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Tribunales

El tribunal del procés devuelve a la JEC la decisión sobre los debates electorales en la cárcel

La Junta Electoral Central solicitó a la sala del Supremo que decidiera sobre la petición de Jordi Sànchez

El tribunal del procés devuelve a la JEC la decisión sobre los debates electorales en la cárcel

El tribunal que juzga la causa del procés se ha declarado no competente para decidir sobre la petición de Jordi Sànchez, expresidente de la ANC y candidato de Junts per Catalunya en las elecciones generales del 28A[contexto id=»383899″], de celebrar debates en la prisión de Soto del Real, donde está ingresado.

La Sala devuelve así a la Junta Electoral Central (JEC) la decisión sobre esta cuestión.

En una providencia, el tribunal concluye que de acuerdo con la Constitución y la Ley General Penitenciaria, «no compete al órgano jurisdiccional velar por los principios que determinan la regulación de la actividad electoral«.

Tampoco es competencia del tribunal, añaden los jueces en su escrito, «la fijación de un determinado régimen penitenciario«. Así pues, indica a la JEC que «lo solicitado no es un acto que afecte a una posible incomunicación judicial -que no se ha acordado por esta Sala-, ni supone una excarcelación del centro penitenciario».

Todo ello, añaden los magistrados de la Sala, «sin perjuicio de la competencia atribuida a la Administración Electoral para velar por la vigencia de los principios que rigen el desarrollo del proceso electoral».

La Sala remite la providencia a la Junta Electoral Central, que fue el que le remitió la solicitud de la autorización solicitada por Jordi Sánchez para celebrar un debate electoral en la cárcel madrileña.

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