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La jurisprudencia es clara en caso de riadas en España: Ribera es la principal responsable

La Audiencia Nacional se ha pronunciado reiteradamente a favor de los perjudicados por riadas y ha condenado al Estado

La jurisprudencia es clara en caso de riadas en España: Ribera es la principal responsable

La falta de mantenimiento de los ríos valencianos es responsabilidad de Teresa Ribera, en la foto con el presidente Pedro Sánchez. | Europa Press

El Ministerio de Transición Ecológica que dirige Teresa Ribera y las confederaciones hidrográficas son los responsables últimos de la limpieza de los ríos, y la falta de mantenimiento de estos puede derivar en condenas. La Audiencia Nacional se ha pronunciado de forma reiterada a favor de los afectados por riadas y ha condenado al Estado por responsabilidad patrimonial. Un repaso de diversas sentencias emitidas por la Audiencia Nacional realizado por THE OBJECTIVE muestra una jurisprudencia clara.

En enero de 2018, la Audiencia Nacional condenaba al Estado a indemnizar con 42.081 euros a un agricultor de Quinto (Zaragoza). Este importe era el equivalente a los daños producidos en sus terrenos de cultivo a consecuencia de una riada que tuvo lugar en 2013. La Audiencia Nacional respondía así a la reclamación del ciudadano. Lo hacía después de que la Administración hubiese negado la relación de causalidad entre los daños sufridos y la falta de limpieza de los cauces. La Abogacía del Estado alegó que las inundaciones en los márgenes del Ebro fueron causadas por fuertes precipitaciones, buscando eximir de responsabilidad a la Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE). Diversos informes periciales echaron por tierra el argumento de los responsables públicos.

El papel de Ribera

Pese a la lejanía de esta sentencia, es inevitable pensar en las inundaciones ocurridas en Valencia el pasado 29 de octubre. La falta de mantenimiento de los cauces de los ríos, la ausencia de previsión y controles y la casi nula inversión en infraestructuras fluviales tuvieron un papel determinante en la catástrofe. Ahora decenas de miles de afectados esperan ayudas públicas y créditos para nuevamente encauzar sus vidas. La mayoría se obstina en buscar responsables de la tragedia.

La última responsable de las confederaciones y de las actuaciones de los diferentes departamentos de Transición Ecológica es Teresa Ribera, que busca un puesto de comisaria en la Unión Europea. Como ha informado THE OBJECTIVE, Ribera dio luz verde en 2011, cuando era secretaria de Estado de Cambio Climático, a un proyecto que podría haber minimizado el impacto de las riadas en Valencia. Tras seis años al frente de Transición Ecológica, el proyecto está sin ejecutar y, muy probablemente, será totalmente modificado.

Criterios para reclamar

El Tribunal Supremo ha recogido en diferentes fallos los requisitos para exigir responsabilidad patrimonial por el deficiente funcionamientos de los servicios públicos –ver sentencia-. Según apunta el Alto Tribunal, tiene que haber un hecho imputable a la Administración y una lesión o perjuicio antijurídico efectivo, económicamente evaluable e individualizado en relación con una persona o grupo de personas. Además, tiene que haber relación de causalidad entre hecho y perjuicio y que no concurra fuerza mayor u otra causa de exclusión de la responsabilidad. Posiblemente, este último punto es el más conflictivo a la hora de justificar la demanda.

La sentencia de enero de 2018 de la Audiencia Nacional no era la primera derivada de unas inundaciones que provocaron grandes pérdidas en los agricultores de la zona en enero de 2013. Antes hubo otras de la Audiencia Nacional sobre los sucesos de Quinto y sobre inundaciones en otros lugares de España en las que se dio la razón a particulares. En la demanda analizada –Daniel Aznar frente a la Administración General del Estado- se imputa a la Confederación Hidrográfica del Ebro una absoluta dejadez e inactividad, sobre todo en la deficiente o nula atención al estado del cauce del río Ebro. El reclamante, como parece obvio, considera que a dicha Confederación le correspondía el mantenimiento adecuado de los terrenos de su dominio. Por esta razón debió realizar las actividades necesarias para evitar daños.

Informes periciales

Los abogados de Aznar presentaron dos exhaustivos informes periciales. Uno de ellos elaborado por el perito Miguel Ángel Aguaviva Pérez, ingeniero técnico agrícola, sobre valoración de los perjuicios ocasionados en los cultivos existentes; y
otro, firmado por Fausto Comenge Ornat, ingeniero de Caminos, Canales y Puertos. En este último informe se llega a la conclusión de que zonas que anteriormente no se inundaban, ahora se inundan por un exceso de sedimentación no natural en el fondo del río. La causa de este exceso de sedimentación, reconocido posteriormente por la propia Confederación, era la falta de limpieza y dragado. Esto había provocado un aumento del caudal por la acumulación de grava y maleza.

Finalmente, la Audiencia Nacional estima el recurso contencioso-administrativo de Daniel Aznar contra la resolución del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente -que tenía las funciones del actual departamento de Teresa Ribera– en la que se desestimaba la responsabilidad patrimonial de la CHE. El tribunal declara nula la resolución -no conforme a derecho- e impone la indemnización más intereses legales acumulados.

Una sentencia similar tuvo lugar siete meses antes, en mayo de 2017. El recurrente alegaba que los daños producidos en los olivos cultivados en una parcela de 3,88 hectáreas se ocasionaron como consecuencia de una avenida ordinaria del río Ebro en enero de 2013 a su paso por el término de Quinto. El demandante también imputaba a la Confederación una absoluta dejadez e inactividad en el mantenimiento adecuado de los terrenos de su dominio y del estado del cauce del río Ebro.

Doctrina jurisprudencial

La Sala en esta ocasión defendió el derecho de los particulares a ser indemnizados por los daños sufridos en sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor. Se decantó por la concepción que explica el daño por la concurrencia objetiva de factores cuya inexistencia, en hipótesis, lo hubieran evitado. Además, diferenció entre los supuestos de comportamiento activo y omisivo de la Administración a la hora de analizar la relación de causalidad. Por último, incidió en la responsabilidad de los organismos de cuenca -ahora en manos de Teresa Ribera- de realizar las actuaciones de mantenimiento y conservación de los cauces de dominio público.

Partiendo de la doctrina jurisprudencial, la Sala dio la razón al particular y condenó a la Administración a indemnizarle con 208.609 euros más los intereses legales correspondientes. El pronunciamiento del tribunal se apoyó también en dos informes periciales que a través de los datos recogidos sobre índice de precipitaciones y el efecto de los embalses acreditaban el carácter ordinario de la avenida del río Ebro en esas fechas.

Curiosamente, la sentencia reseña que las actuaciones de limpieza del cauce más importantes se llevaron a cabo por la Confederación precisamente después de las inundaciones analizadas. La Confederación del Júcar, que depende de Teresa Ribera, ha retomado ahora numerosos trabajos para mantener y conservar los cauces de los ríos valencianos. Como informó THE OBJECTIVE, la licitación de algunos contratos, como el que tiene que ver con la limpieza del río Magro, se ha hecho una semana después de las inundaciones del 29 de octubre que han provocado 223 fallecidos.

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