Marruecos recurre la absolución del periodista Ignacio Cembrero, que le acusó de espiarle
Los letrados del país alauí aducen que el periodista uso el caso para presentarse «como víctima del Reino de Marruecos, con evidente y exclusivo afán de notoriedad»
Marruecos ha recurrido la decisión del Juzgado de Primera Instancia de Madrid número 72 que desestimaba su demanda contra el periodista Ignacio Cembrero al que acusaba de difundir públicamente «con verdadera contumacia» y «sin pruebas» que había sido víctima de espionaje a través del malware Pegasus por parte del reino alauita.
El escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, trata de combatir la sentencia de 10 de marzo por la que se desestimaba la demanda señalando que el periodista ha dado al procedimiento «en vez del carácter de un litigio judicial, el carácter propio de una discusión tertuliana de un programa de televisión, haciendo puras afirmaciones y repitiendo lo que otros dicen sin aportar ningún elemento probatorio que lo sustente».
Por eso pide que el recurso se eleve a la Audiencia Provincial de Madrid y se declare que Cembrero «no ostenta ni ha ostentado la condición de víctima de ningún acto de espionaje del que sea responsable o que haya cometido el Reino de Marruecos en su contra».
La representación legal de Marruecos recuerda que fue en julio de 2021 cuando vio la luz un reportaje del grupo Forbidden Stories en el que se apuntaba que Cembrero había sido espiado en su teléfono móvil a través del Pegasus. Y acusan al periodista de aprovechar esta circunstancia para aparecer en medios deliberadamente «como víctima del Reino de Marruecos, con evidente y exclusivo afán de notoriedad».
Apunta que después de que el país anunciara medidas legales, el periodista formuló denuncia ante la Fiscalía y entregó su teléfono móvil. Y los abogados de Marruecos recuerdan que el asunto se archivó en octubre de 2021 al no encontrar indicios de malware en el terminal.
Tras esto, señalan, el reino alauí interpuso la demanda que desembocó en juicio oral en enero de 2023, donde el periodista «manifestó haber sufrido un daño relevante por el Reino de Marruecos». Lamentan que a pesar de que no acreditara ese espionaje mínimamente, la sentencia «desestima incomprensiblemente la demanda».
Imputación «extremadamente grave»
Así, ahora recurren en apelación la resolución porque, aseveran, «el Reino de Marruecos no tiene por qué soportar que un señor vaya afirmando públicamente haber sido víctima suya y objeto de intromisión ilegal en su teléfono, sin que haya ningún dato objetivo que lo avale más allá de su propia creencia y ciega afirmación, y en contra incluso de lo concluido por tribunales competentes y por la policía». «Con todo, se trata de una imputación que es extremadamente grave y ofensiva, que no puede quedar sin reparación jurídica», añaden.
Consideran que la valoración de la prueba «fue parcial o arbitraria por irrazonable», que se vulneró «el principio de verdad formal del proceso civil» y que se vulneró su derecho a la tutela judicial efectiva porque «el razonamiento de la sentencia por la cual se desestima la demanda no es congruente».
Aseveran que «consta acreditado que Cembrero, en la sede del Parlamento Europeo, se atribuyó la condición de víctima de un espionaje por parte de Marruecos pese a ser conocedor de la demanda de este juicio, del auto de sobreseimiento provisional y archivo del Juzgado de Instrucción de 15 de octubre de 2021, y del contenido del informe de la policía judicial que analizó su teléfono móvil, que en ningún caso identifican al Reino de Marruecos como el presunto responsable de un espionaje».
Sobre la valoración de la prueba, indican que «el demandado no aportó al procedimiento ninguna prueba válida ni suficiente para probar el contenido de sus afirmaciones públicas». «Más bien al contrario, durante su interrogatorio se reafirmó en su imputación frente a Marruecos, aún a pesar de habérsele ofrecido la oportunidad de retractarse públicamente, lo que expresamente se negó a hacer», añaden.