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Expertos penalistas alertan del vacío legal que deja la derogación de la sedición: "No tenemos nada entre desórdenes públicos y la rebelión"

Los magistrados alertan del «riesgo de incrementar las penas» en ciertos tipos de manifestaciones por la «excesiva elasticidad» de la reforma

Expertos penalistas alertan del vacío legal que deja la derogación de la sedición: «No tenemos nada entre desórdenes públicos y la rebelión»

Los magistrados alertan del «riesgo de incrementar las penas» en ciertos tipos de manifestaciones por la «excesiva elasticidad» de la reforma

Expertos en derecho penal han alertado este lunes del vacío legal que puede desencadenar la derogación de la sedición, que podría provocar que la rebelión ocupara parcialmente el hueco que deja la supresión del ilícito penal por el que fueron condenados los líderes del procés.

El magistrado de la sala civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía Miguel Pasquau ha señalado, en una conferencia en el Colegio de Abogacía de Barcelona (ICAB) sobre la contextualización del delito de sedición en el entorno europeo, que la reforma «va a provocar un problema de expansión del delito de rebelión». «No tenemos nada entre desórdenes públicos y el delito de rebelión», ha señalado el magistrado, que ha destacado que puede provocar que posibles delitos «que estén en medio» se eleven hasta la rebelión, por lo que ha abogado por una sedición mucho más definida que la contemplada hasta ahora.

Además, la reforma del Código Penal, que sustituye la sedición por desórdenes públicos agravados, supondrá, a juicio del magistrado, que exista el «riesgo de incrementar las penas» en algunos tipos de manifestaciones por la «excesiva elasticidad» del nuevo ilícito penal. «Esta reforma va a provocar una relativa impunidad de los instigadores, porque no se distingue entre los instigadores y los participantes», ha señalado el juez, que también ha destacado que «en alguna ocasión podremos echar en falta» el delito derogado.

El catedrático de derecho penal Ad Honorem de la Universitat Rovira i Virgili Gonzalo Quintero se ha preguntado dónde irá a parar un desorden público cuya finalidad afecte «al respeto a la Constitución«. «La solución no quiero yo pensar en la tentación de estirar hacia arriba y subirlo a la rebelión», ha destacado Quintero.

En relación a los condenados por sedición, Quintero se ha preguntado si se puede revisar retroactivamente en base a la reforma del Código Penal una sentencia que ha sido indultada: «¿La condena indultada es revisable? No, no es revisable».

Por su parte, la Síndica de Greuges de Cataluña, Esther Giménez-Salinas, ha señalado que el «delito de sedición hace mucho tiempo que tendría que haberse eliminado», ya que se trata de un tipo penal del que «hay poquísima jurisprudencia» y «mucha confusión», puesto que hay quien cree que se trata de «una pequeña rebelión». En cuanto al catedrático de Derecho Penal de la Universidad Carlos III de Madrid Jacobo Dopico Gómez-Aller también ha señalado que la sedición es un delito «que casi nunca se ha aplicado».

Además, Dopico Gómez-Aller ha subrayado que delitos equiparables a la sedición en otros países, como Italia o Portugal, recogen explícitamente la violencia o amenaza de la misma con el objetivo de someter la soberanía del Estado o atentar contra su integridad.

Fuente: EFE.

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