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Andalucía

Pelea judicial en un 'resort' de lujo en Estepona por el sueldo de 86.700 euros del presidente

Los vecinos señalan que el principal representante también se ha eximido de pagar las cuotas mensuales de 600 euros

Pelea judicial en un ‘resort’ de lujo en Estepona por el sueldo de 86.700 euros del presidente

Guadalmansa. | Entidad Urbanística de Conservación Guadalmansa

La Comunidad de Propietarios Torre Bermeja continúa con una incesante lucha contra su presidente. En Estepona, Málaga, el máximo representante vecinal se ha adjudicado un sueldo superior a los 86.700 euros, además de eximirse del pago de las cuotas de la comunidad, que asciende a unos 600 euros mensuales aproximadamente.

Según ha podido conocer THE OBJECTIVE, en junio del pasado año se llevó a cabo la Junta General Ordinaria anual. Uno de los puntos a tratar en aquella reunión de propietarios sería la aprobación de los presupuestos para la comunidad. Algunos de los vecinos se percataron de una partida un tanto peculiar: el presidente recibiría un salario anual de 86.724 euros, además de ser eximido de la cuota obligatoria para el mantenimiento residencial.

El presidente comunitario, de origen británico, consiguió varios votos delegados por parte de sus vecinos, extranjeros en su mayoría, y logró sacar adelante su propuesta. El principal promotor de la propuesta cerró el encuentro con la validación del sueldo anual y la exoneración de las partidas de la comunidad que podrían rebasar los 7.000 euros anuales.

Varios vecinos de Torre Bermeja acudieron al Juzgado de Primera Instancia de Estepona para demandar esta acción. Los propietarios reconocen que la imposición salarial del presidente va en contra no solo de los estatutos de la comunidad sino de la Ley de Propiedad Horizontal.

Presupuesto de 2023 en la urbanización Torre Bermeja. En amarillo, el sueldo del presidente.

«La legislación es muy clara. Tanto la Ley de Propiedad Horizontal como los propios estatutos de la comunidad establecen que en caso de que haya una persona que asuma el cargo de presidente será una función altruista y no recibirá ningún tipo de retribución, salvo los gastos indemnizatorios, como los desplazamientos, pero nunca un sueldo», explica a THE OBJECTIVE el abogado David Valadez, representante de los vecinos de Torre Bermeja.

Según el documento al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, los presupuestos de 2023 de Torre Bermeja recogen también gastos de empleados que ejercen funciones de administración. El letrado explica en la demanda que en la partida de «Servicios Profesionales» sí se justifica la inversión a la empresa encargada de gestionar la comunidad por una cantidad de 17.250 euros. Además, se incluye el sueldo de dos administrativos con valor de 45.000 euros.

Sin embargo, bajo el nombre de Administración Gerente Urb., se trata de «enmascarar la atribución de un elevadísimo sueldo al Presidente». Según la demanda admitida, el presidente de la comunidad no ha ejercido ningún tipo de función de administración, por lo que no debería percibir ninguna retribución.

Según explica David Valadez, esta práctica es común en la Costa del Sol, donde se sitúan mayormente urbanizaciones de lujo con un alto porcentaje de propietarios extranjeros. A pesar de considerarse habitual, este caso destaca por la alta cuantía que el presidente desvía. El líquido a percibir supera al del propio presidente del Gobierno, Pedro Sánchez (79.415 euros)  y se queda muy cerca del de Juanma Moreno (87.333 euros).

THE OBJECTIVE ha podido confirmar que en 2022 el presidente vecinal elaboró una estrategia similar, estableciendo en el presupuesto de dicho año una cantidad de 84.250 euros. En ese caso, los vecinos no acudieron a la Justicia.

Exención del pago de cuotas

El representante de la comunidad de Torre Bermeja tampoco pagó las cuotas del año 2022, respaldado por los presupuestos aprobados anteriormente, que le permitieron evadir el cargo de 8.500 euros bajo la partida «Condonación Cuotas Presidente».

En 2023, según refleja el documento, la cifra alcanza los 9.520 euros anuales que habilitan al principal implicado a no hacer frente al pago correspondiente. La Ley de Propiedad Horizontal indica que todo propietario debe contribuir a la cuota de participación fijada. La única causa que permite exonerar a los individuos de este gasto es la «no utilización de un elemento o servicio común».

La exención de dicho gasto también podría ser admitida en caso de que aparezca en el título constitutivo, los estatutos de la comunidad o a partir de un acuerdo aprobado por unanimidad. Según declara David Valadez, el título constitutivo de Torre Bermeja no recoge ninguna exención de pago de los titulares de los inmuebles. Tampoco se conoce ningún acuerdo expreso y unánime por parte de la Junta de Propietarios en la que se acuerde tal exención.

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