Las jóvenes de 16 y 17 años podrán abortar a partir de este jueves sin permiso paterno
La bajas por menstruación o por interrumpir el embarazo entrarán en vigor a principios de junio
Las jóvenes de 16 y 17 años podrán interrumpir su embarazo sin permiso paterno a partir de este jueves 2 de marzo. La norma se ha publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y el grueso de la ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación. No obstante, la baja por menstruación o por interrumpir el embarazo no entrará en vigor hasta principios del próximo mes de junio.
La ley orgánica por la que se modifica la Ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, fue aprobada definitivamente por el Congreso de los Diputados el pasado 16 de febrero de 2023, según señala Europa Press.
Además de eliminar el requisito del consentimiento paterno para abortar en el caso de las menores de 16 y 17 años, la norma también suprime los tres días de reflexión, garantiza que la interrupción del embarazo se pueda llevar a cabo en hospitales públicos y blinda el aborto frente a protocolos antiabortistas como el que propuso Vox en Castilla y León.
El día de su aprobación en el Congreso, la ministra de Igualdad, Irene Montero, aseguró que es era «día histórico» para las mujeres. «Recuperamos el derecho que hurtaron a las jóvenes de 16 y 17 años a decidir sobre su propio cuerpo, informando y compartiendo ese proceso con sus familias, con quien quieran pero siendo ellas y solo ellas las que deciden. Y también el Estado manda un mensaje contundente a las mujeres: creemos y respetamos sus decisiones; las mujeres, cuando deciden interrumpir su embarazo han reflexionado el tiempo que han necesitado», manifestó Montero.
Entre otros cambios, la reforma de la ley del aborto también introduce el reconocimiento de la salud menstrual como parte del derecho a la salud; la distribución de métodos anticonceptivos en centros penitenciarios, de servicios sociales y durante las campañas de educación sexual en los institutos de secundaria, o la corresponsabilidad de los hombres en el uso de los anticonceptivos.
Si bien, la baja por menstruación incapacitante y por interrupción del embarazo, sea voluntaria o no, no entrará en vigor hasta comienzos del mes de junio, ya que en la ley se especifica que algunas disposiciones finales no serán aplicables hasta tres meses después de la publicación de la ley en el BOE.
En concreto, estas disposiciones finales se refieren a la modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social para incluir en el derecho a baja laboral «las situaciones especiales de incapacidad temporal por menstruación incapacitante secundaria, interrupción del embarazo, sea voluntaria o no, y gestación desde el día primero de la semana trigésima novena».
Otra de las novedades que incluye la ley es la prohibición de protocolos antiabortistas como el que planteó Vox en Castilla y León. En concreto, a través de una enmienda transaccional introducida durante la tramitación de la Ley en el Senado, apoyada también por el PP, se estableció que las administraciones «velarán por evitar que la solicitante sea destinataria de prácticas que pretendan alterar, ya sea para afianzar, revocar o para demorar, la formación de su voluntad sobre la interrupción o no de su embarazo» con «la excepción de la información clínica imprescindible y pertinente».