Prisiones prevé gastar un millón de euros en un servicio privado de ambulancias blindadas
La prisión de Valencia alega que no tiene medios suficientes para velar por la salud de los presos en casos de urgencia
Ambulancias disponibles las 24 horas del día, los 365 días del año. Totalmente blindadas, fijas durante el día y la tarde, y como máximo a 20 minutos de distancia en vehículo del penal por la noche. Estas son algunas de las exigencias del servicio privado de ambulancias que el Ministerio del Interior ha sacado a licitación. El valor del contrato supera el millón de euros y el servicio de ambulancias está destinado para el centro penitenciario de Valencia.
La prisión ya externalizó esta prestación hace cuatro años, en 2020, pero sigue siendo inusual en el sistema penitenciario. La mayoría de cárceles suelen requerir los servicios de la sanidad pública para trasladar a presos de urgencia a los hospitales, advierten distintas fuentes sindicales.
En los pliegos del contrato, a los que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, la dirección de la cárcel de Picassent (Valencia) alega que «no dispone de medios suficientes» para gestionar estos servicios. De estos servicios se suelen hacer cargo vehículos de emergencia sanitaria. Estos están custodiados por unidades policiales, y normalmente en compañía de algunos funcionarios de prisiones en el interior. Aunque reiteran que el contrato no «responde a necesidades permanentes de personal para el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas este establecimiento».
La motivación, señalan desde el penal, es «velar por la vida y la integridad de los internos, así como de los hijos de cero a tres años, que convivan con ellos, procurando su traslado en ambulancia (…) para aquellos casos que determinen los servicios médicos del establecimiento penitenciario, para su atención especializada en la red hospitalaria general o para asistir a actos que sean emplazados en sedes judiciales u otros organismos». Esto último, se entiende, en casos en que los internos padezcan algún tipo de enfermedad y necesiten ambulancias medicalizadas.
Servicios y carga de Trabajo
En cualquier caso, los requisitos que deben cumplir las ambulancias para realizar estos servicios penitenciarios son extensos. Según los pliegos, desde las 08.00 a las 16.00 horas se «exigirá dos ambulancias y su respectivo personal a disposición del centro penitenciario». Y salvo que estén realizando traslados, siempre deberán estar ubicados en la prisión. Por la tarde, entre las 16.00 y las 22.00 horas, siempre deberá haber un vehículo de emergencias en el penal y otro a disposición. El resto del día (22.00-08.00 horas), deberá haber otra ambulancia con las mismas características que esta última.
Una serie de exigencias que la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias basa en función de los servicios de emergencias que ha realizado mensualmente, de media, en los últimos años: 104 por el día, 43 por la tarde y 26 por la noche. Dejando a un lado las características básicas de asistencia que debe tener la ambulancia (disposición de camilla, equipamiento sanitario, etc.), la peculiaridad de estos vehículos es que deben ir dotados de grandes medidas de seguridad por el tipo «de pacientes a tratar y al objeto de velar por el deber de custodia de los mismos», señala Instituciones Penitenciarias en el pliego.
De este modo, las ambulancias deberán contar con «cierres centralizados de seguridad para el habitáculo del paciente que imposibiliten su apertura, por persona distinta del conductor o su acompañante». Un «tabique de separación de la cabina con la zona asistencial, con ventana provista de cristal con protección de golpes». Lunas «con recubrimiento translúcido que no permitan ver el interior de la cabina»; «ventanas con luna de seguridad contra golpes y roturas»: «camillas automáticas con correas de seguridad para posibles traslados psiquiátricos» y «anclajes de seguridad».
Aumento de las fugas en los traslados
Las ambulancias de emergencia que trabajan actualmente la prisión de Valencia, según revelan fuentes de la prisión a este periódico, no cuentan con fuertes medidas de seguridad. Realizan los traslados de los internos, siempre bajo la custodia de un vehículo de la Guardia Civil. No obstante, desconocen si las que se han licitado ahora serán similares o irán provistas de más protecciones. Cabe destacar, no obstante, la importancia de estos requisitos cuando, según los últimos datos oficiales, ir al hospital o a una visita médica se ha convertido en el principal plan de fuga para los presos españoles que lo intentan.
Según estas cifras, la mayoría de evasiones de reclusos se ha producido cuando se han trasladado de las cárceles a hospitales, al dentista o a otros centros médicos privados. Aunque cabe destacar que son muy pocos los casos en que prosperan. En 2023, por ejemplo, lo lograron tres presos. No obstante, sí es cierto que cada vez son más quienes lo intentan.
Falta de medios
El número de intentos de evasión en los centros penitenciarios es similar al de tentativas en el exterior. Sin embargo, mientras que en el primer caso casi nunca lo consiguen por la seguridad de la prisión, sí que hacen más cuando se les mueve a otras ubicaciones. Todo, denuncian asociaciones profesionales de la Guardia Civil, porque los «medios y el personal del cuerpo son insuficientes, las instalaciones deficientes y los protocolos inadecuados».
En cuanto a los intentos de evasión registrados (444) entre 2010 y 2023, el 41,8% se produjeron en las prisiones y el 58,2% tuvieron lugar fuera de los mismos, sobre todo en hospitales y clínicas médicas, donde se registraron hasta el 31% de las tentativas totales, mientras que un 15% se llevaron a cabo en sedes judiciales y el 12% durante los traslados.
Distintas son las cifras de evasiones consumadas (326). Mientras solo fueron efectivas el 16,2% de las que se produjeron en el interior de la prisión, fuera de las instalaciones la cifra alcanza el 83,3%, principalmente en hospitales (46%), durante los traslados (21,6%) y en los juzgados (16,2%). El resto se produjeron en régimen de tercer grado, es decir, en semilibertad. Es decir, cuando el preso solo tiene que regresar a dormir al centro penitenciario o tiene un permiso de libertad durante un periodo de tiempo determinado.