El sobre de Ábalos descubierto por la UCO no figura en la contabilidad entregada por el PSOE
El PSOE justifica ante el Supremo que podría haberse considerado un gasto de equipo, en lugar de uno individualizado

Sobre del PSOE a Ábalos con dinero en efectivo. | TO
Los documentos aportados por el PSOE al Tribunal Supremo sobre los pagos en metálicos hechos a la trama Ábalos, por lo que están investigados varios miembros del partido socialista por el presunto cobro de mordidas, no aclaran nada. En la tabla de gastos, a la que ya hacía referencia la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil en su último informe, no aparecen los 826,73 euros entregados en un sobre con el membrete del PSOE a nombre de Ábalos, en referencia al exministro José Luis Ábalos.
En concreto, el informe de la UCO reproduce lo siguiente: «El 26 de junio de 2019, la mujer de Koldo García, Patricia Úriz, le informó que ‘Cariño me llamo ayer Celia que podía ir a buscar tu dinero y según me dijo el de Jose. He mandado un motorista’». Tras ese visto bueno, «apenas quince minutos más tarde, Patricia le remitió una fotografía de un sobre con el membrete del PSOE, en el que constaban la cantidad de 826,73 euros y el nombre ‘Abalos’», quien, a la luz de los mensajes intercambiados entre el matrimonio, sería el destinatario del sobre.
Unos minutos más tarde, Patricia remitió otra fotografía de un segundo sobre, también con membrete del PSOE, en el que aparecía la cantidad de 2.928,26 euros y un nombre parcialmente visible. Según la UCO, «a partir del cruce de mensajes entre la pareja, puede concluirse que estaba destinado a Koldo». La discrepancia entre la documentación contable presentada por el PSOE y las pruebas obtenidas por la Guardia Civil es evidente. El partido reconoce que en junio de 2019 se abonaron 2.928,26 euros en efectivo a Koldo, cifra que coincide con los registros contables. Sin embargo, el único pago oficial documentado a Ábalos ese mismo mes es de 321,29 euros, lo que contrasta con los 826,73 euros reflejados en el sobre.

La explicación del PSOE
Para justificar este desfase, el PSOE se ampara en un argumento que ya ha repetido en la causa: los pagos en metálico podrían corresponder a gastos del equipo de la Secretaría de Organización, que «estaban anotados como tales y no de forma individualizada a algunas de las personas por las que se requirió la información». En sus escritos al Supremo, el partido aclara: «La Secretaría de Organización, una de las áreas más importantes de la organización, en muchas ocasiones pueden movilizar para su labor numerosas personas para los eventos, actos o actividades políticas propias a las que esta solicitaba su colaboración. En ocasiones, no se presentaba una hoja de liquidación individualizada por cada persona implicada para que fuera resarcida de manera separada al resto. Por ello, la hoja de liquidación se presenta por la Secretaría de Organización como equipo y se contabiliza como gasto asignado a la Secretaría».
Según esta versión, los 826,73 euros podrían haberse considerado un gasto de equipo, en lugar de un pago individualizado. Sin embargo, el sobre intervenido por la UCO lleva el nombre «Ábalos», lo que indica que la entrega estaba destinada a un individuo concreto, y no a un conjunto de miembros del equipo.
La discrepancia contable
El problema principal radica en que si el sobre estaba efectivamente dirigido a Ábalos, ese pago debería figurar individualizado en la contabilidad del partido. La ausencia de un registro oficial de 826,73 euros abre la cuestión de si el registro contable refleja con precisión los pagos en efectivo realizados por el PSOE.
El partido ha insistido en que «todos los pagos efectuados por el PSOE, tanto en efectivo como por transferencia, se encuentran debidamente incorporados a la contabilidad del partido, que se somete al control y revisión de auditores externos y al escrutinio del Tribunal de Cuentas». Sin embargo, la falta de un soporte documental individualizado para este sobre concreto genera una diferencia significativa con las cifras declaradas. El hecho de que el sobre lleve un nombre individualizado obliga a una aclaración detallada sobre su naturaleza y justificación, aspecto que la formación política aún no ha resuelto.
