El exjefe de Emergencias en la dana pide que se examine la salud mental del director de la Aemet
La defensa de Argüeso acusa a José Ángel Núñez de incurrir en inexactitudes y contradecirse durante su declaración

El exsecretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso, a su llegada a declarar en calidad de investigado en Valencia. | Rober Solsona / Europa Press
La investigación judicial abierta tras la tragedia provocada por la dana del 29 de octubre ha dado un paso más con una petición insólita: el exsecretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso, a través de su defensa, ha solicitado al juzgado que el director de Climatología de Aemet en la Comunidad Valenciana, José Ángel Núñez, sea sometido a un examen médico-forense. El objetivo, según se expresa en el escrito, es determinar si las reiteradas «lagunas de memoria» que manifestó Núñez durante su reciente declaración judicial del pasado lunes son reales —con posible base médico-psiquiátrica o neurológica— o si, por el contrario, «pudieran estar fingidas».
El documento, firmado por el abogado de Argüeso y presentado ante el Juzgado de Instrucción de Catarroja, refleja el profundo malestar de la parte denunciante tras escuchar la declaración del representante de Aemet, a quien acusan de haber «faltado gravemente a la verdad» en múltiples aspectos de su testimonio. La defensa de Argüeso no oculta su sorpresa y enfado ante lo que considera una sucesión de inexactitudes, contradicciones y una actitud evasiva del técnico, que fue uno de los principales interlocutores estatales durante la jornada de emergencia.
Acusaciones por omisiones clave
En concreto, el escrito recoge una serie de afirmaciones atribuidas a Núñez que, según la defensa, no se ajustan a la realidad de lo ocurrido aquel día. Entre ellas, destaca la aseveración de que «toda Valencia estaba inundada» a las once de la mañana del 29 de octubre, algo que la defensa califica como una «burda falta de verdad». También cuestiona que Núñez dijera que la Aemet había estado «informando puntualmente» de la gravedad del episodio meteorológico, ya que, según consta en los registros oficiales, la alerta no se elevó a nivel naranja hasta pocos minutos antes de las 8.00 horas de la mañana y no se activó la alerta roja hasta casi las 10 horas.
Otro de los puntos polémicos es la supuesta claridad con la que, según su declaración, Núñez sostenía que a las 11:00 debería haberse enviado el mensaje de emergencia ES ALERT y haberse convocado el Cecopi (Centro de Coordinación Operativa Integrada). Sin embargo, tal como señala el escrito de la defensa, en las actas del propio Cecopi no consta que el técnico hiciera mención a estas cuestiones en su intervención. De hecho, según el letrado, Núñez se habría limitado a hablar de la tormenta «de forma teórica», sin alertar del riesgo concreto para bienes y personas.
Cuando fue preguntado por qué no expresó en su día el supuesto conocimiento que tenía sobre la gravedad de la situación, Núñez habría argumentado que «no era de su competencia». Una explicación que la parte denunciante considera «ilógica a todas luces», especialmente si se tiene en cuenta que él mismo asegura que ya tenía claro desde la mañana el riesgo que representaba el fenómeno meteorológico.
¿Olvido o evasión?
La defensa también se refiere a lo que califica como un «aparente olvido sistemático» de aspectos esenciales del operativo de emergencia. El técnico, según el escrito, no recordaba quién dirigía el Cecopi ese día, ni siquiera si se trataba de un hombre o una mujer, a pesar de haber participado en reuniones similares en el pasado. En contraste, sí afirmó recordar con nitidez otros extremos —como la supuesta inundación a media mañana—, lo que incrementa las sospechas de la parte actora.
Además, la defensa pone el foco en que Núñez reconoció haber tenido que reconstruir lo ocurrido aquella jornada revisando su historial de mensajes de WhatsApp. Según explicó, no tenía «cosas raras» en dichos mensajes y, por tanto, podría ponerlos a disposición del juzgado. Aun así, admitió que el día de la dana «se le había borrado de la memoria», un hecho que ha sido interpretado como un posible indicio de que su testimonio podría no estar basado en recuerdos fiables.
En este contexto, la defensa solicita que el director de Climatología de Aemet sea evaluado por profesionales forenses. La finalidad del examen sería esclarecer si las lagunas de memoria tienen una causa clínica —ya sea neurológica, psiquiátrica o de otro tipo— o si podrían estar siendo simuladas para evitar responder con precisión a las preguntas del juzgado.
El tono del escrito, aunque formal, deja entrever una notable desconfianza hacia el testimonio del técnico estatal. La defensa no descarta que las lagunas de memoria sean fingidas, y advierte incluso de que «se reservan el derecho a emprender acciones legales», en función del resultado de la investigación y de las valoraciones médicas que eventualmente se practiquen.
Admitida la grabación secreta
Por otro lado, la instructora del caso ha avalado como prueba clave la grabación de la reunión del Cecopi realizada por el propio jefe de la Aemet. Se trata del audio que desveló la SER, en el que se escuchan las deliberaciones internas sobre si se debía o no lanzar una alerta a la población durante las horas más críticas de la dana. La juez ha considerado que la grabación es plenamente lícita, dado que fue realizada por uno de los participantes oficiales de la reunión, y ha subrayado que las sesiones del Cecopi tienen carácter de «actuaciones administrativas», por lo que pueden ser grabadas.
La magistrada ha recordado que, en este caso, «desafortunadamente», no se grabó oficialmente la reunión, pero ha aceptado la aportación del audio por su valor probatorio. Además, indica que su contenido no vulnera ni el secreto de las comunicaciones ni el derecho a la intimidad de los participantes. La defensa de la consejera Salomé Pradas incluso aportó fotografías del encuentro sin que ninguna parte lo impugnara. Para la juez, el audio permite analizar con detalle cuándo y cómo se discutieron las medidas de alerta a la población, lo que constituye el núcleo mismo de la investigación judicial.