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El Constitucional estima que demorar tres años un juicio vulnera el derecho de tutela efectiva

La ponente resuelve el recurso de amparo e insta al juzgado a fijar otra fecha que resulte «respetuosa» con el derecho fundamental lesionado

El Constitucional estima que demorar tres años un juicio vulnera el derecho de tutela efectiva

Sede del Tribunal Constitucional. | The Objective

El Tribunal Constitucional considera que los señalamientos tardíos vulneran derechos fundamentales. Así lo ha determinado este lunes la magistrada Inmaculada Montalbán en una resolución sin precedentes. La ponente de la Sala Primera sostiene que la decisión de un Juzgado de lo Social de Sevilla, que señaló el día del juicio a más de tres años vista, constituye «una dilación indebida que vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva». Insta al juzgado a fijar otra fecha que resulte «respetuosa» con el derecho fundamental lesionado. El abogado que presentó el recurso, Daniel Sánchez Bernal, afirma que «es un gran día para los justiciables».

El tribunal de garantías no tenía pensado incluir el asunto en su reunión de este lunes. Lo dejó fuera del orden del día. Sin embargo, no habían pasado ni 24 horas cuando decidió añadirlo a través de una adición. El caso de los señalamientos tardíos ya quedó «pendiente» en el encuentro del 26 de septiembre, por lo que Sánchez Bernal llegó a registrar un documento para pedir explicaciones sobre la demora del Constitucional.

La ponente del tribunal de garantías afirma que esta demora vulnera un derecho fundamental. El que establece la Carta Magna en su artículo 24: «Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión». La sentencia considera que la demora por motivos estructurales o por sobrecarga de trabajo no impide apreciar esta vulneración y no sirve como justificación.

El Constitucional se pronuncia

La decisión abre un horizonte nuevo. El Constitucional sostiene que la demora es «constitutiva de una dilación indebida que vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva, en su vertiente del derecho a obtener una resolución en un plazo razonable». El tribunal ha tenido en cuenta criterios como que el litigio carece de especial complejidad, pues se reclama una indemnización por la negativa de una universidad a formalizar un contrato postdoctoral a un estudiante, aunque esta decisión puede tener «un significativo impacto» en su vida ya que «puede quedar en desempleo y sin ingresos económicos».

La magistrada también considera que el lapso temporal entre la presentación de la demanda y el señalamiento del juicio, de más de tres años de diferencia, supera los tiempos medios de resolución de asuntos equivalentes en los Juzgados de lo Social de España. En 2021, estos pleitos se resolvían en una media d 14,5 meses, según estadística del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Sánchez Bernal presentó el recurso ante el Constitucional en mayo del año pasado. Fue admitido a trámite en diciembre, lo que supuso todo un éxito, ya que el Constitucional rechaza el 97% de los recursos que recibe. Al letrado no le quedó más remedio que llegar hasta esta instancia al constatar que todas las puertas se le cerraban.

La decisión vino motivada porque el Juzgado de lo Social número 11 de Sevilla anunció un acto de conciliación y el posterior juicio a tres años y medio vista. Recurrió al Colegio de Abogados de Sevilla, que hizo oídos sordos, y al Defensor del Pueblo. Sánchez Bernal llevó el caso de los señalamientos tardíos al Tribunal Constitucional al considerar que se había vulnerado el derecho a una tutela efectiva contra su cliente, tal y como ha estimado ahora la ponente.

El cliente de Sánchez Bernal, un recién doctorado, reclama a la Universidad de Sevilla una indemnización por daños y perjuicios ocasionados por incumplimiento de la formalización del contrato posdoctoral. Una batalla en la que contaba con el Ministerio Fiscal como aliado. El fiscal Fernando Cabedo emitió un informe de 11 páginas para apoyar su demanda.

El caso llega a Europa

La lentitud de los tribunales españoles también llegó a Europa. La Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo admitió a trámite en julio la solicitud sobre los señalamientos tardíos realizada por Sánchez Bernal. La institución continental le recomendó acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) si no quedaba satisfecho una vez concluido el procedimiento en España.

En la legislación española no existe ninguna referencia a un plazo de tiempo máximo para celebrar un juicio. «En Sevilla se están enviando señalamientos para mediados de 2026, cuatro años de demora», recalca Sánchez Bernal. El letrado confiaba en que el tribunal de garantías abriera una vía para que los afectados puedan pedir responsabilidades patrimoniales y hasta penales. 

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