El TC declara inconstitucional el cierre del Congreso durante el primer estado de alarma
PSOE y Unidas Podemos vulneraron el derecho de la oposición al control parlamentario sobre el Gobierno
PSOE y Unidas Podemos vulneraron el derecho de la oposición al control parlamentario sobre el Gobierno
El Tribunal Constitucional (TC) ha declarado ilegal este martes el cierre del Congreso de los Diputados impulsado por los partidos que sostienen al Gobierno, PSOE y Unidas Podemos, durante los primeros días del estado de alarma de marzo de 2020.
La Mesa del Congreso aprobó —con los votos a favor de socialistas y morados y la oposición de PP y Vox— que durante veintiséis días no fuera posible tramitar ningún proyecto de ley ni ejercer un control parlamentario efectivo sobre el Gobierno. En concreto, la Mesa aprobó el 19 de marzo, cuatro días después de la entrada en vigor del primer estado de alarma, que se suspendía “el cómputo de los plazos reglamentarios que afectan a las iniciativas que se encuentren en tramitación en la Cámara hasta que la Mesa levante la suspensión”.
Tanto Vox como PP —este último por boca de su entonces portavoz, Cayetana Álvarez de Toledo— denunciaron entonces que el Congreso no podía cerrarse «ni en guerra» y ahora el tribunal les ha dado la razón, subrayando que los partidos de la coalición del Gobierno vulneraron el derecho de la oposición al control parlamentario sobre el Ejecutivo.
En una votación ajustada, seis magistrados a favor de la inconstitucionalidad y cuatro en contra, el pleno ha determinado que la iniciativa de la Mesa del Congreso, controlada por PSOE y Unidas Podemos, fue ilegal.
De esta forma, el TC propina el segundo varapalo a la estrategia jurídica del Gobierno por su actuación durante la pandemia, después de que en julio ya declarara inconstitucional el confinamiento durante el primer estado de alarma.
Prisión permanente revisable
Además, el TC estudiará también este martes la prisión permanente revisable, aprobada en 2015 por el Gobierno de Mariano Rajoy y que previsiblemente será avalada aunque suavizada en los plazos de revisión de la condena.
En concreto, el debate estará en los plazos fijados por el Código Penal para revisar el encarcelamiento, que oscilan entre los 25 y los 35 años, así como en los supuestos para acceder a esa revisión.
Según fuentes, la deliberación se centrará en suavizar los mínimos de prisión efectiva para pasar de 25 a 20 años, una petición que no ven con malos ojos en el sector conservador, o incluso 15 años, como pretende exponer algún magistrado en el pleno.
Fuente: EFE.