Rebajan 4 años la petición de pena a un acusado de violación por la 'ley del sí es sí'
El procesado afronta ahora a una posible condena de 14 años por agredir sexualmente a una hermana y otras dos mujeres
La fiscal ha rebajado cuatro años, de 18 a 14, la pena solicitada para el acusado de violar a una de sus hermanas y de abusar de otra y de una amiga de esta. La representante del ministerio público ha modificado este viernes, en la recta final del juicio, su escrito de acusación provisional, al introducir cambios relacionadas con reformas normativas -como la ley del ‘solo sí es sí‘- y, también, la atenuante por estar bajo los efectos del alcohol cuando sucedieron los hechos.
Así, ha solicitado las penas mínimas contempladas para cada uno de los ilícitos: siete años de prisión por el de agresión sexual y la misma pena para el de abuso, cometidos ambos contra sus hermanas y en los que se contempla la agravante de parentesco, y 18 meses de multa por tocamientos a la amiga de una de ellas.
También, entre las medidas adicionales como libertad vigilada tras su salida de la cárcel y las indemnizaciones a las víctimas (15.000, 6.000 y 3.000 euros), la fiscal ha incorporado la inhabilitación para trabajar con menores durante cinco años.
Por su parte, la acusación particular -ejercida por la primera víctima- ha bajado de trece años y medio a once la petición de encarcelamiento, tras aplicar por un lado la nueva Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual -al desaparecer el ánimo libidinoso y centrarse en el consentimiento– y contemplar, por otro, agravantes como la vulnerabilidad de la víctima, que también estaba bajo la influencia del consumo de bebidas. Este abogado se ha adherido al resto de peticiones de la Fiscalía.
De su lado, la defensa ha insistido en la libre absolución de su patrocinado, que ha declinado ejercer el derecho a la última palabra en esta segunda sesión de la vista, desarrollada en la Audiencia Provincial Cantabria y en la que ha declarado -por videoconferencia- la tercera de las víctimas, que ha ratificado los hechos denunciados (tocamientos mientras dormía con dos amigas) y ha negado que insinuara al acusado que quería mantener relaciones sexuales con él.
«Tengo mucho rencor a ese hombre»
«Para nada. Todo lo contrario. Yo le tengo mucho rencor a ese hombre como para insinuarle algo», ha zanjado, para especificar que en el momento de los hechos ella sabía lo que había pasado con anterioridad entre el enjuiciado y sus hermanas (una denunció haber sido violada y la otra que sufrió tocamientos y le metió los dedos en la vagina). Por eso, no tenía «ninguna intención» de mantener relaciones con él, «ni siquiera de hablar», y ha opinado que lo de la insinuación es la «excusa» que ha puesto el acusado.
Según ha relatado esta testigo, se encontraba durmiendo con dos amigas -una de ellas hermana del encausado- cuando él entró en el dormitorio en el que estaban e intentó quitarle la ropa interior. Estaba «medio dormida», pero se despertó y vio «perfectamente» que era él cuando salía del dormitorio, porque la luz del pasillo estaba encendida. Y además, «mi amiga, intención de meterme mano no tenía», ha remachado.
En el arranque del plenario, celebrado en la Sección Tercera de la AP, el procesado aseguró que no recordaba haber hecho nada de lo que las denunciantes le atribuyen en tres momentos distintos, en 2016, 2019 y 2021. Explicó que conocía esos episodios por lo que sus hermanas -y padres- le habían manifestado al respecto, y fue eso lo que relató en sus declaraciones previas -en comisaría e instrucción-, cuando también alegó que los días en cuestión había bebido «mucho».
Variación en las declaraciones
Pero la fiscal cree que tras el interrogatorio al acusado y las testificales de las víctimas ha quedado acreditado que cometió los tres hechos denunciados y queda enervado el principio de presunción de inocencia. Entre otras cosas, ha puesto de manifiesto las variaciones en sus distintas declaraciones, desde asegurar que no recordaba nada a negar lo ocurrido, pasando por que tenía conocimiento de ello por lo que le habían referido sus familiares.
Y cree en cualquier caso que de todas las versiones se desprenden que el enjuiciado tenía constancia de que los hechos se produjeron y como denunciaron ellas además, pues las tres han mantenido y ratificado su relato a lo largo del procedimiento. La fiscal ha explicado que ha aplicado la atenuante de responsabilidad penal de encontrarse bajo los efectos del alcohol en base a la prueba pericial practicada.
Y es que las forenses consideraron que este hombre podría padecer algún trastorno inducido por el alcohol que afectase moderadamente a su capacidad volitiva, no cognitiva, conclusión a la que llegaron por deducción, tras diversas manifestaciones, pero que no se acredita ni se sustenta en ningún informe médico.
Vulnerabilidad
El abogado de la hermana que sufrió la violación -que quedó embarazada y abortó al no saber si el bebé era de su pareja o fruto de esa agresión- ha destacado que nunca ha declarado de manera «ambigua» o «contradictoria», y ha justificado que tardara en contar y denunciar lo sucedido porque estaba convencida de que él no recordaba nada y para no «enturbiar» las relaciones familiares.
Y ha subrayado la situación de especial vulnerabilidad en la que se encontraba la víctima cuando tuvo lugar la agresión denunciada, pues estaba dormida y había consumido también bebidas alcohólicas ese día.
No hay persistencia y sí ambigüedades
Finalmente, la defensa se ha enfocado en «paralelismos paradójicos» en las declaraciones de las dos hermanas, usando mismas «estructuras», «parámetros» y «expresiones» sobre lo sucedido, o el que no denunciaran lo ocurrido hasta pasados varios años porque «no querían hacer daño a su madre». «Es curioso», ha comentado.
Este letrado también ha subrayado el que «no exista persistencia y sí ambigüedades» en el relato de hechos, que no es «claro y firme» y hay «contradicciones» en las testificales, únicas pruebas de cargo que a sus ojos no desvirtúan la presunción de inocencia. El juicio ha quedado visto para sentencia.