Batalla judicial contra Marlaska: 250 oficiales recurren la oposición que les impide ascender
Los policías denuncian que la Dirección General no les ha facilitado la obtención de un titulo universitario, como acredita la disposición de la ley de 2015
Nuevo frente judicial para el Ministerio del Interior. 250 oficiales de policía han interpuesto varios recursos contencioso-administrativos ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) contra la resolución de la Dirección General de la Policía (DGP), de mayo de 2021, por la que convocó el proceso selectivo de acceso a la escala de subinspección del Cuerpo. Un oposición en la que se ofertaban 345 plazas y a la que no pudieron presentarse cerca de 5.000 oficiales —el rango previo a subinspector— por no tener una titulación universitaria.
Los recurrentes, sin embargo, no han acudido a los tribunales por la obligatoriedad de este nuevo requisito para ascender en la Policía, sino porque la Dirección General, según denuncian, «ha cambiado las reglas del juego» sin cumplir previamente con lo prometido: la opción de que los agentes que no tuviesen carrera pudiesen cursar una en el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, en un plazo de seis años desde 2015. Fecha final en la moratoria para la exigencia de titulaciones en los ascensos policiales, según fija la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de junio, del Régimen de Personal de la Policía Nacional.
En el párrafo segundo de la Disposición Transitoria Primera de la mencionada norma, según reza uno de los recursos a los que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, este departamento aseguraba que «llevaría a cabo todas las actuaciones necesarias, tendentes a facilitar la obtención de las titulaciones referidas en el párrafo anterior —se refiere a su obligatoriedad para ascender— por parte de los policías nacionales que no estuvieran en posesión de las mismas, con el fin de posibilitar su promoción interna».
Siete años después, sin embargo, el proyecto del Ministerio del Interior para la conocida como universidad policial no se ha puesto en funcionamiento. Hace dos semanas, el ministro Fernando Grande-Marlaska manifestó que «esperaba que este centro pudiese comenzar a funcionar el próximo curso». «En unos pocos meses lo tendremos totalmente operativo», dijo el titular de Interior sobre el proyecto para el que se dispusieron cuatro millones de euros en 2015.
«Indefensión y abandono»
En cualquier caso, este retraso ha imposibilitado la obtención de títulos a miles de policías, ahora afectados, dejándolos «en la más absoluta indefensión y abandono». «La Dirección no ha creado ni ha puesto en marcha ningún mecanismo, instrumento, plan o medio para facilitar que los funcionarios de la Policía que promocionan y ascienden internamente, obtengan las titulaciones requeridas». Una actuación que «no tiene amparo legal ni justificación», advierte el recurso.
A pesar de la «claridad en la redacción de la obligación adquirida legalmente por la DGP», ahora, «de buenas a primeras y sin respetar dicha normativa», denuncian los recurrentes, se exige una titulación para poder promocionar internamente y acceder a las correspondientes categorías superiores. Lo que, a su juicio, es «un claro ejemplo de incumplimiento de las legítimas expectativas puestas en la obligación adquirida por la Administración a la que pertenecen los funcionarios policiales que, al jurar y tomar posesión del cargo, como no puede ser de otra manera, tienen el objetivo, reconocido por Ley, de promocionar, ascender y desarrollar su carrera profesional en el Cuerpo», advierten.
Los agentes, en este caso, hacen mención al artículo 40 de la propia Ley Orgánica 9/2015, que convierte en obligatorio el requisito de poseer un titulo universitario para ascender. El precepto dice que «la carrera profesional de los funcionarios de la Policía Nacional se configura como el conjunto ordenado de oportunidades de ascenso y expectativas de progreso profesional, conforme a los principios de objetividad, igualdad, mérito, capacidad y, en su caso, antigüedad».
Facilitar a los agentes sin carrera la obtención de ella, además, es un punto que incluso se recoge en el proyecto de Real Decreto por el que se crea el Centro Universitario de la Policía, argumentan también en el recurso los afectados. Entre las responsabilidades de esta institución «están las de desarrollar e impartir los cursos y programas formativos de acceso a las Escalas Ejecutiva y Básica de la Policía Nacional, y llevar a cabo la programación y la ejecución de los cursos relacionados con la promoción interna de los funcionarios de la Policía Nacional, con excepción de aquellos encomendados al Centro de Altos Estudios Policiales», dice la norma.
Igualdad de condiciones en la oposición
Por todo ello, los policías solicitan al juzgado que cancele la exigencia de la titulación universitaria en la pasada convocatoria para que así todos los funcionarios policiales, en la categoría de oficial, puedan «concurrir en igualdad de condiciones» a la oposición con los «mismos requisitos que existían antes de la entrada en vigor de la mencionada Disposición Transitoria Primera». Una normativa, denuncian, «que ha sido incumplida por quien precisamente quiere aplicarla ahora en el proceso selectivo en cuestión».
Con anterioridad a la vigencia de la norma de 2015, existían dos opciones para ascender en la escala policial, ambas sin la obligatoriedad de tener un título universitario. La primera, por concurso oposición, que consta de un examen teórico, otro psicodélico y un caso práctico. La segunda precisa del requisito de antigüedad en el Cuerpo, y además, una prueba psicotécnica y una entrevista personal.