Visto para sentencia: la defensa de Dani Alves pide la absolución del exfutbolista
La fiscal ha concluido que el relato de la víctima es «absolutamente creíble», contrastando con las «contradicciones» de Alves
La defensa del futbolista Dani Alves ha mantenido en el trámite final del juicio por agresión sexual su petición de absolución, aunque ha planteado como alternativa una condena de un año de cárcel -el período que lleva en prisión preventiva- y 50.000 euros de indemnización.
En la Audiencia de Barcelona ha quedado hoy visto para sentencia el juicio contra Alves, en el que la Fiscalía ha ratificado su petición de nueve años de cárcel para el futbolista, que la acusación particular eleva a doce, en ambos casos con 150.000 euros de indemnización.
La defensa ha planteado como alternativa a la absolución una pena subsidiaria de un año de cárcel, resultado de aplicar la eximente incompleta de embriaguez, así como las atenuantes de reparación del daño y vulneración de derechos fundamentales por la supuesta parcialidad del proceso judicial.
«Absolutamente creíble»
En su informe, la fiscal Elisabeth Jiménez ha concluido que el relato de la víctima es «absolutamente creíble», lo que contrasta con las «contradicciones» de Alves, que ha ofrecido una «batería de versiones» y ha demostrado en el proceso que se siente «totalmente impune», pese a las «lagunas» en sus explicaciones.
Ha recordado que la víctima explicó que accedió voluntariamente al baño del reservado de la discoteca Sutton al que la invitó Alves y que se sentía culpable por ello, ya que eso es un «sentimiento habitual» en las víctimas de violencia machista.
Ha insistido en que la denunciante, pese a estar «devastada», ha hecho un «esfuerzo terrible» para explicar lo ocurrido y dejar claro que ya desde «primer momento dijo que quería salir de ahí». «Fue muy valiente a lo largo del procedimiento, es una mujer muy fuerte», ha destacado.
Si la chica quiso besar a Alves y posteriormente, en algún momento dijo «hasta aquí», es «hasta aquí», ha exclamado la fiscal, que ha denunciado que al futbolista le dieron igual las «súplicas» de la chica y la violó con violencia.
Y si Alves tuvo que utilizar la fuerza, agarrando a la víctima, tirándole del pelo y dándole bofetones, según la fiscal, no puede alegar que fue una relación consentida. «No pudo confundirse, es imposible, si tienes que hacer fuerza, es imposible que te confundas», ha remarcado.
Asimismo, ha cuestionado por qué si las relaciones sexuales fueron consentidas, Alves, en vez llevar a la víctima a la suite exclusiva de su zona reservada con sofás -que conocía porque era cliente habitual del local-, optó por acudir al «aseo asqueroso de una discoteca».
Sobre lo ocurrido dentro del aseo, ha insistido en que la víctima sufrió una situación de «terror», hasta el punto de que se bloqueó y se dejó ir, queriendo que aquello se terminara «como fuera», ya que se ahogaba: «Hizo lo que pudo».
«Su relato es persistente, totalmente creíble y duro», ha enfatizado la fiscal, que ha asegurado que muchas mujeres se han sentido «incómodas» en una sala de baile y no se han ido del lugar. «Pero en este caso no acaba ahí, en una anécdota con un señor baboso, sino con una agresión sexual», ha apuntado.
La acusación invoca la ley del solo sí es sí
También Ester García, abogada de la acusación particular, ha destacado la credibilidad de la víctima por la «persistencia» del relato que ha mantenido durante todo el procedimiento, frente a los vaivenes en la declaración de Alves.
Asimismo, ha rebatido la estrategia de la defensa, centrada en minar la credibilidad de la víctima con el argumento de que antes de entrar al baño estuvo coqueteando con Alves, en un alegato en el que ha invocado la ley del solo sí es sí, centrada en el consentimiento como eje de los delitos de agresión sexual.
«Me da igual que mi representante perreara, cuando entró en el baño dijo que no. Y no es no», ha argumentado la letrada, que ha recordado que ya no es necesaria una «violencia inusitada» ni acreditar la resistencia de la víctima para dar por probada una agresión sexual: «ya no estamos en ese debate».
Para la abogada, no es aceptable la eximente que alega la defensa del futbolista, cuando las propias psicólogas designadas por Alves han afirmado hoy que pese a haber bebido el futbolista sabía lo que hacía.
Al igual que la Fiscalía, también ha rechazado la atenuante de reparación del daño que plantea la defensa, cuando los 150.000 euros pagados por Alves fueron una «obligación» impuesta por la jueza como fianza, y ha criticado dada la actitud del deportista durante la instrucción, en la que llegó a afirmar en una entrevista que «perdonaba» a la víctima.
Y considera Ester García que tampoco se sostiene la atenuante de vulneración de derechos fundamentales: «no ha habido falta de neutralidad por parte del sistema judicial en absoluto, lo que el acusado está buscando son privilegios».
«Alves solo pudo inferir que había consentimiento»
Por su parte, la abogada de Alves, Inés Guardiola, ha dedicado sus informes finales a tratar de desacreditar el relato de la víctima y sus dos amigas, para lo que se ha remitido a las grabaciones de los momentos previos a que el futbolista y la denunciante entraran en el baño.
Para la letrada, «no hubo una situación de terror ambiental» en el reservado, sino todo lo contrario: la denunciante «no solo rehúsa ninguna actitud cariñosa con Alves, sino que la devuelve».
En ese sentido, tras precisar que no es su intención juzgar a la denunciante, Guardiola ha emplazado al tribunal a analizar el comportamiento que tuvo antes de entrar en el baño, porque de él «Alves solo pudo inferir que había prestado su consentimiento».
En ese sentido, ha apuntado a que la víctima pudo acabar denunciando a Alves por agresión sexual tras «sentirse avergonzada por haberse desinhibido sexualmente».
«No claudiquen ante la presión social y mediática que desde el primer día ha contaminado estos hechos. Sean valientes y apliquen de manera estricta los principios del derecho penal», ha apelado la letrada, que cree que los cambios sociales de los últimos años en materia de libertad sexual «no pueden justificar la vulneración de otros derechos fundamentales».