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Castilla y León

La Junta amplía el plazo para solicitar ayudas para el relevo generacional de autónomos

Las presentaciones se admiten hasta el 5 de diciembre de 2025 incluido, para conseguir más relevos en la comunidad

La Junta amplía el plazo para solicitar ayudas para el relevo generacional de autónomos

Sede de las Cortes de Castilla y León. | CCyL

La Junta de Castilla y León ha ampliado hasta el 5 de diciembre el plazo para solicitar las ayudas destinadas a fomentar el relevo generacional de los trabajadores autónomos. El programa de apoyo al relevo generacional, Relevacyl Autoempleo, contempla ayudas de hasta 20.000 euros por beneficiario para aquellos trabajadores autónomos que quieran continuar con una actividad empresarial cuyo titular cese por jubilación o causa asimilada.

El objetivo de esta iniciativa es evitar el cierre y favorecer la continuidad de los pequeños negocios que siendo rentables se cierran por falta de relevo generacional. Esta ampliación, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), aumenta el plazo de presentación de solicitud hasta el 5 de diciembre de 2025 incluido y se introduce con la finalidad de conseguir un mayor número de relevos en la comunidad.

La ampliación es una de las mejoras que se han introducido recientemente en el programa con el fin de optimizar las condiciones y facilitar el acceso a las ayudas a un mayor número de trabajadores autónomos. Entre esas mejoras se encuentran una línea temporal más flexible entre el cese de la actividad del anterior titular y el reinicio por parte del nuevo autónomo, de modo que el nuevo titular dispone de un plazo de hasta cuatro meses para iniciar la actividad desde la fecha de baja del negocio transmitido.

Destinatarios

El programa Relevacyl Autoempleo está dirigido a todos aquellos trabajadores autónomos que hayan formalizado el acuerdo de transmisión del negocio a lo largo de este año, en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 14 de noviembre de 2025, siempre que la actividad empresarial o profesional objeto del traspaso tenga al menos cinco años de antigüedad en el momento de la transmisión del negocio.

La subvención mínima por persona es de 10.000 euros, que se incrementará con incentivos adicionales y acumulables en función de las circunstancias del nuevo titular o de la ubicación del negocio. En este sentido existe un incentivo de 4.000 euros si la beneficiaria es una mujer, un incentivo de 2.000 euros cuando el destinatario sea menor de 35 años, una ayuda adicional de 4.000 euros si la actividad se desarrolla en un municipio de hasta 1.000 habitantes o de 2.000 euros si lo hace en uno de 1.001 hasta 5.000 habitantes.

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