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La Fiscalía archiva la causa de los cánticos de los estudiantes del colegio mayor Elías Ahuja

No se considera que los gritos sean un delito de odio o sancionables a pesar de ser «irrespetuosas e insultantes para las mujeres»

La Fiscalía archiva la causa de los cánticos de los estudiantes del colegio mayor Elías Ahuja

Fachada del Colegio Mayor Elías Ahuja.

La Fiscalía Provincial de Madrid ha acordado archivar la investigación abierta contra los estudiantes del Colegio Mayor Elías Ahuja por los cánticos proferidos contra las residentes en el vecino Colegio Mayor Santa Mónica. Considera que no se trata de un delito de odio y que no puede ser constitutivo de una condena a pesar de resultar «irrespetuosas e insultantes para las mujeres».

La denuncia había sido presentada por el presidente de Movimiento contra la Intolerancia, que aseguraba que los hechos podrían ser constitutivos de un delito de odio y por ello pedía que fueran investigados. Desde el Gobierno, el propio ministro de Universidades, Joan Subirats, pedía que la Universidad Complutense —al frente de este centro— tomara medidas sobre los alumnos implicados en los cantos, que incluía frases como «putas, salid de vuestras madrigueras como conejas» o «sois unas putas ninfómanas, os prometo que vais a follar todas en la capea».

El decreto de archivo sostiene que los hechos son «irrespetuosos e insultantes para las mujeres» y las expresiones proferidas constituyen «un ataque a la dignidad individual o colectiva de aquellas». Sin embargo, considera que no pueden ser por sí solas constitutivas de un delito de odio al exigir este la concurrencia de una motivación discriminatoria concreta, la cual «no ha resultado acreditada en la investigación por hechos anteriores, coetáneos ni posteriores a los denunciados».

El Elías Ahuja, sin condena judicial

La Fiscalía añade que la acción investigada no puede tipificarse tampoco como un delito contra la integridad moral porque para ello es necesario que alguna de las personas destinatarias de las expresiones proferidas se hubiera sentido ofendida y «no consta que ninguna de las mujeres que se encontraban en la residencia haya denunciado los hechos».  

En el decreto de archivo, la Fiscalía afirma también que los hechos no pueden penarse según la ley del solo sí es sí, ya que los hechos ocurrieron el 2 de octubre de 2022 y la ley entró en vigor el 7 de octubre de 2022. La norma del Ministerio de Igualdad castiga a quienes se dirijan a otra persona con expresiones, comportamientos o proposiciones de carácter sexual que creen en la víctima una situación objetivamente humillante, hostil o intimidatoria, sin llegar a constituir otros delitos de mayor gravedad.

Los hechos levantaron un gran revuelo tras compartirse un video de una de las alumnas del Santa Mónica en el que mostraba estos actos, de los que posteriormente se supo que formaban parte de una tradición que existe desde hace años entre ambos centros. El centro ya expulsó a algunos de los responsables y anunció sanciones contra los participantes en el mismo.

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