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La Audiencia Nacional aprueba extraditar al exguardaespaldas de Chávez a EEUU

La Audiencia Nacional aprueba extraditar al exguardaespaldas de Chávez a EEUU

Cezaro De Luca | Europa Press

La Audiencia Nacional ha aprobado la extradición a Estados Unidos de Adrián José Velásquez Figueroa, el que fuera jefe de seguridad del expresidente venezolano Hugo Chávez, por delitos de blanqueo y organización criminal en un supuesto fraude en el canje de divisas.

En un auto fechado el pasado 5 de noviembre, al que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal consideran que los hechos por los que se le reclama constituyen, según la legislación española, delitos de blanqueo de capitales cometidos en el seno de una organización criminal, pertenencia a organización criminal y cohecho.

El tribunal ha acordado su entrega por los mismos hechos por los que la Sección Tercera de la Audiencia Nacional acordó el pasado 14 de octubre extraditar a su mujer Claudia Patricia Díaz Guillén, otrora enfermera del propio Chávez y extesorera nacional de Venezuela.

De acuerdo con la solicitud de extradición del Tribunal de Distrito Sur de Florida, desde 2008 hasta 2017 o alrededor de dichas fechas, el empresario Raúl Gorrín Belisario, Díaz Guillén y Velásquez Figueroa participaron en una estratagema corrupta en relación con el cambio de moneda extranjera efectuado para el gobierno venezolano.

Transacciones

En total, Raúl Gorrín pagó cientos de millones de dólares en sobornos para asegurarse el derecho de participar en más de mil millones en moneda de los Estados Unidos, en transacciones de cambio de moneda extranjera, que le reportaron ganancias de cientos de millones de dólares.

A partir de 2011 o alrededor de dicha fecha, Gorrín ofreció, prometió, autorizó y pagó sobornos a la entonces tesorera Claudia Patricia Díaz Guillén, incluso a través de Adrián José Velásquez, para influir e inducir sobre ella con el fin de que el empresario efectuase cambios de moneda extranjera para el gobierno venezolano y se asegurase una ventaja indebida en la adquisición del derecho de realizar dichas transacciones de cambio de moneda.

Además de los sobornos pagados a través de transferencias electrónicas a beneficio del matrimonio, explica la solicitud de extradición americana, Gorrín también compró y pagó gastos relacionados con aviones privados, yates, mansiones, caballos, relojes y una marca de diseñador de modas en el Distrito Sur de Texas a beneficio de ambos.

Así las cosas, la Audiencia Nacional considera que en este caso se cumplen todos los requisitos necesarios para aprobar la extradición, como que los hechos sean delito en ambos países –doble incriminación– que estén castigados con más de un año de prisión –mínimo punitivo–, así como que no estén prescritos.

Doble nacionalidad

Los magistrados se refieren también a la doble nacionalidad de Velásquez, un hecho que reveló en la vista de extradición y que sorprendió a la fiscal, que le acusó de haberla obtenido en fraude de ley para paralizar su entrega.

Sin embargo, a los magistrados no les consta que su obtención el pasado mes de abril fuese en fraude. No obstante, aclaran que es potestad del tribunal acceder a la entrega y señalan diversas resoluciones de la Audiencia Nacional en las que se accedió a la entrega de nacionales a terceros países.

En su defensa, Velásquez recordó que tanto su mujer como él se mostraron a disposición de las autoridades y entregaron documentación y las claves de los equipos electrónicos que tenían en su domicilio en España y que fueron reclamados en una comisión rogatoria con los Estados Unidos.

En cuanto a la alegación de la defensa para evitar su extradición con el argumento de que ya se estaba investigando a Velásquez en España con anterioridad, la Sala explica que los hechos contenidos en la extradición se remontan más allá de una causa que se sigue en el Juzgado de Instrucción 28 de Madrid por el envío de remesas de capitales de Suiza a España.

«En modo alguno se investigan las actividades realizadas en territorio de los Estados Unidos, de manera que estamos en presencia de cadenas delictivas desarrolladas en distintos países y referidas a objetos distritos o si quiere a delitos distintos a los que se refiere la petición extradicional», concluyen los magistrados.

Detenidos en 2018 y 2020

La decisión de la Audiencia Nacional llega después de que la Policía Nacional detuviese el pasado 23 de diciembre en España a Díaz Guillén y a Velásquez después de que Estados Unidos los reclamase por delitos relacionados con el blanqueo de capitales.

Ambos ya fueron detenidos en abril de 2018 después de que la Embajada de Venezuela emitiera una orden de detención por los delitos de legitimación de capitales, asociación para delinquir y enriquecimiento ilícito contra la también ex directora de la Oficina Nacional del Tesoro y su pareja que, según la prensa venezolana, ejerció como jefe de seguridad del Palacio de Miraflores, sede del Gobierno venezolano.

El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó casi un año después, en febrero de 2019, rechazar sus extradiciones a Venezuela debido a la «posible vulneración de derechos fundamentales» de la que podrían ser víctimas en caso de ser entregados.

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