El Supremo confirma las penas por corrupción del 'caso De Miguel' a exdirigentes del PNV
El alto tribunal rebaja un año la condena de Alfredo de Miguel, que llegó a ser ‘número dos’ de la formación nacionalista en Álava
El Tribunal Supremo ha confirmado las principales condenas del caso De Miguel, el mayor proceso de corrupción registrado en el País Vasco. Afecta a cargos públicos y exdirigentes del PNV en la provincia del Álava por la adjudicación de contratos por el Ayuntamiento de Zambrana, un municipio de apenas 400 habitantes. El alto tribunal rebaja un año la pena del principal acusado, Alfredo de Miguel, al que absuelve del delito de tráfico de influencias que establece el artículo 428 del Código Penal.
La Sala de lo Penal del Supremo ha confirmado la sentencia dictada el 17 de diciembre de 2019 por la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Álava, en la que se condenó por corrupción a los integrantes del Araba Buru Batzar: Alfredo De Miguel, Luis Felipe Ochandiano y Carlos Aitor Tellería. De Miguel, que llegó a ser número dos del partido nacionalista en Álava y diputado foral, tendrá que cumplir 12 años en prisión, uno menos que la pena original.
La sentencia, a la que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, sostiene que los tres acusados, prevaliéndose de su capacidad de influencia política como miembros de la ejecutiva alavesa del PNV y de «su compañerismo político» con personalidades que ocupaban puestos de relevancia en la administración autonómica y municipal, se concertaron para favorecer que determinados organismos adjudicaran contratos de obras o de servicios a empresarios que estuvieran dispuestos a pagarles una comisión.
El fallo del Supremo
Para encubrir el cobro de estas comisiones, los acusados constituyeron varias sociedades que facturaban servicios ficticios a los empresarios beneficiados. Sociedades que aparentaban no pertenecer a los encausados, pues se constituyeron bajo la titularidad de testaferros. Una de esas sociedades, denominada Kataia Consulting SL, se creó a nombre de sus respectivas esposas.
La Audiencia Provincial de Álava absolvió a Araceli Bajo López (esposa de Carlos Aitor Tellería), por no quedar acreditado que supiera que la empresa estaba vinculada a una actividad ilícita de su esposo. El Supremo confirma la condena a Ainhoa Bilbao e Iratxe Gaztelu-Urrutia como responsables de los delitos de blanqueo de capitales y de cooperación en la asociación ilícita constituida por sus cónyuges, imponiéndoles penas de un año y seis meses de prisión y 180.000 euros de multa.
Los tres acusados principales emplearon otras dos sociedades para los mismos fines. En concreto, las sociedades Errexal SL y Ortzi Muga SL. Estas se constituyeron bajo la titularidad simulada de Josu Azkarraga e Iñaki San Juan quienes, desde la gestión societaria, ayudaron en la comisión de los delitos y en la recaudación de los ingresos. Han sido condenados como cooperadores de los delitos de prevaricación, malversación de fondos públicos, falsedad en documento mercantil y asociación ilícita, imponiéndoles diversas penas que superan los cuatro años de prisión.
La sentencia también condena a los tres políticos vascos por influir en que algunos de los contratos administrativos fueran directamente adjudicados a sus sociedades, logrando así mejores beneficios, particularmente en algunos supuestos en los que lograron que la Administración les abonara unos trabajos que no realizaron nunca.
Por todas estas actuaciones, los integrantes de la ejecutiva alavesa del PNV han sido condenados por los delitos de tráfico de influencias, inducción o cooperación a la prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, falsedad documental, asociación ilícita y blanqueo de capitales.
A De Miguel se le han impuesto, además de penas de inhabilitación y multa, un total de 12 años y cuatro meses de prisión, con un límite legal de cumplimiento de nueve años. A Luis Felipe Ochandiano se le imponen siete años y seis meses de prisión, que quedan limitados a seis años y nueve meses de cumplimiento efectivo. A Tellería se le condena a un total de cinco años, un mes y 15 días de prisión.
Los contratos administrativos de los que derivan esas responsabilidades fueron otorgados por organismos públicos también regidos por miembros del PNV, concretamente por el Parque Tecnológico de Álava, el Departamento de Cultura del Gobierno Vasco, los municipios alaveses de Lapuebla de Labarca, Zigoitia y Zambrana, así como por las Cuadrillas del Territorio Histórico de Álava cuyos presidentes pertenecían a dicha formación política.
Para la adjudicación de los contratos, la sentencia proclama que se aprovechó la influencia política que los acusados tenían sobre algunos de los integrantes de esas corporaciones y que los colaboradores, además de contravenir el procedimiento de tramitación administrativa, propusieron la adjudicación por amiguismo con los acusados.
También han sido condenados algunos trabajadores de la Administración que, desde posiciones estratégicas para la tramitación de los expedientes, favorecieron a los acusados. Se les achacan ser cooperadores de un delito continuado de prevaricación, así como autores de un delito de integración activa en una asociación ilícita y delitos continuados de tráfico de influencias, malversación de fondos públicos y falsedad documental, por lo que le imponen diversas penas, entre ellas prisión por más de siete años.
La alcaldesa de Zambrana
Entre los acusados se encuentra la que fue alcaldesa de Zambrana, María Justina Angulo Ocio. La sentencia declara su responsabilidad como autora de un delito continuado de prevaricación, por lo que se le impone nueve años de inhabilitación para cargo público.
La sentencia condena a determinados empresarios que impulsaron la actuación ilícita y que se favorecieron con ella. Algunos no recurrieron la condena que les impuso la Audiencia Provincial de Vitoria. Entre los que lo hicieron están Sergio Fernández y Jon Iñaki Echaburu. El Supremo confirma la pena de un año y seis meses de prisión para el primero por los delitos de falsedad documental y cohecho. El segundo está condena como inductor de un delito de tráfico de influencias a cinco meses de cárcel.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado de la Sala Segunda del Supremo Pablo Llarena, absuelve a De Miguel, Tellería, San Juan y Arriola de algunas actuaciones aisladas por las que les condenó la Audiencia Provincial alavesa. También ha absuelto de todos los cargos a Julián Andrés Sánchez(presidente de los Parques Tecnológico del País Vasco), por no quedar demostrado que conociera la adjudicación irregular de contratos.
El caso De Miguel comenzó a investigarse en diciembre 2009, cuando la abogada y empresaria Ainhoa Alberdi presentó una denuncia en la Fiscalía de Álava. Lo hizo cuando el dirigente que da nombre a la operación le presionó para que abonase una comisión de 100.000 euros. Denunció que su socio Jon Iñaki Echaburu, militante del PNV y contratista habitual de la Administración, pactó con De Miguel una mordida por un contrato en el parque tecnológico de Miñano en el que el político había intercedido.