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Españoles y franceses ya pueden adquirir la nacionalidad sin renunciar a la de origen

Francia es el primer país fuera del ámbito iberoamericano con el que España firma un convenio de esta naturaleza

Españoles y franceses ya pueden adquirir la nacionalidad sin renunciar a la de origen

Banderas de Francia, España y la Unión Europea. | AFP

El Ministerio de Justicia ha anunciado este viernes que ha entrado ya en vigor el convenio de nacionalidad entre Francia y España que permite a los ciudadanos de ambos países adquirir la otra nacionalidad sin tener que renunciar a la de origen.

Según ha precisado el departamento dirigido por Pilar Llop en una nota informativa, Francia es el primer país fuera del ámbito iberoamericano con el que España firma un convenio de esta naturaleza.

El Ministerio ha considerado así que con este convenio -suscrito el 15 de marzo de 2021- se «salda una deuda histórica con el exilio republicano«. Ha estimado también que se «refuerzan los derechos de ciudadanía de españoles residentes en Francia y de los franceses en España, lo que supone una mejora de sus condiciones en el país de residencia».

Justicia ha indicado que se ha dictado ya por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública la Instrucción de fecha 31 de marzo que será publicada en el BOE de forma inminente «con la finalidad de establecer criterios para su aplicación».

Efecto retroactivo

En el marco de la nota se ha subrayado que la Instrucción del Ministerio afecta también a toda la ciudadanía española y francesa que, con anterioridad a este viernes, hayan adquirido la nacionalidad de uno u otro país, respectivamente y, por tanto, hubieran renunciado a su nacionalidad anterior. Según ha señalado, a partir de ahora pueden acogerse a lo establecido en este nuevo Convenio y disfrutar de su doble nacionalidad desde la fecha en la que lo soliciten.

La Instrucción aprueba las pautas de aplicación y los procedimientos registrales que permiten implementar el convenio de nacionalidad entre España y Francia, de aplicación en todas las Oficinas del Registro Civil y Notarías que pudieran verse afectadas, tanto en territorio español como en las Oficinas Consulares.

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