ley de amnistía: un ejercicio de funambulismo jurídico diseñado para blindar un pacto político que intercambia impunidad por gobernabilidad.

Es un error circunscribir el problema que representa la amnistía a su palmaria inconstitucionalidad, ya que estamos ante una indecencia democrática y moral que choca de frente con los principios estructurales y éticos del Estado de derecho. La ponencia que intenta fundamentar esta amnistía no logra articular una justificación coherente; más bien, pone en evidencia la instrumentalización del texto constitucional mediante una interpretación retorcida, inconsistente y subordinada a unos intereses políticos concretos.

El primer truco de ilusionismo jurídico consiste en sostener que la amnistía es constitucional simplemente porque no está expresamente prohibida. Un razonamiento burdo, por no decir tramposo. El artículo 62 de la Constitución veda los indultos generales, por lo que se me antoja de imposible encaje una figura como la amnistía, que va incluso más allá, ya que extingue la responsabilidad penal antes de que exista juicio o condena. La consecuencia es evidente: se desdibuja el principio de igualdad ante la ley y se erosiona la separación de poderes, al atribuirse el legislador funciones que corresponden exclusivamente al Poder Judicial, todo ello en nombre de una reinterpretación «creativa» del principio de legalidad.

Pero no basta con eso. La ponencia ignora deliberadamente que toda amnistía requiere una justificación objetiva y razonable. En una democracia constitucional, no puede aceptarse la impunidad como moneda de cambio en una negociación política. Y esta lo es. El borrador no articula de manera consistente una finalidad de interés general ni aporta elementos que permitan considerar su contenido como una respuesta justificada a una situación excepcional. No hay un relato jurídico ni democrático convincente detrás, sólo la urgencia de una investidura condicionada por los votos de los de Puigdemont.

La erosión de los pilares fundamentales del Estado de derecho -la independencia del Poder Judicial, la separación de poderes y los mecanismos institucionales de fiscalización del Ejecutivo- constituye una amenaza directa al orden democrático constitucional y abre la puerta a prácticas autoritarias. Tanto en Hispanoamérica como en Europa, la retórica del lawfare ha sido la antesala de reformas que debilitan deliberadamente los sistemas de control democrático, reduciendo la capacidad de los contrapoderes mediante el cuestionamiento de su legitimidad e impulsando su ideologización. El fenómeno no es casual y sigue un patrón: gobernantes que no soportan ser limitados por normas ni vigilados por tribunales independientes, pues conciben el voto como un cheque en blanco. 

«El Gobierno ha desplegado a sus fontaneros en todos los niveles: unos en las cloacas; otros en los órganos constitucionales»

El borrador de la ponencia muestra todos estos síntomas: minimiza la importancia de las garantías institucionales y aborda la Constitución como una norma maleable que permite al legislador obrar a voluntad contra la propia legalidad con una única condición: que los máximos intérpretes de la Carta Magna -algunos de los cuales deben su asiento en el Tribunal precisamente a quienes legislan- consideren que no atenta contra una prohibición expresa o implícita, como si la Constitución fuera una suerte de Tabla de los Diez Mandamientos que proscribe acciones o comportamientos concretos. No sólo es un razonamiento pueril, sino que no me cabe duda alguna que, aunque el texto prohibiese explícitamente la amnistía, los siete de Pumpido habrían buscado la manera de retorcer el precepto para que este amparase las necesidades de Pedro.

Lamentablemente, tanto los magistrados constitucionales, como algunos integrantes del Poder Judicial, han preferido ignorar que las constituciones democráticas no están hechas para facilitar el poder, sino para limitarlo. Que el entramado institucional debe servir al conjunto de los ciudadanos que lo sostienen con sus impuestos y no a una élite política, empresarial o funcionarial cada vez más sometida y corrupta. 

La actualidad pone de manifiesto que el Gobierno ha desplegado a sus fontaneros en todos los niveles: unos en las cloacas, dispuestos a mancharse el mono de trabajo; otros en los órganos constitucionales, dispuestos a ensuciarse la toga «con el barro del camino». Lo que los une no es el método, sino la misión: desatascar cualquier obstáculo que impida que el veneno autoritario circule con fluidez por las cañerías de nuestro entramado constitucional. Alguien debe de una vez por todas cerrar la llave de paso de las aguas fecales y dejar que fluya el agua limpia, potable. Porque todo apesta.

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