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Condenados a año y medio de cárcel un exedil y un concejal del PP de Alcalá por delito ambiental

Ambos permitieron durante años que la estación de autobuses de la localidad siguiera funcionando sin licencia de actividad y funcionamiento

Condenados a año y medio de cárcel un exedil y un concejal del PP de Alcalá por delito ambiental

Imagen de recurso del Ayuntamiento de Alcalá. | Europa Press

El Juzgado de lo Penal número 3 de Alcalá de Henares ha condenado a un año y medio de cárcel al concejal del PP en el Ayuntamiento Tomás Marcelo Isoldi Barbeito y al ex edil ‘popular’ en el Consistorio Francisco Javier Fernández Abad. La sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, también les condena a ocho años de inhabilitación especial como cargo público por un delito de prevaricación ambiental.

En concreto, se les pena por un delito de prevaricación ambiental, recogido en el artículo 329.1. del Código Penal, al considerar probado que ambos permitieron durante años que la estación de autobuses de la calle Brihuega de la localidad siguiera funcionando durante 24 horas al día sin licencia de actividad y funcionamiento, «contando únicamente con licencia municipal para el ejercicio de la actividad de despacho de billetes, sala de espera, cafetería y administrador de autobuses».

En la resolución, se señala además que ambos eran «perfectos conocedores» de la situación «por estar reconocido el carácter provisional de la estación desde el año 1990» y, además, tenían constancia de las «continuas denuncias y quejas de los vecinos desde 2005» por los ruidos y vibraciones provocadas por la parada de los autobuses. Pese a ello, se señala que hicieron caso omiso de las mismas, permitiendo que la estación funcionara sin interrupción sin respetar los límites de emisión de ruidos. No fue hasta 2015 cuando se decidió cambiar la ubicación de la estación.

En este sentido, en el procedimiento se señala que actuaron «dolosamente» al conocer la situación y no actuar «y en consecuencia de forma punible» al hacer caso omiso de las denuncias. «Los acusados, a sabiendas de la situación por la que estaban pasando los vecinos, no actuaron, lo que conlleva el dolo o elemento de la voluntad intencionada de los acusados pese a recibir a los vecinos de no tramitar y solucionar las quejas».

Además, el magistrado condena igualmente a ambos a una multa de 15 meses con cuota diaria de 15 euros e inhabilitación especial para el derecho al sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena y al pago de la mitad de las costas procesales. Asimismo, el Ayuntamiento de la localidad deberá responder de forma subsidiaria al pago de los daños causados a las víctimas, valorados en 2.000 euros.

En declaraciones a Europa Press, el alcalde de Alcalá de Henares, el socialista Javier Rodríguez Palacios, ha acusado a la actual candidata del PP, Judith Piquet, de defender al «bartolismo», en referencia a Bartolomé González, quien fuera alcalde popular de la localidad, y ha recriminado a la cabeza de lista popular que lleve a dos personas «de esos equipos de Gobierno en sus listas para el 28 de mayo».

«Quieren avalar esa gestión que arruinó Alcalá de Henares y no nos podemos permitir la vuelta a esas prácticas y a esa manera de gobernar. Realmente estamos hablando de algo que afecta al presente de Alcalá de Henares puesto que el ayuntamiento es el responsable subsidiario y ese dinero una vez más lo pagarán los vecinos y vecinas de Alcalá. Las multas y las sanciones asociadas a esta condena serán finalmente sufragadas con los impuestos de todos los alcalainos», ha subrayado.

El Ayuntamiento de Alcalá de Henares ha tenido conocimiento de la sentencia debido a que la misma ha declarado que el propio Ayuntamiento tiene que responder de forma subsidiaria ante las cuestiones económicas derivadas de la sentencia.

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