El Ayuntamiento de Murcia se enfrenta a multas millonarias por el incendio de las discotecas
Un juzgado abre diligencias por 13 homicidios imprudentes. Los expertos ‘exoneran’ al Consistorio por la vía penal
El incendio que el domingo costó la vida a 13 personas podría costarle muy caro al Ayuntamiento de Murcia. El camino para depurar responsabilidades será arduo. El Juzgado de Instrucción número 3 de la ciudad abrió este martes diligencias por 13 posibles delitos de homicidio imprudente. Los empresarios están en el foco. Los expertos consultados por THE OBJECTIVE sostienen que el Consistorio sorteará la responsabilidad penal, ya que esas muertes no son achacables a su gestión, pero afirman que podría ser responsable civil y tener que hacer frente a indemnizaciones millonarias.
El concejal de Urbanismo de Murcia, el popular Antonio Navarro, y su antecesor en el cargo, el socialista Andrés Guerrero, comparecieron el lunes para afirmar que ni Teatre ni Fonda Milagros, las dos discotecas arrasadas por las llamas, tenían licencia municipal para operar. Sobre ellas pesaba una orden de cese de actividad desde enero de 2022. Sin embargo, los locales nunca fueron clausurados porque nadie les «advirtió» de que seguían abiertos.
El abogado de la discoteca Fonda Milagros, Francisco Adán, no tardó en contestar. Horas más tarde aseguró que la licencia municipal del local se quemó en el trágico incendio que devoró el establecimiento en la madrugada del domingo. «El Ayuntamiento sabía perfectamente que el local estaba en funcionamiento y en ningún momento mi cliente ha recibido notificación alguna del cese de la licencia», explicó el letrado.
Tira y afloja en Murcia
Una situación similar ha defendido la portavoz de Teatre, María Dolores Abellán. Asegura que su local también contaba con la preceptiva licencia municipal. Los expertos reconocen que el Ayuntamiento pudo haber cometido una dejadez de funciones por lo que podría enfrentarse a una responsabilidad por culpa in vigilando.
José María Monedero, especialista en Derecho Administrativo en Dikei Abogados, considera «normal» que las partes inicien un tira y afloja. «El Ayuntamiento puede decir que la causa del accidente es que no se cumplían las condiciones y sacudirse la responsabilidad. Será el juez quién lo determine, por lo que ahora pedirá los expedientes de los locales», explica este experto.
«El Ayuntamiento va a tirar de antecedentes. Tratará de trasladar toda la culpa al empresario para librarse de una posible responsabilidad patrimonial. Tendrá que probar ante el juez lo que han explicado sus concejales, pero si no tiene nada para hacerlo va a tener muy difícil librarse de afrontar una responsabilidad civil», admite Santiago Rodríguez, experto en Derecho Administrativo en Cremades y Calvo Sotelo.
Rodríguez considera que las administraciones públicas, como en este caso el Ayuntamiento de Murcia, tienen la obligación de velar por la seguridad de los ciudadanos. En ese sentido, si se considera que es responsable de una negligencia muy grave, como podría ser no haber clausurado las discotecas sobre las que pesaba una orden de cierre, entonces tendría una indudable responsabilidad patrimonial.
Más de seis millones de indemnización
«Al abrirse una causa penal, que tiene prevalencia, se va a paralizar la vía administrativa», insiste Rodríguez. En su opinión, si el juez incluye en la sentencia reparaciones económicas será «muy complicado» que se pueda abrir un nuevo proceso para dilucidar la responsabilidad patrimonial del Consistorio, que está «expuesto a tener que indemnizar a las víctimas y a sus familiares por mala tutela». En ese caso las cantidades podrían ser millonarias, aunque no precisa la cifra.
Quien sí lo hace es Alfredo Arrién, especialista en Derecho Penal en Paredes & Asociados. En su opinión, las indemnizaciones por cada fallecido podrían fluctuar entre los 350.000 y los 500.000 euros, lo que supondría que el Ayuntamiento de Murcia debería rascarse el bolsillo con más de seis millones de euros en concepto de responsabilidad patrimonial. A esa cantidad habría que añadir las cantidades que soliciten los heridos, cuya cifra tienen que cuantificar la investigación policial.
«No conocemos los expedientes administrativos. De los tres locales afectados, dos parece que funcionaban sin licencia. En ese caso, parece que puede existir una responsabilidad patrimonial del Consistorio, que es de quien depende la tramitación de las licencias», insiste Monedero. En su opinión, para los servicios municipales era «relativamente fácil» saber si estas discotecas seguían teniendo actividad, ya que el lugar donde se encuentran están a escasos minutos del centro de la ciudad.
Monedero afirma que si el Ayuntamiento sabía que actuaban sin licencia debió ordenar el cierre de las discotecas y precintarlo. «La Administración no ha ido todo lo lejos que tenía que llegar en la protección de las personas», reconoce este experto de Dikei Abogados. Explica que la responsabilidad civil puede darse por acción u omisión, aunque en este caso el Consistorio puede argumentar que la causa del accidente fue que no se cumplían las condiciones. E insiste: «Hay que ver las medias que llevó a cabo la concejalía competente».
Los expedientes administrativos
Candela Palmeiro, abogada penalista en Javaloyes Legal, afirma que los delitos penales sobrevuelan sobre los propietarios de las discotecas, pero que difícilmente alcanzarán al Ayuntamiento. Para ello, subraya, habría que acreditar que faltaban medidas de protección incluidas en los expedientes municipales y que el incendio no se debió a una negligencia de los locales, sino al mal funcionamiento de la Administración. Entre otras cosas, por no ejecutar la orden de cierre que pesaban sobre los establecimientos.
En cambio, Palmeiro destaca que el Consistorio podría ser responsable civil, lo que conllevaría a pagar una indemnización millonaria. No se atreve a dar una cantidad, pues esta se establece en virtud a distintos parámetros. «El juez recabará los expedientes administrativos y determinará a quién corresponde esa responsabilidad».
La abogada de Javaloyes Legal afirma que el proceso civil se paraliza hasta que haya resolución penal. Cuando exista, podría abrirse una vía administrativa: «Si se establece relación de casualidad se abriría una vía diferente, por lo que las víctimas tendrían dos fórmulas para ser resarcidas». Los perjudicados dispondrían de un año desde que se produce el hecho dañoso que reclaman, establece Monedero, de Dikei Abogados.
Para encontrar un precedente hay que remontarse a 2016. Ese año, el Ayuntamiento de Madrid fue condenado como «responsable civil subsidiario» por el caso Madrid Arena, que juzgó a los responsables de la muerte de cinco jóvenes en una avalancha durante una fiesta de Halloween cuatro años antes. La celebración tuvo lugar en un pabellón municipal. La sentencia obligaba al Consistorio a asumir las indemnizaciones de 350.000 por víctima impuestas a los ocho condenados.
El juez determinó que, en esta ocasión, existió una responsabilidad indirecta del Ayuntamiento de Madrid, ya que en la tragedia actuaron dos trabajadores de Madridec, la empresa pública que se encargaba de la gestión del recinto durante el mandato de Ana Botella (PP). La sociedad fue rebautizada años más tarde como Madrid Destino.