El fiscal avala a Almeida: no pedirá imputar a cargos del Ayuntamiento en el caso mascarillas
El representante del Ministerio Público considera que «no procede» ampliar la investigación y no citará como investigados a nadie que no sean Luceño o Medina
La Fiscalía Anticorrupción no solicitará la imputación de ningún funcionario del Ayuntamiento de José Luis Martínez-Almeida por el caso mascarillas. En un escrito remitido al juez Adolfo Carretero, al que ha acceso THE OBJECTIVE, el fiscal Luis Rodríguez Sol rechaza la petición de Más Madrid de citar a declarar como investigado al máximo responsable de la Empresa Municipal de Servicios Funerarios y afirma que «no procede» ampliar la investigación «ni citar en calidad de investigados a personas distintas de los querellados» Alberto Luceño y Luis Medina.
El Ministerio Público se opone así a un escrito presentado el 20 de abril por Más Madrid en el que se solicitaba la imputación del gerente de la Empresa Municipal de Servicios Funerarios de Madrid (EMSFM), Fernando Sánchez González, por la presunta comisión de un delito de falsedad en documento público y otro de obstrucción a la justicia. La oposición a Almeida había solicitado su declaración como investigado al sospechar que las cartas de encargo a la empresa malasia a la que se adjudicó el contrato, y que constan en las actuaciones, presentan diferencias y pudieron ser alteradas.
Aunque admite la existencia de diferencias en las cartas de encargo a la mercantil Leno remitidas por el Ayuntamiento durante las actuaciones, el fiscal señala que «no obstante, coinciden en todo caso la fecha del documento, la identidad de las personas que lo firman y su contenido, ya sea por mención expresa del cuerpo del documento o por referencia al contrato que se adjunta». «No se ha alterado, por tanto, ningún elemento o requisito esencial de los documento ni se ha cometido ninguna otra de las conductas previstas en el artículo 390 del Código Penal», indica el representante del Ministerio Público.
Avala la colaboración del Ayuntamiento
En el escrito remitido al juez, el fiscal señala que, en contra de lo afirmado por Más Madrid, «la remisión de estos documentos no ha supuesto ningún obstáculo para la investigación llevada a cabo por la Fiscalía, como no lo ha puesto ninguna otra actuación del Ayuntamiento de Madrid o de la Empresa Municipal de Servicios funerarios de Madrid, que han respondido puntualmente a todos los requerimientos formulados por la Fiscalía». «No procede, por tanto, ampliar la investigación a los hechos relatados en el referido escrito, ni citar en calidad de investigado a personas distintas de los querellados», añade el Ministerio Público.
El Grupo Municipal Más Madrid, en su escrito de fecha 20 de abril de 2022, solicitaba al Juzgado la ampliación del objeto de la investigación a los hechos expuestos en su escrito que podrían dar lugar a un presunto «delito de falsedad en documento público, previsto y penado en los artículos 390 y siguientes del Código Penal, y otro de obstrucción a la justicia, practicando las diligencias de investigación que considere procedentes, entre ellas la declaración como investigado del Gerente del EMSFM, Fernando Sánchez González».
Más Madrid alegaba que las cartas de encargo aportadas a la Fiscalía por la Empresa Municipal de Servicios Funerarios y Cementerios de Madrid, mediante oficio de fecha 21 de diciembre de 2020, son diferentes a las cartas de encargo enviadas por el Ayuntamiento de Madrid mediante oficio de 5 de abril de 2021 (folio 303). Tales diferencias se concretan, según manifiesta el escrito presentado por la acusación popular de Más Madrid, en que «desaparece el contrato firmado por la concejala en el que se
recogía la cantidad e importe de este y se reconstruye la carta de encargo original incluyendo estos extremos. Se elimina igualmente la firma electrónica de la carta de encargo y se sustituye por otra manuscrita».
En oposición a la solicitud de Más Madrid, el Ayuntamiento de Madrid había presentado otro escrito rechazando la imputación del gerente de la Empresa Municipal de Servicios Funerarios al entender que los hechos denunciados «carecen de relevancia penal». «No se puede predicar ni una alteración de los elementos esenciales de la carta de encargo, ni tampoco la simulación de una nueva carta de encargo a los efectos de inducir a error a la Junta de Gobierno», señalaban los abogados del Ayuntamiento de Almeida.