Condenado a seis años de prisión Antonio Tejón, líder del clan de narcos 'Los Castaña'
Setenta de los acusados pactaron sus penas, que suman 153 años de prisión y multas por valor de 143,7 millones
La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a Antonio Tejón, quien junto con su hermano lideraba del clan de los Castaña, uno de los más activos del tráfico de hachís del Campo de Gibraltar, a seis años y seis meses de prisión y al pago de dos millones de euros de multa.
La sentencia de la Sección Séptima de la Audiencia Provincia, con sede en Algeciras, condena a un total de 97 acusados a penas de entre siete años y tres meses la máxima, a un año la mínima, y que suman en total 280 años y 11 meses de cárcel y multas por un valor conjunto de 233,5 millones de euros.
El fallo, hecho público este jueves y al que ha tenido acceso EFE, condena a Antonio Tejón como autor de un delito contra la salud pública por tráfico de hachís, en el subtipo agravado de notoria importancia y empleo de embarcación, y con la agravante de reincidencia, a la pena de cinco años de prisión y dos multas de un millón de euros cada una. Además, se le impone otro año y medio de prisión por un delito de pertenencia a grupo criminal.
La sentencia absuelve de los delitos de contrabando y receptación a Antonio Tejón, para quien el fiscal había pedido una condena de 15 años de cárcel y 204 millones de euros en multas.
Sin embargo, la pena más elevada no es la de Tejón, sino la de Sergio M.C., que ha sido condenado a un total de siete años y tres meses de prisión por delitos contra la salud pública, tenencia ilícita de armas y pertenencia a grupo criminal.
Además de Tejón, otros tres acusados asumirán penas de más de seis años de prisión, mientras que en otros siete casos las penas superan los cinco años, tres implicados más están sentenciados a penas de más de cuatro años, otras 16 condenas son de más de tres años y cuatro son de dos años de prisión.
Todo ello en lo que respecta a aquellos que fueron juzgados, ya que otros 62 acusados pactaron penas que finalmente han sido de dos años para la mayoría de ellos (57 acusados), otros cuatro cumplirán tres años y nueve meses y un último acusado cumplirá un año de prisión. Además, a 26 de los acusados les fue retirada la acusación al comienzo de la vista oral.
La vista oral del que se consideró el mayor juicio contra el narcotráfico en España por el número de acusados comenzó en abril del año pasado y se extendió hasta mediados de julio. En concreto, este proceso se dirigió contra Antonio Tejón y la red con la que trabajó en el año 2020, cuando aún estaba en prisión preventiva por otra causa relacionada con el narcotráfico.
Según la Fiscalía, desde prisión Antonio Tejón se encargó de coordinar una red con una «incesante» actividad para introducir alijos de hachís en las costas andaluzas desde Marruecos.
En la investigación que propició la operación «Dismantle», desarrollada en 2020 por el grupo OCON SUR de la Guardia Civil, los agentes siguieron a esta red que en unos meses, algunos de ellos durante el confinamiento, introdujo al menos 9.000 kilos de hachís por las costas andaluzas.
La Fiscalía consideró que Tejón daba las órdenes a través de uno de sus hombres, que le visitaba en la cárcel, hasta que consiguió la libertad provisional, y ya pudo reunirse con miembros de la banda en distintos puntos hasta que fue nuevamente detenido.
La red contaba con narcoembarcaderos, lanchas, drones, pesqueros, tractores, camiones y un sinfín de medios para introducir sus alijos, en una época en la que la presión policial podía hacerles tener que desviar sus entradas hacia Huelva u otros puntos de las costas andaluzas e ingeniárselas para ocultar las narcolanchas.
Cuatro meses antes de iniciarse este juicio Antonio Tejón fue absuelto en otra causa, en la que fue juzgado junto a su hermano Isco y otras catorce personas por su presunta vinculación con dos alijos de hachís que fueron interceptados en 2016 en La Línea de la Concepción (Cádiz).
El tribunal condenó a Isco a tres años y absolvió a su hermano y al resto de acusados, al considerar que no estaba probada su vinculación directa con esos dos alijos.