Interior aprueba la universidad policial con siete años de retraso y miles de agentes a la espera
5.000 oficiales denuncian que no han podido ascender porque la Dirección General no les ha facilitado la obtención de un titulo universitario, como acreditó en una ley de 2015
Siete años después de que el Ministerio del Interior anunciase la creación del Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, este martes, finalmente, el Consejo de Ministros aprobó los estatutos que regirán su funcionamiento. Una institución que iniciará supuestamente este año su primer curso, en el que 400 agentes podrán comenzar sus estudios de grado. Sin embargo, son muchas las incógnitas que todavía quedan por despejar sobre la puesta en marcha de este centro educativo, para el que el Gobierno ha destinado una partida de cuatro millones de euros.
El objetivo de esta universidad policial es que los agentes puedan realizar la titulación adecuada, bien sea un grado o un máster, para optar a ascensos y desarrollar su carrera profesional dentro de la Policía Nacional. Pero cuando se sobrentiende, dicen las fuentes consultadas, que el curso empezará en septiembre, al igual que el resto de centros universitarios en España, aunque no facilitan fechas concretas, desde la Dirección General de al Policía no informan acerca de quienes podrán acceder a esta ‘facultad’. Fuentes de este departamento consultadas por THE OBJECTIVE explican que lo que «se ha aprobado son los estatutos y, más adelante, se informará de los planes de estudios».
La principal incógnita que planea sobre este asunto es si los policías que entraron hace años al Cuerpo con el graduado escolar —cuando este era el único requisito formativo— tendrán opción ahora de matricularse en un grado de la universidad policial para poder ascender en su carrera profesional. Actualmente, para acceder a un centro universitario es necesario el Bachillerato o estudios de técnico superior, es decir, haber cursado algún grado de Formación Profesional (FP).
Fuentes sindicales, quienes han trabajado con el departamento de Grande-Marlaska en la creación del centro, sostienen que la Dirección General contempla una serie de plazas para los agentes con graduado. En cualquier caso, esta cuestión tiene en vilo a más de 5.000 oficiales —el rango previo a subinspector de Policía— que todavía no han podido ascender por no tener una titulación universitaria, requisito bajo el que se convocó por primera vez el proceso selectivo de acceso a la escala de subinspección del Cuerpo en mayo de 2021. Razón por la que una parte de estos agentes ha interpuesto varios recursos contencioso-administrativos ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) contra la resolución de la Dirección General de la Policía (DGP).
«Han cambiado las reglas del juego»
Los recurrentes no han acudido a los tribunales por la obligatoriedad de este nuevo requisito para ascender en la Policía, sino porque la Dirección General, según denuncian, «ha cambiado las reglas del juego» sin cumplir previamente con lo prometido: la opción de que los agentes que no tuviesen carrera pudiesen cursar una en el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, en un plazo de seis años desde 2015. Fecha final en la moratoria para la exigencia de titulaciones en los ascensos policiales, según fija la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de junio, del Régimen de Personal de la Policía Nacional.
Con anterioridad a la vigencia de esta norma, existían dos opciones para ascender en la escala policial, ambas sin la obligatoriedad de tener un título universitario. La primera, por concurso oposición, que consta de un examen teórico, otro psicodélico y un caso práctico. La segunda precisa del requisito de antigüedad en el Cuerpo, y además, una prueba psicotécnica y una entrevista personal.
En el párrafo segundo de la Disposición Transitoria Primera de la mencionada norma, según reza uno de los recursos a los que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, este departamento aseguraba que «llevaría a cabo todas las actuaciones necesarias, tendentes a facilitar la obtención de las titulaciones referidas en el párrafo anterior —se refiere a su obligatoriedad para ascender— por parte de los policías nacionales que no estuvieran en posesión de las mismas, con el fin de posibilitar su promoción interna».
«Abandono»
El retraso en la aprobación de este centro universitario ha imposibilitado la obtención de títulos a miles de policías, ahora afectados, dejándolos «en la más absoluta indefensión y abandono». «La Dirección no ha creado ni ha puesto en marcha ningún mecanismo, instrumento, plan o medio para facilitar que los funcionarios de la Policía que promocionan y ascienden internamente, obtengan las titulaciones requeridas». Una actuación que «no tiene amparo legal ni justificación», advierte el recurso.
A pesar de la «claridad en la redacción de la obligación adquirida legalmente por la DGP», ahora, «de buenas a primeras y sin respetar dicha normativa», denuncian los recurrentes, se exige una titulación para poder promocionar internamente y acceder a las correspondientes categorías superiores. Lo que, a su juicio, es «un claro ejemplo de incumplimiento de las legítimas expectativas puestas en la obligación adquirida por la Administración a la que pertenecen los funcionarios policiales que, al jurar y tomar posesión del cargo, como no puede ser de otra manera, tienen el objetivo, reconocido por Ley, de promocionar, ascender y desarrollar su carrera profesional en el Cuerpo», advierten.
Los agentes, en este caso, hacen mención al artículo 40 de la propia Ley Orgánica 9/2015, que convierte en obligatorio el requisito de poseer un titulo universitario para ascender. El precepto dice que «la carrera profesional de los funcionarios de la Policía Nacional se configura como el conjunto ordenado de oportunidades de ascenso y expectativas de progreso profesional, conforme a los principios de objetividad, igualdad, mérito, capacidad y, en su caso, antigüedad».
Igualdad de condiciones
Facilitar a los agentes sin carrera la obtención de ella, además, es un punto que incluso se recoge en el proyecto de Real Decreto por el que se crea el Centro Universitario de la Policía, argumentan también en el recurso los afectados. Entre las responsabilidades de esta institución «están las de desarrollar e impartir los cursos y programas formativos de acceso a las Escalas Ejecutiva y Básica de la Policía Nacional, y llevar a cabo la programación y la ejecución de los cursos relacionados con la promoción interna de los funcionarios de la Policía Nacional, con excepción de aquellos encomendados al Centro de Altos Estudios Policiales», concluye la norma.
Por todo ello, los policías solicitan al juzgado que cancele la exigencia de la titulación universitaria en la pasada convocatoria para que así todos los funcionarios policiales, en la categoría de oficial, puedan «concurrir en igualdad de condiciones» a la oposición con los «mismos requisitos que existían antes de la entrada en vigor de la mencionada Disposición Transitoria Primera». Una normativa, denuncian, «que ha sido incumplida por quien precisamente quiere aplicarla ahora en el proceso selectivo en cuestión».