La Junta Electoral apercibe a Isabel Rodríguez y Aragonès por vulnerar su deber de neutralidad
La ministra había sido señalada por el PP, mientras que Aragonès fue denunciado por Cs, y en ambos casos la JEC ha rechazado abrirles un expediente sancionador
La Junta Electoral Central ha dictado este miércoles sendas resoluciones en las que apercibe a la ministra Portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, y al presidente de la Generalitat de Cataluña, Pere Aragonès, por vulnerar en declaraciones públicas su deber de neutralidad en periodo electoral, que se abrió a principios de mes por la convocatoria de municipales y autonómicas del 28 de mayo.
Respecto a la ministra Portavoz, en una resolución, la JEC estima parcialmente la denuncia interpuesta por el PP después de que la portavoz criticara en su comparecencia ante los medios del pasado 4 de abril en el Palacio de la Moncloa al presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo.
A preguntas de los periodistas, Rodríguez denunció que Feijóo no se felicitara por los buenos datos de empleo.
A juicio de la JEC, esas declaraciones podrían resultar «legítimas» en el curso de un acto de campaña o en el ordinario ejercicio de la libertad de expresión «pero no en el desempeño de la actividad institucional propia de una autoridad pública».
Por ello, considera que la portavoz del Ejecutivo vulneró la prohibición de realizar campaña de logros del Gobierno que dimana del artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).
Isabel Rodríguez había sido denunciada por el PP, mientras que Pere Aragonès lo fue por Ciudadanos, y en ambos casos la JEC ha rechazado abrirles un expediente sancionador, pero sí les ha instado a no repetir ese tipo de declaraciones en sus próximos actos institucionales.