El Gobierno multará a los farmacéuticos que se nieguen a dar gratis la píldora del día después
La ley del aborto no respeta la objeción de conciencia de los boticarios y plantea sanciones de entre 90.000 y 1.000.000 de euros a quienes no faciliten la pastilla
La ley del aborto impulsada por Irene Montero y aprobada este martes por el Gobierno de España incluye una cláusula que obligará a las farmacias a dar gratis la píldora anticonceptiva de emergencia -también conocida como píldora del día después- bajo la amenaza de importantes sanciones a los farmacéuticos que se nieguen a dispensarla, con multas de hasta un millón de euros.
Los juristas consultados por THE OBJECTIVE consideran que esta medida podría colisionar con la objeción de conciencia de los farmacéuticos, que se verán obligados a suministrarla bajo la amenaza de multas que podrían ir desde los 90.000 a los 1.000.000 euros. Así lo prescribe el artículo 111.2 c) Del Real Decreto Legislativo 1/2015, que recoge las infracciones en materia de medicamentos. Este considera como infracción «muy grave» que una botica no disponga «de las existencias de medicamentos adecuadas para la normal prestación de sus actividades o servicios».
Esto, para más inri, iría contra la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que en una sentencia de 2015 reconoció que el derecho a la objeción de conciencia de los farmacéuticos les permite no disponer de la píldora del día después. El Alto Tribunal enmendó la plana a la Junta de Andalucía, que sancionó inicialmente a un boticario de Sevilla, y dio la razón al demandante remitiéndose al artículo 16.1 de la Carta Magna, que versa sobre la libertad ideológica, religiosa y de creencias.
La píldora del día después
Cabe recordar que la píldora anticonceptiva de emergencia se encontraba hasta el momento en farmacias, y se facilitaba sin receta por un precio de 20 euros. En lo sucesivo, por orden del Ejecutivo que lidera Pedro Sánchez, los centros de salud, los centros de servicios de salud sexual y reproductiva, y las farmacias la distribuirán de forma gratuita… bajo amenaza de importantes sanciones económicas.
La ministra de Igualdad e impulsora de la norma, Irene Montero, justificó esta medida en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros -celebrado este martes- arguyendo que se debe «acabar con los obstáculos que impiden el ejercicio efectivo del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo con la red pública como red de referencia». En este empeño, «las mujeres que lo necesiten podrán acceder a la píldora del día después de forma gratuita en los centros de salud y ésta deberá, por supuesto, estar disponible de forma obligatoria en todas las farmacias».
Es, en definitiva, el mismo principio que rige sobre otra medida polémica que contempla la nueva ley del aborto: la de obligar a las regiones a identificar a los médicos que se nieguen a practicar abortos. Todo ello bajo el pretexto de garantizar el «derecho de todas las mujeres a interrumpir su embarazo en el centro público más cercano», las comunidades autónomas deberán crear «un registro de personas profesionales sanitarias que decidan objetar de conciencia».
¿Inconstitucional?
Otra iniciativa que tiene -cuando menos- un cuestionable encaje constitucional. Los juristas dudan de si este registro -«lista negra» para sus detractores- es compatible con el artículo 16.2 de la Constitución, que garantiza «la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley».
El constitucionalista y analista político Roberto L. Blanco Valdés asegura que esta medida es «manifiestamente inconstitucional», mientras que Agustín Robledo, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Granada, sostiene que tendría más sentido que se hiciera al revés: «Si se trata de prestar un servicio lo lógico es que se elabore una lista con aquellas personas que están dispuestas a prestar ese servicio».
El carácter inconstitucional de la norma copa el debate político sobre la nueva norma del Ministerio de Igualdad. Por lo pronto, la única presidenta autonómica que ha anunciado que recurrirá al Tribunal Constitucional es Isabel Díaz Ayuso. La dirigente madrileña ha expresado en varios ocasiones que «jamás» va a obligar a un médico de la sanidad pública madrileña a practicar un aborto en contra de su conciencia. El Partido Popular, sin embargo, no parece que vaya a acompañarla en esta cruzada.
Todo esto mientras el Tribunal Constitucional continúa sin pronunciarse sobre la conocida como «Ley Aído», precedente de la norma de Irene Montero, que fue publicada el 3 de marzo de 2010. El Partido Popular solicitó entonces al Alto Tribunal –además de que el recurso se tramitara de manera prioritaria– la impugnación de todos los preceptos relativos al aborto. El Gobierno ha redoblado ahora sus presiones sobre el Alto Tribunal. La ministra de Justicia, Pilar Llop, ha criticado que «no es de recibo» que lleve doce años sin resolver el recurso contra la ley del aborto, y ha instado a los magistrados a solucionarlo «cuanto antes».