El Supremo rechaza las alegaciones de Valerio y confirma la nulidad de su nombramiento
La socialista no reúne el requisito legal de «jurista de reconocido prestigio» que se exige para el puesto
El Tribunal Supremo ha rechazado el incidente de nulidad contra la sentencia que anuló el nombramiento de Magdalena Valerio como presidenta del Consejo de Estado, por no reunir el requisito legal de «jurista de reconocido prestigio» que exige la ley orgánica que regula la institución. La Sala de lo Contencioso-Administrativo explica que el escrito de la Abogacía del Estado se ha centrado en rebatir la legitimación para recurrir de la Fundación Hay Derecho, que ganó el pleito, una cuestión que ya avaló y abordó en la sentencia.
Y señala: «Sí es novedoso y llamativo que nos diga ahora el Abogado del Estado que reconocer la legitimación a la Fundación Hay Derecho lesiona los derechos fundamentales del Estado, que le causa indefensión y quebranto. También lo es que nos advierta de que recurrirá en amparo ante el Constitucional si no acogemos sus pretensiones y, visto el empeño que pone en su defensa, sorprende que no diga absolutamente nada sobre la cuestión de fondo».
Destaca por qué la Fundación Hay Derecho sí tiene legitimación activa debido a actuaciones concretas y reiteradas en defensa del Estado de Derecho y de la mejora de sus instituciones.
«Esa trayectoria continuada —irrelevante para el Abogado del Estado, que se niega a considerarla a pesar de su clara entidad, pero decisiva para la sentencia— explica que diversas instituciones públicas e, incluso, la Comisión Europea hayan contado y cuenten con ella en actividades en pro del Estado de Derecho y de la mejora institucional», subraya la resolución.
Por ello, que «particulares puedan cuestionar ante los Tribunales de Justicia decisiones del Gobierno, incluso las que afectan a la conformación de las instituciones públicas relevantes, no es algo exótico ni disfuncional y tampoco quebranta al Estado».