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Tribunales

Los funcionarios de Justicia denuncian la usurpación de sus funciones durante la huelga

Se trata de un delito incluido en el artículo 402 del Código Penal y castigado con hasta tres años de prisión. En Jaén se han producido al menos cuatro actuaciones

Protesta de los funcionarios de Justicia frente a la sede del ministerio. | J.P. Gandul (EFE)

Los funcionarios de Justicia denuncian la presunta usurpación de sus funciones durante la huelga. Se trata de un delito previsto en el artículo 402 del Código Penal y castigado con hasta tres años de prisión. Los sindicatos han contabilizado media docena de casos, la mayoría en Andalucía. En dos juzgados de Jaén se habrían producido al menos cuatro actuaciones sin que mediara la intervención del funcionario del cuerpo de auxilio judicial. Los hechos se han puesto en conocimiento de la juez decana, a la que solicitan que tome las medidas necesarias para que no vuelva a suceder. En caso contrario acudirán a los tribunales.

La mayoría de los funcionarios de Justicia de Jaén se encontraban este martes en la concentración de protesta convocada durante el paro de 24 horas. Un compañero advirtió a los miembros del comité de huelga en la provincia de que se estaban produciendo hechos «muy graves» tanto en el Juzgado de Primera Instancia número 1 como en el de Instrucción número 4. Los sindicalistas acudieron al primero de ellos para comprobarlo de primera mano.

Un funcionario de Justicia que contempló lo sucedido relata a THE OBJECTIVE que se personaron en el juzgado y vieron «cómo una procuradora estaba llamando a los citados con la connivencia del magistrado». Le afearon su comportamiento porque estaba extralimitándose de sus funciones. «Entró en la sala, pero a continuación salió una letrada de la administración de Justicia con los DNI de los citados en la mano y comenzó a llamarles sin mediar palabra».

Guerra en Justicia

El comité de huelga quedó atónito con la escena. Explican que, ante la ausencia del funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial, una procuradora primero y una letrada de la administración de Justicia después, se arrogaron la potestad de realizar unas funciones que no les correspondían porque forman parte del trabajo que debe desarrollar el funcionario de Justicia. Fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía afirman que no les constan los hechos.

«Este comité se ha personado en el Juzgado de Primera Instancia número 1 y ha presenciado cómo una procuradora, en la puerta de la sala de vistas, realizaba las funciones propias del funcionario del cuerpo de auxilio judicial. Tras ser advertida de que ese hecho puede ser constitutivo de delito al vulnerar el derecho a huelga de los funcionarios, ha sido la letrada de la administración de Justicia la que ha efectuado el llamamiento de uno de los intervinientes», especifica el texto registrado.

Los funcionarios de Justicia anuncian huelga indefinida a partir del 22 de mayoLos funcionarios de Justicia anuncian huelga indefinida a partir del 22 de mayo

Los sindicatos explican que esa intervención puede constituir un delito de usurpación de funciones. El artículo 402 del Código Penal establece que «el que ilegítimamente ejerciere actos propios de una autoridad o funcionario público atribuyéndose carácter oficial, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años».

«El juez es el responsable en última instancia, pero alguien pulsó el botón de la grabación y alguien llamó a los citados, cuando esas vistas no debieron de haberse producido porque no estaban determinadas como esenciales», subraya una funcionaria de Justicia que fue testigo de lo sucedido en Jaén.

Reclamación a la juez decana

La sindicalista revela que trataron de comunicarse con la juez decana, Valle Elena Gómez, pero que no se encontraba en su despacho. «Conseguimos contactar por teléfono y, como tiene un carácter muy conciliador, nos dijo que se informaría de lo que estaba pasando». También se dirigieron al coordinador de los letrados de la administración de Justicia, que les invitó a registrar una reclamación a los órganos pertinentes. Así hicieron.

«Solicitamos que se adopten las medidas oportunas a fin de que no se vuelvan a producir estos hechos, ya que entendemos que se vulnera el derecho a huelga de los funcionarios de la administración de Justicia. En caso contrario, este comité adoptará las medidas legales oportunas», advierte el escrito a la juez decana de Jaén. Los sindicatos estudian elevar el asunto al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

El comité de huelga de Jaén tiene constancia de cuatro actuaciones en las que no habría mediado el funcionario de Justicia: dos juicios y dos audiencias previas. «Esos procesos nunca debieron producirse». Fuentes sindicales precisan a THE OBJECTIVE que los juzgados afectados no cuentan con funcionario de auxilio judicial porque el titular pidió un concurso de traslado. «Se nombró un sustituto pero este martes no acudió porque no eran juicios esenciales».

Los funcionarios de Justicia llevan promoviendo movilizaciones, paros parciales y huelgas puntuales de 24 horas desde finales de marzo. Reclaman un aumento salarial de entre 350 y 430 euros al mes y que se paralice la Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa porque «impone nuevas condiciones laborales sin negociación previa». Como el Gobierno no les ha presentado aún ninguna oferta económica han decidido convocar una huelga indefinida a partir del 22 de mayo.

1 comentario
  1. Jandrichi

    Ya va siendo hora de que se redacte una Ley que regule el derecho de huelga y se acabe con el abuso de dicho derecho en detrimento de otros derechos fundamentales de los ciudadanos . En la actualidad, y en especial en la administración pública , estamos ante un chantaje en el que se toma por rehén al ciudadano. En el caso del articulo tenemos a un tribunal constituido por el Juez, el Secretario judicial , ahora Letrados de la Administración de justicis, las partes litigantes con sus respectivos abogados, en algunos casos el fiscal también , además de otras personas como pueden ser testigos , peritos , etc que se han desplazado cada uno desde sus respectivos lugares, han dedicado a eso una parte de la mañana y resulta qie no se puede celebrar el juicio por que el agente judicial que es el funcionario con menor rango de los Juzgados está ejerciendo su derecho de huelga. Y digo yo, dónde están los derechos de los demás ciudadanos, entre ellos el fundamental a la tutela judicial efectiva. Porqué se ha de respetar el derecho de un huelguista teniendo que conculcar los derechos de los demás ?

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