La Justicia condena al padre de Yamine Lamal a pagar una multa por insultar a miembros de Vox
El juez le impone una multa de 366 euros por dañar la carpa y otra de 180 euros más una indemnización de 110 por golpear a un simpatizante y romperle las gafas
El juzgado de instrucción número 3 de Mataró ha condenado a Mounir Nasraoui, padre del futbolista de la cantera del Barça, Yamine Lamal, a pagar 550 euros de multa y 110 de indemnización por arremeter contra una carpa electoral de Vox y romper las gafas a uno de los simpatizantes del partido.
El episodio tuvo lugar el pasado 16 de mayo, durante la campaña electoral de los comicios municipales del 28M, cuando sobre las 11:30 de la mañana Mounir Nasraoui se topó con una carpa de Vox en la avenida de Perú de Mataró.
Según relata el tribunal en la sentencia, al percatarse de la carpa, Nasraoui «empezó a acercarse a ella y a insultar a los simpatizantes del partido allí presentes, hasta que más tarde se juntó con otros individuos y desde lejos les insultaban y les tiraban huevos».
El padre del futbolista, prosigue el tribunal, se aproximó en diversas ocasiones a la carpa de malos modos hasta que en una de ellas «arremetió» contra la diputada de Vox en el Parlament Mónica Lora.
En ese momento, un simpatizante de Vox trató de detener a Nasraoui y este hizo primero un amago de golpear al simpatizante con el móvil.
Tras el amago, Nasraoui dio un golpe al simpatizante con la mano izquierda y le tiró las gafas al suelo, dañándolas por un valor inferior a 400 euros.
A consecuencia de ello, precisa el texto del tribunal, el simpatizante de Vox sufrió una «contusión parietofrontal derecha sin lesiones externas visibles» que no requirió de ningún tipo de asistencia médica ni días de curación.
Tras el juicio, que se celebró el 24 de mayo, la sentencia que ha publicado el juzgado número 3 de instrucción de Mataró considera que la actitud de Nasraoui constituye un delito de maltrato de obra, por el ataque a la carpa y los insultos, y otro delito leve de daños, por el golpe que dio al simpatizante.
Por el primer delito, el juez le impone una multa de 366 euros y por el segundo, otra multa de 180 euros más una indemnización de 110 euros al simpatizante por romperle las gafas.