El TC ratifica la nulidad de la delegación del voto del exconseller Puig tras los recursos de Cs y Vox
El Constitucional ya anuló estos acuerdos de la Mesa del Parlament en respuesta a un recurso de Salvador Illa
El Tribunal Constitucional (TC) ha estimado los recursos presentados por los grupos parlamentarios de Ciudadanos y Vox ratificando así la anulación de los acuerdos alcanzados por la Mesa del Parlament en marzo de 2021 para permitir que el exconseller y diputado de Junts Lluís Puig, que reside en Bélgica, delegara su voto para la sesión celebrada el día 26 de ese mes sobre el debate de investidura de Pere Aragonès como presidente catalán.
Según ha informado la corte de garantías, la Sala Segunda ha dado amparo a los grupos parlamentarios de Ciudadanos y Vox en el Parlament, en base a sendas ponencias de la magistrada Concepción Espejel.
Así, ha declarado vulnerado el derecho de los recurrentes a ejercer sus funciones representativas con los requisitos que señalan las leyes (artículo 23.2 de la Constitución Española), que se encuentra en conexión con el derecho a los ciudadanos a participar en los asuntos públicos a través de sus representantes (artículo 23.1).
En consecuencia, ha ordenado restablecer a los recurrentes en su derecho declarando la nulidad del acuerdo alcanzado el 26 de marzo por la Mesa del Parlament, con el que se rechazó la solicitud planteada por ambos partidos para que se reconsiderara la decisión adoptada el día anterior por la que se autorizó a Puig a delegar su voto a favor de Gemma Geis para la sesión plenaria de ese 26 de marzo.
De esta forma, el TC ha aplicado la doctrina que ya contempló para el recurso formulado por el líder socialista en el Parlament, Salvador Illa, contra estos mismo acuerdos. Entonces, con una ponencia de Enrique Arnaldo, la corte de garantías ya acordó anular los acuerdos de 25 y 26 de marzo sobre el voto delegado de Puig.
El Tribunal Constitucional fijó su doctrina sobre la delegación del voto en su respuesta a los recursos de Ciudadanos y PP contra la decisión de la Mesa del Parlament de autorizar que el ex president Carles Puigdemont y el ex conseller Antoni Comín delegaran su voto en 2018.
Al admitir el recurso de Ciudadanos, los magistrados indicaron que esas dos delegaciones de voto se llevaron a cabo «con un carácter marcadamente genérico» que las hacían «incompatible» con la «naturaleza excepcional» que regula esta cesión.
La votación de la reforma laboral
Por otro lado, el TC ha comunicado este lunes que la Sala Segunda también ha confirmado la decisión ya adoptada por sus secciones de admitir a trámite los recursos de PP y Vox por la votación de la reforma laboral, que se salvó por el error del diputado ‘popular’ Alberto Casero al emitir su voto de forma telemática.
Ese 3 de febrero, los ‘populares’ intentaron convencer a la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, para que permitiera a Casero emitir su voto presencialmente, aduciendo que se había producido un error en el sistema de votación telemática, pero la política socialista no lo permitió.
La portavoz parlamentaria del PP en el Congreso, Cuca Gamarra, avanzó entonces que tanto el Grupo Popular como Casero recurrirían al considerar que se había producido un «atropello democrático». Vox también anunció que acudirían al TC al entender que se había «hurtado la voluntad popular».
Los letrados de la Cámara Baja concluyeron en un informe que el voto telemático de Casero a favor de la reforma laboral fue válido, atribuyéndolo a un error humano, no del sistema de votación, por lo que indicaron que no cabía revocarlo.