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El Supremo tendrá que revisar la inhabilitación de Junqueras cuando se elimine la sedición

La condena por malversación permitirá al tribunal valorar penas más altas que las propuestas ahora por el Gobierno

El Supremo tendrá que revisar la inhabilitación de Junqueras cuando se elimine la sedición

Oriol Junqueras. | EP

El Tribunal Supremo (TS) tendrá que revisar la pena a 13 años de inhabilitación del ex vicepresidente catalán Oriol Junqueras, y las penas de los otros nueve condenados por sedición a causa del procés, cuando se materialice la derogación anunciada por el Gobierno, para ver en qué delito del Código Penal (CP) resultante encajan los hechos ya juzgados y sentenciados y cómo combinan sus penas con las de malversación, ya que ambos ilícitos se vincularon en el fallo.

PSOE y Unidad Podemos han presentado este viernes una proposición de ley orgánica para eliminar el artículo 544 del CP –que recoge el delito de sedición, ahora penado con entre 10 y 15 años de cárcel y el mismo tiempo de inhabilitación para las autoridades que lo cometan– para crear un tipo nuevo en el 557 de «desórdenes públicos agravados» donde el castigo cambia a los entre 3 y 5 años de cárcel y 6 y 8 de inhabilitación.

Esta reforma penal impactará de lleno en la sentencia dictada en 2019 por la Sala Segunda del TS por el procés. De los doce condenados, nueve –Junqueras, Jordi Turull, Raül Romeva, Dolors Bassa, Carme Forcadell, Joaquim Forn, Josep Rull, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart– lo fueron por sedición y, de ellos, solo cuatro –Junqueras, Turull, Romeva y Bassa– también por malversación.

Las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press explican que, una vez publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la reforma penal, el mismo tribunal que juzgó y condenó se reunirá de oficio para revisar el fallo respecto a los nueve condenados por sedición.

El primer paso será ver en qué delito del nuevo CP encajan los hechos que se dieron por probados en la sentencia del procés. Una vez identificado el tipo penal, esas penas se aplicarán a los cinco condenados solamente por sedición –Forcadell, Form, Rull, Sanchez y Cuixart–, pero para los otros cuatro los magistrados tendrán que estudiar cómo combinar las penas del delito seleccionado para sustituir a la sedición con las penas de la malversación.

Y ello es así porque Junqueras, Turull, Romeva y Bassa fueron condenados por sedición pero en concurso medial con malversación, lo que significa que el tribunal consideró que malversaron fondos públicos para perpetrar la sedición.

La malversación, castigada con hasta 12 años de cárcel

El concurso medial implica que no se puede condenar por debajo de la pena mínima del delito más grave que, tras la desaparición de la sedición actual –y si se sustituyera por el futuro delito de desórdenes públicos agravados– sería el de malversación.

El delito de malversación contempla una horquilla penal que, en su tipo más castigado –cuando el perjuicio económico excede los 250.000 euros, como sería el caso– va de 6 a 12 años de cárcel y de 10 a 20 años de inhabilitación.

Las fuentes aclaran que los magistrados tendrían que analizar cómo juegan las penas –tanto de cárcel como de inhabilitación– del delito que reemplace a la sedición con las de malversación.

No obstante, cabe recordar que los condenados por el procés fueron indultados por el Gobierno perdonándoles las penas de cárcel, pero no las de inhabilitación, por lo que la revisión que haga en su día el Tribunal Supremo solo tendrá efectos prácticos sobre estas últimas.

Junqueras fue condenado a 13 años de cárcel e inhabilitación; Turull, Romeva y Bassa, a 12 años de cárcel e inhabilitación; Forcadell, a 11 años y 6 meses de cárcel e inhabilitación; Form y Rull, a 10 años y 6 meses de cárcel e inhabilitación; y Sanchez y Cuixart, a 9 años de cárcel e inhabilitación.

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