La Fiscalía de Cataluña se opone al toque de queda y a limitar las reuniones a 10 personas
Según la administración catalana, las medidas de la Generalidad no son ni «idóneas» ni «necesarias» para la reducción de los contagios
Según la administración catalana, las medidas de la Generalidad no son ni «idóneas» ni «necesarias» para la reducción de los contagios
La Fiscalía Superior de Cataluña ha pedido a la justicia que rechace la propuesta del Gobierno catalán de aplicar un toque de queda nocturno y limitar las reuniones a un máximo de diez personas, al considerar que estas «severas» restricciones de derechos fundamentales no son «idóneas» ni «necesarias».
Así lo solicita la Fiscalía en un informe remitido al Tribunal Superior de Cataluña (TSJC), en el que se opone a las restricciones que ha planteado el Gobierno catalán para limitar el avance de la sexta ola del coronavirus y que requieren de aval judicial, ya que concluye que las razones expuestas por la Generalitat no son «suficientes».
Según la Fiscalía, el toque de queda nocturno y la limitación de las reuniones a un máximo de diez personas que pretende implantar la Generalitat son unas medidas «severas, extensas, muy restrictivas, intensas y generalizadas» que no han sido «debidamente motivadas» y que no ve ni «idóneas» ni «necesarias» para la reducción de los contagios, a la vista del informe presentado por la administración catalana.
La Generalidad remitió este miércoles a la sala contenciosa del TSJC su informe con las medidas que plantea para atajar el aumento de contagios de la sexta ola del coronavirus y que afectan a derechos fundamentales -toque de queda nocturno entre la 1 y las 6 de la madrugada, limitar reuniones sociales a diez personas, tanto en interior como exterior, y aforo máximo del 70 % en ceremonias religiosas-, ante lo que el tribunal solicitó a la Fiscalía que se posicionara.
En su escrito, el Ministerio Público advierte de que las restricciones planteadas por la Generalidad afectan a derechos fundamentales como la libertad de circulación, la intimidad familiar y el derecho de reunión, el derecho a la igualdad y el derecho a la protección de datos de las personas. Ante esta situación, la Fiscalía sostiene que la limitación de derechos fundamentales «exige» que las medidas observen «adecuadamente» el principio de proporcionalidad y que sean adecuadas y las menos restrictivas para evitar el contagio.
En su escrito, el Ministerio Público recuerda que el TSJC ya advirtió el pasado 25 de noviembre a la Generalitat, al avalar la prórroga de la exigencia del pasaporte sanitario, que ampliar «sin freno» su uso requeriría una «mayor motivación y justificación reforzada».
En el caso del toque de queda, la limitación de reuniones a diez personas y la reducción de aforos al 70 %, la Fiscalía advierte de que «no basta» justificarlas con los datos de incidencia de la covid y con «meras» consideraciones de prudencia o protección.
Además, resalta que el conseller de Salud, Josep Maria Argimón, no especificó el pasado 20 de diciembre, cuando anunció estas restricciones, el tamaño de las localidades que se verían afectadas por el toque de queda nocturno y solo precisó que se verían afectadas las que tuvieran una incidencia acumulada superior a 500 casos, si bien finalmente la propuesta del Gobierno lo rebaja a 250. «Hay ciudades de más de 10.000 habitantes, como Barcelona o L’Hospitalet de Llobregat, cuya incidencia acumulada no llega a los 500 casos por cada 100.000 habitantes. Eso quiere decir que las previsiones y recomendaciones sanitarias eran no aplicar el toque de queda el lunes (cuando lo anunció Argimón), pero hoy sí, porque los informes (que ha presentado la Generalitat ante el TSJC) así lo recomiendan», apunta la Fiscalía.
En su informe, la Generalidad detalla que el toque de queda nocturno se aplicaría a municipios de más de 10.000 habitantes con una incidencia acumulada a 7 días de más de 250 casos por cada 100.000 habitantes, lo que afectaría a 126 localidades, entre ellas Barcelona, ciudades del área metropolitana y las capitales de provincia (Lleida, Tarragona y Girona), en las que habita la inmensa parte de la población catalana.
Para la Fiscalía, existe en este caso una «incongruencia» y una «falta de motivación reforzada» en las restricciones que plantea la Generalitat ya que considera que no son «suficientes» los argumentos que ha expuesto para limitar derechos fundamentales.
Fuente: EFE