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País Vasco

Amplían el plazo para votar por correo en las elecciones vascas del 21 de abril

Si eres un ciudadano vasco y has optado por votar por correo tienes hasta hoy para solicitarlo

Amplían el plazo para votar por correo en las elecciones vascas del 21 de abril

Voto por correo

Las elecciones autonómicas del País Vasco están a la vuelta de la esquina. El domingo 21 de abril los ciudadanos vascos tienen una cita pendiente con las urnas para elegir al lehendakari y a los miembros del Parlamento Vasco.

Al igual que en otros comicios, aquellos votantes que no pueden acudir a los colegios electorales tienen la posibilidad de votar por correo. Si eres uno de ellos tienes hasta hoy para solicitarlo.

Pareja ejerciendo su derecho al voto a través del voto por correo
Pareja ejerciendo su derecho al voto a través del voto por correo

Ampliación del plazo para votar por correo

Aunque inicialmente se estipuló el 17 de abril como día máximo para presentar el voto por correo, la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco ha decidido ampliar el plazo. Ahora, los votantes tendrán hasta el jueves, 18 de abril, para ejercer su voto por correo.

Con esta decisión, los ciudadanos que hayan solicitado ejercer su derecho al voto por correo dispondrán de más tiempo para depositar su voto.

¿Quiénes pueden votar por correo?

Hay tres grupos de personas que pueden ejercer su voto por correo. En primer lugar, aquellos que viven en Euskadi pero optan por votar por correo por diversas razones.

En segundo lugar, aquellos que están empadronados en Euskadi pero que temporalmente residen fuera de la región, ya sea en otras partes de España o en el extranjero, debido a motivos como estudios, programas de intercambio como Erasmus, becas internacionales, trabajo temporal tanto dentro como fuera del país, entre otros.

Por último, aquellos que residen permanentemente en el extranjero pero tienen derecho a votar en estas elecciones. Esto se conoce como el voto CERA, que corresponde al censo de personas residentes que se consideran ausentes.

Cómo solicitar el voto por correo de forma online

Los ciudadanos pueden pedir su voto por correo de manera electrónica a través del sitio web de Correos (www.correos.es), sin necesidad de ir personalmente a una oficina.

En este método de solicitud, que elimina la necesidad de desplazamientos, el solicitante debe verificar su identidad mediante autenticación y firma electrónica.

Se aceptan como métodos de identificación válidos el sistema de identificación electrónica de Euskadi (BakQ) (a través del uso de la tarjeta virtual), los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria según su lista de proveedores cualificados de servicios electrónicos de confianza, y el DNI electrónico (DNI-e).

Cómo llevar a cabo el procedimiento de forma presencial

Según la información emitida por Correos, los ciudadanos tienen la opción de solicitar el voto por correo en cualquier oficina de Correos en España.

La solicitud se debe hacer en persona, a menos que exista una enfermedad o discapacidad justificada con certificado médico oficial que impida hacerlo personalmente. En este caso, otra persona autorizada notarialmente o consularmente puede hacerlo en su nombre.

Al hacer la solicitud, los votantes deben demostrar su identidad presentando su DNI, pasaporte o carnet de conducir originales al empleado de la oficina postal.

Para hacer el proceso más eficiente y evitar esperas, Correos ofrece la opción de programar una cita previa para solicitar el voto en las oficinas, a través de su aplicación, su sitio web o la Oficina Virtual. El votante solo necesita elegir la oficina disponible con cita previa y seleccionar el día y la hora que le convengan.

Una vez recibidas, Correos envia las solicitudes a las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral en el País Vasco. A partir del 1 de abril de 2024, estas delegaciones envian la documentación necesaria a los solicitantes para que puedan votar por correo.

Es importante recordar a quienes soliciten el voto por correo que recibirán esta documentación en la dirección que proporcionen en la solicitud, la cual puede ser diferente de su domicilio habitual.

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