Mazón se persona en la causa de la dana tras el rechazo de la Justicia valenciana a investigarle
Permite al expresidente supervisar las actuaciones y defenderse ante diligencias que considere injustificadas

El expresidente valenciano, Carlos Mazón, quiere personarse en la causa | Rober Solsona / Europa Press
El expresidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, ha decidido dar un paso procesal relevante en la causa judicial que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024: su personación formal en el procedimiento. La decisión se produce en un momento clave, apenas dos semanas después de que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) rechazara investigarle al no apreciarle como garante directo de la seguridad durante la emergencia.
Según el escrito presentado ante el juzgado de Catarroja, al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, Mazón comparece al amparo de los artículos 118 y 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, con el objetivo de ejercer sus derechos procesales y acceder al contenido íntegro de la causa.
La causa, que se sigue en las diligencias previas, tiene como investigados actuales a la exconsejera Salomé Pradas y al exsecretario autonómico Emilio Argüeso. Sin embargo, la evolución del procedimiento ha ido ampliando su alcance político y mediático, especialmente tras los intentos de la instructora de implicar al propio exdirigente autonómico.
Un movimiento defensivo
La clave de la decisión de Mazón está en el cambio de escenario jurídico tras el pronunciamiento del TSJCV. El alto tribunal descartó su imputación al no encontrar indicios de responsabilidad penal, fijando además un criterio exigente sobre el nexo causal entre decisiones políticas y los efectos de la riada.
Ese pronunciamiento, lejos de cerrar el frente judicial, ha abierto una nueva fase. La jueza instructora, Nuria Ruiz Tobarra, ha mantenido las diligencias que afectan al expresidente, incluyendo su citación como testigo y la solicitud de sus comunicaciones de aquella jornada.
Es en ese sentido donde cobra sentido la personación. En su escrito al juzgado, la defensa de Mazón subraya que la decisión de no intervenir previamente respondió a una «prudencia procesal», no a una actitud pasiva. Ahora, tras el auto del TSJCV, considera necesario acceder directamente a las actuaciones para verificar qué se sigue investigando y en qué términos. El documento es explícito: Mazón quiere «analizar las diligencias que se siguen practicando sobre él aún después de la resolución del tribunal competente».
Acceso a la causa
Más allá del gesto jurídico, la personación tiene también un componente estratégico claro dado que permite a Mazón conocer el contenido completo del procedimiento, participar en él y, llegado el caso, recurrir aquellas actuaciones que considere improcedentes. Hasta ahora, según su defensa, el conocimiento de la causa había sido indirecto, a través de fuentes abiertas, pese a que algunas diligencias afectaban a su «esfera jurídica».
Ese matiz no es menor. En términos procesales, implica que el expresident considera que la instrucción ha seguido avanzando en aspectos que le conciernen sin que haya podido ejercer plenamente sus derechos de defensa. La personación busca corregir esa situación.
Desde el punto de vista político, el movimiento también refuerza la tesis de su entorno, es decir, que la causa ha mantenido un foco persistente sobre su figura incluso después de que el órgano competente para investigarle haya descartado indicios.
El choque entre juez y tribunal superior
El trasfondo de este paso es el evidente desajuste entre el criterio del TSJCV y la línea seguida por la instructora. El alto tribunal fue claro al delimitar la responsabilidad penal, señalando que no bastaba con una posición institucional para atribuir responsabilidad en una emergencia de estas características. En cambio, la instrucción ha seguido explorando elementos que, directa o indirectamente, afectan a la actuación del president durante aquella jornada.
Este desajuste introduce un elemento de tensión jurídica, es decir, hasta qué punto puede la instrucción seguir indagando en actuaciones vinculadas a un aforado cuando el tribunal competente ya ha rechazado su investigación. La personación de Mazón apunta precisamente a ese punto. No se trata solo de acceder a la información, sino de vigilar que la instrucción no reabra por la vía indirecta lo que ya ha sido descartado por el TSJCV.
Fuerte dimensión política
La causa de la dana ha ido evolucionando desde un procedimiento centrado en decisiones técnicas hacia un proceso con una evidente dimensión política. La gestión de la emergencia, las responsabilidades administrativas y la eventual derivación penal se han entrelazado en un contexto de alta exposición pública.
En ese escenario, cada movimiento procesal tiene una doble lectura. La personación de Mazón refuerza su posición defensiva en el plano jurídico, pero también busca fijar un marco político: el de un dirigente que, tras ser exonerado por el tribunal competente, decide intervenir activamente para evitar que la instrucción derive en una investigación indirecta. A partir de ahora, el juzgado deberá resolver sobre la admisión de la personación y, en su caso, permitir el acceso completo a la causa. De producirse, Mazón podrá intervenir en el procedimiento, solicitar diligencias y recurrir decisiones.
