El Constitucional avala la condena por sedición a Jordi Cuixart
El Pleno del Tribunal Constitucional ha avalado la condena dictada por el Supremo contra el líder de Òmnium Cultural
El Pleno del Tribunal Constitucional ha avalado la condena dictada por el Supremo contra el líder de Òmnium Cultural
El Pleno del Tribunal Constitucional ha avalado la condena de nueve años de prisión por sedición del líder de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, por promover en las calles la oposición material a la ejecución policial de las decisiones de los tribunales durante el proceso independentista catalán.
Como ya sucediera con los recursos de los exconsejeros Jordi Turull y Josep Rull, el tribunal de garantías no ha alcanzando la unanimidad en la votación de la sentencia, cuyo fallo se ha adelantado este miércoles a la espera de conocer el contenido en los próximos días.
De esta forma, el tribunal ha desestimado el recurso por mayoría de siete votos a favor y dos en contra, del magistrado Juan Antonio Xiol y de la magistrada María Luisa Balaguer, quienes han formulado votos particulares al mantener la misma posición que con Turull y Rull, cuyas condenas vieron entonces «desproporcionadas».
«La gravedad de los hechos enjuiciados en la instancia no se cuestiona en ningún momento. Pero hubiera sido necesario tener en cuenta las dudas técnicas que el recurso al tipo penal de sedición suscita en este caso», subrayaron los progresistas Xiol y Balaguer en sus votos particulares contra la sentencia de los exconsejeros, que probablemente se harán extensibles a Cuixart.
Cuixart, uno de los líderes independentistas más mediáticos y carismáticos, defendió recientemente en sus alegaciones al Supremo sobre el indulto que no está arrepentido y que todo lo que hizo lo volvería a hacer porque no cometió ningún delito.
La Sala de lo Penal del Supremo condenó a Jordi Cuixart por su papel «decisivo» en la sedición orquestada por el Gobierno catalán, con su «indiscutida capacidad de liderazgo y estrecho contacto con los dirigentes políticos nacionalistas».
Y ahora el TC respalda con su sentencia, cuyo ponente ha sido el presidente Juan José González Rivas, los argumentos del Supremo al considerar que la conducta de Cuixart, al promover la oposición material a la ejecución policial de las decisiones del Constitucional y de otros tribunales, no constituyó ejercicio legítimo de los derechos y libertades de expresión y reunión.
Por tanto, añade, su condena por sedición cumple con las normas constitucionales, subrayando que no obedece a una finalidad espuria de persecución o castigo por su posición política o ideológica. Esta decisión agota el recorrido judicial de Cuixart en España y le abre las puertas a recurrir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).