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España no ratifica el acuerdo europeo de poner un umbral mínimo para entrar en la Eurocámara

El país dirigido por Pedro Sánchez es el único Estado miembro que aún no ratifica este acuerdo

España no ratifica el acuerdo europeo de poner un umbral mínimo para entrar en la Eurocámara

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, comparece ante el Parlamento Europeo, a 13 de diciembre de 2023, en Estrasburgo (Francia) | Europa Press

España es el único Estado miembro de los 27 que componen actualmente la UE que aún no ha ratificado la decisión adoptada por los líderes europeos de fijar un umbral mínimo de votos para conseguir representación en las circunscripciones más grandes, lo que impedirá que se pueda aplicar al menos hasta las próximas elecciones de 2029 pero con margen para no tener que hacerlo hasta 2034.

En concreto, el 13 de julio de 2018 el Consejo aprobó una decisión por la que se estipulaba que en aquellos estados miembros con sistema de votación por listas se debería establecer «un umbral mínimo para la atribución de escaños en las circunscripciones que cuenten con más de 35 escaños». «Dicho umbral no será inferior al 2% ni superior al 5% de los votos válidos», se puntualizaba.

La decisión se aprobó por mayoría, con la abstención de Bélgica y Reino Unido, entonces aún miembro de la UE, mientras que Portugal dio su visto bueno bajo el convencimiento de que la medida no le afectaría, ya que solo cuenta con 21 escaños en la Eurocámara, habida cuenta de que su Constitución prohíbe explícitamente los umbrales electorales.

Desde entonces, el resto de estados miembro han ido ratificando la decisión mediante sus respectivos procedimientos a nivel nacional. En el caso de España, a quien afectaría la norma puesto que cuenta con 61 escaños en el Parlamento Europeo desde estas elecciones, debería modificarse la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), algo que por el momento no ha ocurrido y no parece estar tampoco en agenda.

Los comicios europeos son los únicos de nuestro país en los que se aplica el sistema de circunscripción única, lo que penaliza a las formaciones de ámbito territorial. Aunque desde el Gobierno no se han querido dar explicaciones de por qué sigue sin haberse realizado este cambio en la LOREG, uno de los motivos podría tener relación con el hecho de que imponer un umbral mínimo de al menos el 2% de los votos dejaría fuera del Parlamento Europeo a los partidos nacionalistas e independentistas, ya que podrían no sumar tantas papeletas.

Acuerdo con el PNV

No en vano, conscientes de este hecho, el PNV consiguió arrancar un compromiso al PSOE el pasado mes de noviembre a cambio de apoyar la investidura de Pedro Sánchez en virtud del cual el Gobierno aceptaba «no impulsar ninguna modificación de la LOREG» y hacerlo «con acuerdo previo» de los nacionalistas vascos «en caso de extraordinaria necesidad».

El PNV tiene un temor bien fundado de que podría quedarse sin representación en Estrasburgo de establecerse un umbral mínimo del 2% de los votos en las europeas, habida cuenta de que, al contrario que en las elecciones generales, España es una circunscripción única y los nacionalistas vascos tienen su caladero de votos en una única región.

Esto explica por qué tanto ellos como el resto de partidos de ámbito regional han venido cerrando coaliciones de distinto tipo desde que se celebraron las primeras elecciones europeas en España en 1987 con el fin de sumar el máximo número posible de votos y así conseguir representación en la Eurocámara.

En las elecciones de 2019, la Coalición por una Europa Solidaria (CEUS), integrada por el PNV y Coalición Canaria entre otros, obtuvo el 2,82% de los votos, mientras que la liderada por Junts alcanzó el 4,54% y la que conforman ERC, Bildu y BNG superó la barrera del 5%, hasta situarse en el 5,58%.

El voto en las elecciones de este domingo estará mucho más fragmentado que en la última cita europea, a la luz de los sondeos, y de haberse fijado ya por ley un umbral mínimo del 2% algunos partidos no conseguirían un escaño en Estrasburgo.

Según el pronóstico del último CIS, la coalición de PNV y CC se quedaría entre el 1 y el 1,3% de los votos, mientras que la candidatura de Junts para estas elecciones se situaría en entre el 1,5, y el 1,6% de las papeletas.

En el caso de que se optara por el umbral máximo del 5% de los votos, habría más socios del Gobierno actual que quedarían fuera, de acuerdo con los datos del CIS. Así, Podemos se quedaría en entre el 3,6 y el 3,9%, mientras que Ahora Repúblicas, que aglutina a ERC, Bildu y BNG, alcanzaría entre el 3,7 y el 4,1%.

No habrá umbral mínimo al menos hasta 2034

Así las cosas, el Gobierno ha ganado tiempo con no haber ratificado esta decisión puesto que una vez introducida en la LOREG no necesariamente se tendría que aplicar en siguientes elecciones europeas. En concreto, se fijó que los Estados miembro deben adoptar las medidas necesarias para cumplir con la obligación de un umbral mínimo de votos «a más tardar para las elecciones al Parlamento Europeo que sigan a las primeras elecciones que se celebren después de la entrada en vigor de la decisión».

La idea cuando los líderes europeos tomaron la decisión en julio de 2018 era que pudiera aplicarse ya en las elecciones de 2019, pero para entonces había más países, no solo España, que aún no habían ratificado la norma. Aunque el Gobierno hubiera introducido ya el cambio en la LOREG, podría no haber exigido el mínimo de votos en las elecciones de este domingo.

Ahora, en el caso de que el Ejecutivo modificara la ley electoral para introducir este requisito antes de la siguiente cita con las urnas a nivel europeo en 2029, España podría no aplicar el umbral mínimo de votos para obtener representación en la Eurocámara hasta las elecciones de 2034, es decir, dentro de 10 años.

Los países pueden fijar sus propios mínimos

Con todo, el hecho de que España no haya ratificado aún la decisión del Consejo no impide que otros Estados miembro puedan exigir un mínimo de votos para que los partidos obtengan un escaño en Estrasburgo. El Acta Electoral Europea, de 1976, fue modificada en 2002 para estipular en su artículo 3 que «los Estados miembros podrán establecer un umbral mínimo para la atribución de escaños» siempre y cuando a escala nacional no sea «superior al 5% de los votos emitidos».

En este sentido, en las últimas elecciones hubo varios socios que exigieron un número mínimo de votos. Así, en nueve Estados miembro se exigió un 5% de las papeletas –Croacia, Francia, República Checa, Letonia, Lituania, Hungría, Polonia, Rumanía y Eslovaquia–, mientras que en otros tres fue del 4% –Italia, Austria y Suecia–, Grecia exigió un 3% y Chipre un 1,8%, según los datos de Servicio de Investigación de la Eurocámara.

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