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Expulsan a Bolaños del colegio de abogados tras una denuncia por infracción deontológica

THE OBJECTIVE ha tenido acceso al acuerdo en el que se declara la incompatibilidad con el cargo de ministro de Justicia

Expulsan a Bolaños del colegio de abogados tras una denuncia por infracción deontológica

Félix Bolaños. | Marta Fernández (EP)

THE OBJECTIVE ha tenido acceso en exclusiva al acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) en el que se declara la incompatibilidad de Félix Bolaños, ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, para ejercer como abogado mientras continúe en el Gobierno. Aunque la institución no ha apreciado dolo ni culpa suficiente como para sancionarle, sí ha acordado su pase automático a la condición de no ejerciente, lo que en la práctica supone su suspensión cautelar como abogado por incompatibilidad con el cargo que desempeña.

El expediente, al que ha tenido acceso este medio, se originó tras una denuncia nominativa presentada el 17 de febrero de 2025 y una posterior denuncia deontológica, en la que se instaba a la Junta a verificar si el ministro contaba con autorización para mantener su condición de colegiado ejerciente. En caso contrario, pedían «que se incoe un expediente disciplinario y se pongan en conocimiento los hechos en la Oficina de Conflictos de Intereses». El ICAM abrió entonces un expediente de incompatibilidad de oficio, recordando que Bolaños figuraba como colegiado ejerciente número 6XXXX desde el 19 de enero de 1999. En noviembre de 2023, el presidente del Gobierno lo nombró ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, pero desde entonces —subraya el Colegio— «no ha solicitado la baja o el pase a la condición de colegiado no ejerciente, ni ha formulado manifestación alguna sobre el cese en el ejercicio de la abogacía».

Resolución de la Junta de Gobierno del ICAM mediante el cual expulsa al ministro de Justicia, Félix Bolaños.

Según el acuerdo adoptado por unanimidad el pasado 21 de octubre y firmado el 22 de ese mes, la Junta de Gobierno decidió actuar ante la pasividad del ministro, al entender que el ejercicio simultáneo de la abogacía y un cargo político de esa naturaleza constituye una incompatibilidad absoluta. «El ejercicio de la abogacía es incompatible con el desempeño, en cualquier concepto, de cargos, funciones o empleos al servicio del Poder Judicial, de las Administraciones estatal, autonómica o local», señala el artículo 18.1 del Estatuto General de la Abogacía Española (EGAE), citado expresamente en la resolución. «La condición de ministro del Gobierno de la Nación, dada su naturaleza de alta institución del Estado con plena dedicación y vinculación a la Administración General del Estado, constituye, a juicio de esta Junta, una causa de incompatibilidad absoluta para el ejercicio simultáneo de la abogacía», añade el texto.

Se negó a tramitar la baja voluntaria

El ICAM recuerda además que se le concedió un plazo de 15 días para que optara voluntariamente por la baja como ejerciente, como exige el artículo 18.3 del EGAE. Sin embargo, «el Sr. Bolaños no ha formalizado baja como ejerciente en el plazo de 15 días». Esa negativa obligó a la Junta de Gobierno a intervenir y aplicar de oficio la medida de suspensión, aunque sin abrir expediente sancionador. En sus alegaciones, el ministro defendió que su colegiación «era exigida por el puesto que desempeñaba en su día como jefe de división de la Asesoría Laboral del Banco de España» y que desde su entrada en el Ejecutivo «no ha desempeñado o realizado profesión o actividad privada alguna». Aseguró además que «la colegiación formal no supone ejercicio material de la abogacía, por lo que no hay incompatibilidad ni vulneración del deber de dedicación exclusiva al cargo».

El ICAM rechaza esa interpretación y recuerda que estar dado de alta como ejerciente no es un simple trámite, sino el requisito previo para poder ejercer la abogacía. Aun así, reconoce que no puede saber si Bolaños ha ejercido realmente o no, porque «no disponemos de verificación fáctica alguna sobre ejercicio material de la abogacía». El Colegio admite que no puede exigirle una «prueba de no ejercicio», algo que califica como una «prueba diabólica». Sin embargo, subraya que mantener el alta como abogado ejerciente mientras se es ministro, y además ministro de Justicia, es una situación incompatible por sí misma, al tratarse de «una causa de incompatibilidad absoluta para el ejercicio simultáneo de la abogacía».

Sin sanción, pero suspendido

Aunque el ICAM declara la incompatibilidad y le pasa automáticamente a la condición de no ejerciente, la Junta ha descartado incoar expediente disciplinario, al considerar que no hubo dolo ni intención de incumplir la norma. «No se nos ofrece con claridad y suficiencia la existencia de culpa», explica la resolución. «El principio de culpabilidad exige que toda responsabilidad derivada de la comisión de un ilícito sea imputable y reprochable a su autor… En el caso que nos concierne, no apreciamos motivos suficientes para incoar expediente sancionador, pues no se colige una actitud obstativa o renuente al cumplimiento de la norma».

En consecuencia, el Colegio opta por una medida no sancionadora, pero sí efectiva: la suspensión en el ejercicio de la abogacía mientras subsista la incompatibilidad. La decisión del ICAM llega en un momento particularmente delicado: Bolaños es el ministro que ostenta precisamente la competencia sobre la relación institucional con la abogacía, tras la integración del Ministerio de Justicia en su cartera. Fuentes judiciales consultadas por THE OBJECTIVE admiten que el asunto se trató «con la máxima prudencia», pero reconocen que «la compatibilidad era jurídicamente insostenible».

La decisión recuerda que Bolaños mantiene su número de colegiado y podrá solicitar el reingreso como ejerciente «una vez desaparezca la causa de incompatibilidad»; es decir, cuando deje el cargo ministerial. Hasta entonces, su nombre quedará registrado como no ejerciente en los libros del Colegio. La resolución cierra así un episodio incómodo para el titular de Justicia y Presidencia, que comenzó con una denuncia por infracción deontológica y termina con su expulsión técnica del ejercicio profesional, aunque sin sanción. Un gesto simbólico, pero de profundo significado: el propio Colegio de Abogados de Madrid ha tenido que recordarle al ministro de Justicia los límites legales y éticos de la abogacía.

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