Querella contra Mónica García por imponer las mascarillas en los centros sanitarios
La Asociación Liberum solicita la suspensión de la orden por supuestos delitos de prevaricación y usurpación
El pasado 10 de enero la ministra de Sanidad, Mónica García, aprobó el uso obligatorio de las mascarillas en centros sanitarios en base a la tasa de infección de gripe recogida en la semana epidemiológica 52/2023 (952 casos por 100.000 habitantes). Una medida polémica que comunidades como Comunidad Valenciana o Cataluña están tumbando, y que ha motivado que la Asociación Liberum, azote jurídico de las administraciones durante la pandemia del coronavirus, se haya querellado contra ella ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo por un presunto delito de usurpación de atribuciones y prevaricación.
La asociación compuesta por más de 70 letrados arguye que la orden comunicada «no fue publicada en el BOE, sino que se transmitió a las Consejerías de todas las comunidades autónomas y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla por un canal interno». Esta orden, denuncia la querella, no va «acompañada de un informe técnico que acredite el estado de necesidad y urgencia que justifique la imposición con carácter universal del uso de mascarilla en los centros sanitarios».
«Además, tampoco se ha proporcionado un informe de impacto de cómo la medida va a contribuir al control y reducción de los contagios de gripe. Precisamente esto es lo que denuncia el informe de Las Ponencias, es decir, de los expertos que la ministra desoye. La orden no fija su caducidad, ni valor orientativo de tasa de contagios que pongan fin a esta imposición», expone Liberum en su querella.
Es por eso que la asociación, por iniciativa de su presidenta, Nandi Cuevas, ha presentado la correspondiente querella criminal junto a medidas cautelares de suspensión inmediata de dicha orden por existir indicios, en su opinión, de delitos de usurpación de atribuciones (art. 506 de Código Penal); prevaricación (art. 404 del Código Penal); contra el ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas (art. 511 del Código Penal); falsificación de documento público u oficial (art. 390.1.1o, 3o y 4o del Código Penal); y atentando contra la integridad moral (art. 175 y 177 del Código Penal).
«La orden no recoge exención al uso obligatorio de la mascarilla en estos establecimientos, por lo que las personas con dolencias respiratorias u otras, así como los discapacitados puede ver agravadas estas enfermedades, estados físicos o psíquicos, afectando así la integridad física de muchos ciudadanos (art. 15 CE), y suponiendo un trato discriminatorio (art. 14 CE)», abundan los letrados.
Sin evidencia científica
Uno de los puntos en los que se fundamenta la querella es en la falta de evidencia científica para la implantación de la mascarilla en centros sanitarios. Como contó THE OBJECTIVE, el clamor de los expertos contra el tapabocas cada vez es mayor.
Los expertos consultados cuando se impuso la medida se remitían a numerosos estudios científicos como evidencia de sus manifestaciones, ya que ninguno concluye que las mascarillas previenen el contagio de covid o cualquier otro virus respiratorio. En este sentido, la revista American Journal of Medicine publicó el pasado septiembre que el nivel de evidencia generada a favor de los tapabocas «fue bajo». Además, señaló que las conclusiones de los estudios que avalan el uso de los tapabocas «no están respaldadas por los datos». «Las publicaciones relacionadas con las mascarillas sacaron conclusiones positivas sobre la efectividad de las mascarillas >75 % de las veces a pesar de que solo el 30 % probó las mascarillas y <15 % obtuvieron resultados estadísticamente significativos», se podía leer en la publicación del pasado 28 de septiembre de 2023.
Otro estudio comparando uso de mascarilla por países con número de casos y muertes por covid publicado en la revista médica Cureus concluía que «la falta de correlaciones negativas entre el uso de mascarillas y los casos y muertes de covid-19 sugiere que el uso generalizado de mascarillas en un momento en el que más se necesitaba una intervención efectiva, es decir, durante el fuerte pico otoño-invierno 2020-2021 (del 1 de octubre al 31 de marzo), no logró reducir la transmisión de covid-19». Y agregaba: «La correlación positiva moderada entre el uso de mascarillas y las muertes en Europa occidental también sugiere que el uso universal de mascarillas puede haber tenido consecuencias dañinas no deseadas».
La medida impulsada no sólo se impuso en contra de la evidencia científica, sino también en contra de la venia de las comunidades autónomas. Es por eso que la Comunidad de Madrid, la Comunidad Valenciana o Cataluña, regiones, todas ellas, en las que no gobierna la izquierda, decidieron suprimir el pasado mes de enero el uso obligatorio de la mascarilla en los centros sanitarios y sociosanitarios.
La Asociación Liberum ha sido el azote de las administraciones en todo lo relacionado con la pandemia del coronavirus y las medidas que desde entonces se implantan. En concreto, los letrados de esta entidad están detrás de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) que declaró nulo de pleno derecho el pasaporte covid en la región. También detrás de la demanda de tres padres contra el Ministerio de Sanidad por la muerte de sus descendientes tras la inoculación de la vacuna.