La Fiscalía se opone a pedir la ilegalización de Bildu: «Es una formación política democrática»
El Ministerio Público considera que no concurren indicios mínimamente racionales para pedir la proscripción según la Ley de Partidos
La Fiscalía ha rechazado la posibilidad de instar el procedimiento de ilegalización de EH Bildu, debido a la inclusión de 44 etarras en sus listas electorales para el 28-M, en un informe donde responde a la petición que le había hecho la Asociación Profesional Justicia para la Guardia Civil (JUCIL) en ese sentido.
El ministerio público ha emitido un informe, firmado por la fiscal de Sala Jefa de la Secretaría Técnica, Ana García León, y por el Fiscal de Sala de la sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Antonio Narváez, que responde al escrito de la asociación JUCIL, remitido a la Fiscalía General el pasado martes, en el que solicitaban la ilegalización de EH Bildu.
La organización consideraba que «tanto el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, como el fiscal general del Estado, Álvaro García, están legitimados para iniciar la ilegalización de un partido que lleva en sus listas electorales a personas condenadas por delitos de terrorismo que no hayan rechazado públicamente los fines y los medios terroristas, según la ley orgánica sobre partidos políticos».
Y pedía a la Fiscalía no solo revisar las listas electorales, con «44 condenados por delitos de terrorismo relacionados con ETA, de los que siete lo fueron como autores de delitos de sangre», sino también que los sueldos y salarios públicos que puedan ganar estos candidatos si obtienen su escaño sea destinado a la reparación de los daños a las víctimas de sus delitos.
ETA, banda extinta
Pero el informe de los fiscales concluye que «en atención a su actividad, la legalidad de sus medios y la compatibilidad de sus fines con los principios democráticos, Euskal Herria Bildu constituye una formación política democrática».
Y, por tanto, «debe rechazarse la posibilidad de instar el procedimiento de declaración de ilegalidad» pues «no concurren indicios mínimamente racionales de ninguna de las conductas previstas» en la ley orgánica sobre partidos políticos.
Explica que EH Bildu no es un partido sino una coalición de dos partidos que «han condenado y condenan públicamente la violencia terrorista y han aceptado y asumido el ejercicio de la actividad política dentro del marco democrático y constitucional». Y recuerda que ETA se disolvió hace ya 12 años y por tanto es desde esta perspectiva actual que se han de valorar todas las circunstancias concurrentes con un «contexto bien distinto».
Dice el escrito que la normativa «no establece causa alguna de ilegalización de partidos políticos por el hecho de ostentar determinados planteamientos políticos sino porque su actividad vulnere los principios democráticos».
Esto es, cita, «la vulneración sistemática de las libertades y los derechos fundamentales, el fomento o legitimación de la violencia como método para la consecución de fines políticos o el apoyo político a la acción de organizaciones terroristas», situaciones que entiende la fiscalía que no se dan en EH Bildu.