El Gobierno espera otro varapalo de la UE por las bajas indemnizaciones que paga el Estado
Los ministerios económicos temen que entre dos o cinco meses se produzca otra condena sobre la ley que regula la responsabilidad patrimonial de la administración
El Gobierno teme otra condena del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por las medidas excesivamente restrictivas que existen en España para que el Estado asuma su responsabilidad patrimonial ante los afectados por los errores cometidos por la administración. Después de la condena del pasado viernes de la Justicia europea por las sanciones «desproporcionadas» del llamado impreso 720, sobre la declaración de bienes en el extranjero, los ministerios económicos esperan otro varapalo por la ley 40/2015, del 1 de octubre, sobre el Régimen Jurídico del Sector Público.
La ley, elaborada también por el entonces ministro Cristóbal Montoro, «lleva el mismo camino» que lo sucedido con el modelo 720, explican las fuentes consultadas por THE OBJECTIVE. La Comisión Europea abrió una investigación a España por considerar que la normativa limitaba la responsabilidad patrimonial del Estado ante los ciudadanos, pero en primera instancia España no hizo nada. El máximo órgano de gobierno de la Unión Europea inició un procedimiento de infracción y presentó un recurso ante el Tribunal de Luxemburgo: «Hace poco se publicaron las conclusiones del Abogado General, que ya avanzaba que había varias libertades comunitarias afectadas en dicha normativa», apostillan las mismas fuentes.
Lejos de solventar la situación en el sentido que pedían las instituciones europeas, el Gobierno de Mariano Rajoy trató de escurrir el bulto con una modificación de la normativa, publicando la Ley 40/2015, vigente desde el 2 de octubre de 2016, que establece que solo serán indemnizables los daños producidos en los cinco años anteriores a la publicación de la sentencia del TJUE que declare la vulneración del Derecho de la UE además de añadir otros requisitos como que el el particular haya estado pleiteando hasta obtener una sentencia firme desestimatoria y alegando la vulneración del derecho constitucional o comunitario.
Sentencia de dos a cinco meses
Con todo, los responsables económicos del Ejecutivo de Pedro Sánchez creen que en breve recaerá sobre España otra probable condena sobre este asunto. Según las fuentes consultadas, en un plazo de entre dos y cinco meses el TJUE resolverá el Recurso que se elevó por la Comisión Europea contra el Estado Español en medio del litigio sobre el llamado modelo 720.
En este sentido, Alejandro del Campo, el abogado y asesor en temas fiscales que llevó al Ministerio de Hacienda ante la UE, también coincide en que «habrá otra sentencia demoledora contra España».
La Ley sobre responsabilidad patrimonial que está en entredicho por la Justicia europea regula el derecho de todo ciudadano a reclamar contra el Estado ante una actuación legislativa que le haya causado un daño. La llamada responsabilidad patrimonial del Estado Legislador. Por ejemplo, este fue el caso del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVMDH), conocido como céntimo sanitario, y que entró en vigor en 2001, era un tributo que tenían que pagar las gasolineras por vender combustible (hidrocarburos) a particulares y que resultó ser contrario al derecho de la Unión Europea.
El abogado y miembro del Consejo Asesor de la Asociación Española de Asesores Fiscales, Esaú Alarcón, explica a instancias de este medio que la sentencia europea sobre ese impuesto que gravaba la venta de hidrocarburos «condenó a España a pagar las costas».
En el ámbito tributario, la esperada sentencia del TJUE puede beneficiar a las reclamaciones de los ciudadanos contra la administración por el pago indebido del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, más conocido como Plusvalía Municipal, cuya ley reguladora fue declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional al considerar que se basaba en un cálculo contrario al principio tribunal de la capacidad económica dado que gravaba las operaciones de transmisión de la propiedad con independencia de la existencia o no de un real beneficio económico.
Restricciones por covid-19
Algunos expertos apuntan también a que existe otro importante supuesto al que puede afectar la próxima resolución del TJUE: sería el de las reclamaciones de los particulares y gremios profesionales por los daños y perjuicios derivados de la aplicación de las restricciones impuestas por el estado de alarma por la covid-19, declarado inconstitucional. Reclamaciones que se encuentran ya en trámite actualmente.
En la exposición de motivos de la Ley 40/2015 del régimen jurídico del Sector Público se prevé que esta normativa afecta también a «las lesiones que sufran los particulares en sus bienes y derechos derivadas de leyes declaradas inconstitucionales».
Es ya un hecho que las actuales limitaciones y restricciones impuestas por la ley española para el ejercicio del derecho a la reclamación por daños derivados de la responsabilidad patrimonial del Estado han sido consideradas excesivas no solo por los afectados sino también por la propia Comisión Europea, a reserva de cuál sea la decisión final del Tribunal de Luxemburgo que los expertos ya anticipan de dura condena al Estado.